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DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE DE DON JULIO DÁMASO CUEVAS MORALES COMO DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA DIRECTORA GENERAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA A DOÑA MARÍA ÁNGELES MARTÍN OCTAVIO.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE AUTOMOCIÓN PARA LOS VEHÍCULOS DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Derivado del considerable aumento de los precios en los primeros meses de 20222, se ha producido un incremento del gasto en el contrato de suministro de combustible de automoción para los vehículos de la Presidencia, derivado del acuerdo marco.     Ello ha ocasionado que, a tenor de la necesidad de la continuación de los suministros, el gasto ocasionado entre los meses de abril a julio de 2022, ambos inclusive, se haya producido sin la fiscalización previa de la aprobación del gasto, por lo que dicha omisión de fiscalización, contemplada en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, requiere para su subsanación que el reconocimiento de las obligaciones que comporta se efectúe mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, previo informