Mostrando 6668 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES ECONÓMICAS, DE LA RED DE ESTACIONES AGROAMBIENTALES Y CENTRO DE PROCESO DE DATOS DEL LABORATORIO AGROALIMENTARIO Y AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA (LARAGA)

El Consejo de Gobierno ha autorizado el reconocimiento de las obligaciones económicas por importe total de 176.530,99 euros correspondientes a la prestación del servicio de calibración y mantenimiento de los instrumentos y aparatos de la red de estaciones agroambientales y centro de proceso de datos del Laboratorio Agroalimentario y Ambiental de Castilla-La Mancha (LARAGA), del 2 de junio de 2017 al 21 de junio de 2018.

 

El contrato existente suscrito entre ENVIRA SOSTENIBLE, S.A. y la Consejería de Agricultura, finalizó el 14 de abril de 2017 sin que su prórroga pudiera tramitarse toda vez que el LARAGA fue objeto de una reorganización administrativa que, sin embargo, no se tradujo en reorganización presupuestaria hasta la Ley 2/2017, de 1 septiembre, razón por la cual la prórroga no se pudo tramitar hasta que no se aprobaron los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2017.

 

Como la prestación de este servicio se consideraba crítica para realizar las labores y funciones de seguimiento y control de la calidad del aire de Castilla-La Mancha, sin el cual podía verse comprometido el nivel de protección de la salud de las personas y del medio ambiente, justificó que ENVIRA SOSTENIBLE, S.A. continuara prestando el servicio  hasta el 22 de junio de 2018, fecha en la que se formaliza un nuevo contrato. Razón por la cual, se  ha compensado a ENVIRA SOSTENIBLE, S.A. por la prestaciones ejecutadas hasta la citada fecha, haciendo frente al pago de la factura por un importe total de 176.530, 99 euros, pues de lo contrario se hubiera producido un enriquecimiento injusto de la Administración contratante, prohibido por el ordenamiento jurídico, en especial cuando nos encontramos ante un tercero de buena fe que ha actuado en base al principio de confianza legítima.

 

Puesto que se han generado obligaciones económicas que han de ser atendidas, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, procede elevar al Consejo de Gobierno el reconocimiento de las obligaciones para su consideración.

 

AUTORIZACIÓN RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN CUENCA Y DE 14 CENTROS DEPENDIENTES DE ESTA

El consejo de Gobierno ha autorizado el reconocimiento de las obligaciones económicas por importe total de 18.693,58 euros imputables a la aplicación presupuestaria 2102CU00/G/711A/22700 de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, 6.301,00 € correspondientes al contrato de limpieza y retirada selectiva de residuos de las dependencias de la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Cuenca del mes de abril de 2018, y 12.392,58 euros derivadas de las actuaciones necesarias para la prestación del servicio indicado en 14 centros dependientes de esa Dirección Provincial, del 1 de abril al 15 de mayo de 2018.

 

Expirada la vigencia de los contratos derivados suscritos al amparo del Acuerdo Marco de Homologación de servicios de limpieza y retirada selectiva de residuos de edificios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos, se autorizó por Resolución de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas de 15/12/2017 la contratación sin sujeción al acuerdo marco por el tiempo indispensable, al ser necesario mantener el servicio de limpieza en tanto se formalizaba el nuevo contrato derivado.

 

En determinados contratos se omitió la función interventora por lo que se someten a Consejo de Gobierno para que autorice el reconocimiento de las obligaciones económicas dimanantes de los mismos, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, previo informe de la Intervención General.

 

AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR PARA LOS CURSOS 2019/2020, 2020/2021, EN DETERMINADOS CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS DE CASTILLA‐LA MANCHA

Se autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la contratación del servicio de comedor escolar para los cursos 2019/2020 y 2020/2021 en determinados centros escolares públicos de Castilla‐La Mancha.

 

El valor estimado del contrato asciende a 36.877.148,00 €, no existiendo presupuesto de licitación al consistir la contraprestación del contratista en el abono de los usuarios del comedor.

 

Dado que el valor estimado del contrato supera los 10.00.000,00 € se precisa autorización del Consejo de Gobierno según el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha.

 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE DOS CONTRATOS DE SUMINISTROS DE PRODUCTOS DE LAVANDERÍA

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020, DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DE DOS CONTRATOS DE SUMINISTROS DE PRODUCTOS DE LAVANDERÍA MEDIANTE EL EMPLEO DE SISTEMAS DE DOSIFICACIÓN AUTOMÁTICO, PARA VARIOS CENTROS ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIENESTAR SOCIAL DE CIUDAD REAL.

 

Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la anualidad 2020 , en el vinculante 2704.313C.22, hasta alcanzar un total de 73,16%.

 

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación del citado porcentaje.

 

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL CURRÍCULO ACADÉMICO Y PROFESIONAL DE LOS ALTOS CARGOS Y ASIMILADOS A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3, LETRA K).1.º,DE LA LEY 4/2016, DE 15 DE DICIEMBRE DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL CURRÍCULO ACADÉMICO Y PROFESIONAL DE LOS ALTOS CARGOS Y ASIMILADOS A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 3, LETRA K).1.º,DE LA LEY 4/2016, DE 15 DE DICIEMBRE DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO DE CASTILLA-LA MANCHA

 

El artículo 10.2 apartado b) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha establece como una de las obligaciones de los altos cargos y asimilados la publicación de sus currículos profesionales y académicos completos.

 

Por su parte, el Decreto 7/2018, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Código Ético para los altos cargos y asimilados de la Administración Regional (publicado en el DOCM de 27 de febrero de 2018), cuyos destinatarios según su artículo 3 son los señalados en el artículo 3, letra k).1.º de Ley 4/2016, de 15 de diciembre –“miembros del Gobierno, personas titulares de las direcciones generales, secretarías generales técnicas y secretarías generales de las consejerías y asimiladas, así como las personas titulares de órganos directivos y de apoyo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha”–, incluye entre los criterios, comportamientos y estándares de conducta relativos a la transparencia en la gestión de los asuntos de su competencia y a la rendición de cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, el compromiso, vinculado a la adhesión a dicho Código Ético, de presentar un currículo académico y profesional completo y veraz a efectos de su publicación en el Portal de Transparencia.

 

La Comisión de Ética Pública prevista en el citado Decreto, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 9 del mismo, en su reunión ordinaria de 9 de mayo de 2019, ha propuesto como recomendación sobre este extremo concreto de cumplimiento del Código Ético, que se adopten las medidas necesarias para elaborar un modelo de currículo académico y profesional y fijar criterios que homogenicen la información contenida en los mismos, facilitando su comprensión, y que, asimismo, se articule algún proceso de verificación de los méritos académicos reseñados, garantizando así el compromiso asumido, a través de la adhesión al Código Ético, de presentar un currículo académico y profesional completo y veraz a efectos de su publicación en el Portal de Transparencia.

 

Con base en dicha recomendación, se incorporan a la estructura y contenido del currículo los siguientes extremos:

 

En relación al currículum académico, se distinguen los títulos oficiales (que deberán ser reseñados en primer lugar y ordenados de mayor a menor nivel), de los títulos no oficiales (que deberán figurar en segundo lugar).

 

Para cada una de las titulaciones reseñadas, se deberá hacer siempre referencia al nombre exacto de las mismas, el año de su obtención y el nombre de la Universidad o centro de estudios que las ha expedido.

 

En relación al currículum profesional, para facilitar su comprensión y homogenizar la información, contenida en el mismo se distinguirán los siguientes apartados y contenidos:

 

a)  Experiencia profesional: Se detallará la actividad desarrollada en cualquier Administración Pública, así como en otras entidades e instituciones del Sector Público y en empresas y entidades privadas, especificando los años de ejercicio de cada una de las actividades por orden cronológico.

b) Cargos políticos desempeñados en instituciones públicas, incluidos cargos electos en órganos legislativos y corporaciones locales, haciendo igualmente referencia al tiempo de ejercicio del mismo y al número de la legislatura, en su caso.

 

Otros aspectos no reflejados en lo epígrafes anteriores que se consideren de interés, como cargos en fundaciones, patronatos, comités, partidos políticos, sindicatos, asociaciones, etc., así como actividades de investigación, docencia, etc.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 18/06/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura y contenido del currículo académico y profesional de los altos cargos y asimilados a los que se refiere el artículo 3, letra k) 1.º, de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL MODELO DE DECLARACIÓN DE BIENES, RENTAS Y ACTIVIDADES DE LOS GESTORES PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA

Con la aprobación de la Ley 6/1994, de 22 de diciembre, se estableció el régimen de presentación, contenido y publicidad en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de las declaraciones sobre actividades, bienes y rentas de los gestores públicos de Castilla-La Mancha.

 

El artículo 6.3 del precitado texto legal atribuye al Consejo de Gobierno la competencia para la aprobación de los modelos oficiales de la declaración de actividades, bienes y rentas que deben presentar las personas y gestores públicos a quienes es de aplicación dicha norma. Por su parte, el artículo 20.2 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo establece, para sus miembros y los gestores públicos a que se refiere, que el modelo oficial de declaración será el aprobado por el Consejo de Gobierno.

 

Mediante Acuerdo de 6 de abril de 2004 del Consejo de Gobierno, se aprobó el vigente modelo de declaración de bienes, rentas y actividades de los gestores públicos de Castilla-La Mancha.

 

Por su parte, el Decreto 7/2018, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Código Ético para los altos cargos y asimilados de la Administración Regional (publicado en el DOCM de 27 de febrero de 2018) incluye entre los criterios, comportamientos y estándares de conducta relativos a la transparencia en la gestión de los asuntos de su competencia y a la rendición de cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, el compromiso, vinculado a la adhesión a dicho Código Ético, de consentir, al presentar sus declaraciones de bienes, rentas y actividades de acuerdo con la normativa aplicable, consienten, que se publiquen en el Portal de Transparencia los datos contenidos en tales declaraciones.

 

La Comisión de Ética Pública prevista en el citado Decreto, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 9 del mismo, en su reunión ordinaria de 9 de mayo de 2019, ha propuesto como recomendación sobre este extremo concreto de cumplimiento del Código Ético, que se adopten, en aras de una mayor transparencia, las medidas necesarias para actualizar y mejorar el vigente modelo de declaración, de modo que, además de las oportunas adaptaciones a la normativa fiscal  y mercantil de aplicación, se incluyan, entre otros extremos a declarar, los relativos a los ingresos íntegros percibidos por los cargos, puestos o trabajos desempeñados; las cotizaciones a la Seguridad Social y a otras mutualidades; los donativos a entidades sin fines de lucro; las aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, así como las participaciones de los gestores públicos en sociedades patrimoniales y, en su caso, el patrimonio inmobiliario aportado a las mismas.

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 18/06/2019, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el modelo de declaración de bienes, rentas y actividades de los gestores públicos de Castilla-La Mancha

 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE LAS CONSEJERÍAS DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Y FOMENTO

Se propone esta transferencia de crédito, por un importe de 80.000,00 euros, con el objeto de proceder a realizar la migración de la aplicación NEVA, en materia de evaluaciones ambientales, al sistema informático TRAMITA, que permite unificar la tramitación electrónica de los expedientes administrativos. Al tratarse de aplicaciones informáticas para el tratamiento de datos, la competencia corresponde a la Consejería de Fomento, por lo cual se hace necesario transferir a dicha consejería el crédito presupuestario.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO PLURIANUAL DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS VERIFICACIONES DEL ARTÍCULO 125 DEL REGLAMENTO (UE) 1303/2013

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO PLURIANUAL DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS VERIFICACIONES DEL ARTÍCULO 125 DEL REGLAMENTO (UE) 1303/2013 EN RELACIÓN A LAS OPERACIONES INCLUIDAS EN EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CASTILLA LA MANCHA 2014-2020.

 

La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. El expediente de contratación del servicio para la realización de las verificaciones del artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, en relación a las operaciones incluidas en el Programa Operativo FEDER de Castilla-La Mancha 2014-2020, supone un gasto plurianual imputado al ejercicio 2020 que conlleva una modificación de los citados porcentajes.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR, PARA EL AÑO 2020, EL SUMINISTRO DE VACUNAS DERIVADO DEL ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE SUMINISTRADORES DE VACUNAS DE CALENDARIO Y OTRAS

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR, PARA EL AÑO 2020, EL SUMINISTRO  DE  VACUNAS DERIVADO DEL ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE SUMINISTRADORES DE VACUNAS DE CALENDARIO Y OTRAS Y PARA DETERMINADOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, LAS CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA Y VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DEL PORCENTAJE PREVISTO EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TRLHCLM.

 

Expediente relativo al contrato derivado para la adquisición de vacunas de calendario y otras en Castilla-La Mancha para el año 2020.

 

En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el programa de vacunaciones se dirige de manera sistemática a la población infantil y también a los grupos de riesgo que cumplen las recomendaciones de inmunización en la edad adulta.

 

Esta licitación por importe de 4.287.151,47 euros está  destinada  a  cubrir  las necesidades de adquisición y suministro de determinadas dosis  de  producto  vacunal para el año 2020, para dar cumplimiento al calendario oficial de vacunaciones de Castilla-La Mancha.

 

 

 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO A LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA, SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EN EL CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA AL MENOR DE TOLEDO

La Fundación Sociosanitaria en Castilla-La Mancha dispone de un Centro de Atención Especializada al Menor de Toledo, en el que se presta atención integral (sanitaria, orientación, apoyo educativo y social) e individualizada a menores con trastornos de salud mental no asociados a discapacidad intelectual cuyos problemas de conducta han desbordado la capacidad de resolución y abordaje personal, familiar y de los dispositivos especializados que ofrece su entorno. Las características del centro hacen necesaria la realización de labores de vigilancia por profesionales con la adecuada especialización que garanticen la seguridad del mismo, no disponiendo la Fundación de dicho personal.

 

El importe previsto de gasto para este expediente de contratación es de 550.500,00 €.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DE VARIOS CONTRATOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DEL SESCAM

Con objeto de dar continuidad a determinados servicios informáticos ya contratados por el SESCAM que resultan imprescindibles para el correcto funcionamiento de las aplicaciones de sus sistemas de información, se necesita la autorización del Consejo de Gobierno por la superación de los porcentajes de gasto plurianual previstos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en los ejercicios 2020 y 2021, en el vinculante 6102.521B.22***, hasta llegar al 92,43% y al 72,90%, respectivamente, derivado de la tramitación de los siguientes expedientes:

 

-    6102TO18SER00018 Reajuste de anualidades del expediente de Soporte y mantenimiento correctivo, adaptativo y evolutivo del sistema de información hospitalario de anatomía patológica (VITROPATH)

 

-  6102TO16SER00028 Segunda prórroga del contrato del sistema de información MAMBRINO XXI

 

-   6102TO14SER00015 Prórroga del contrato de los servicios de soporte y mantenimiento del sistema de información Digitalis

 

-6102TO14SER00014 Prórroga del contrato de los servicios de soporte y mantenimiento del sistema de Tarjeta Sanitaria

AUTORIZAR EL AUMENTO DEL NÚMERO DE ANUALIDADES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL ACELERADOR LINEAL DEL HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE CIUDAD REAL

Autorización de la superación de anualidades, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, al conllevar gasto plurianual, de acuerdo con el Art. 48 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, para poder tramitar el expediente siguiente: “Contratación del mantenimiento integral, a todo riesgo, del equipamiento del acelerador lineal marca ACCURAY, instalado en el Hospital General Universitario de Ciudad Real”.

El importe asciende a 1.593.086,00 €, con el siguiente desglose: Anualidades (IVA incluido)

 

1ª Anualidad 2019                                                   79.654,30 €

2ª Anualidad 2020                                                 318.617,20 €

3ª Anualidad 2021                                                 318.617,20 €

4ª Anualidad 2022                                                 318.617,20 €

5ª Anualidad 2023                                                 318.617,20 €

6ª Anualidad 2024                                                 238.962,90 €

Total …………..                                                  1.593.086,00 €

 

Aplicación presupuestaria: 61032000G/412D/21300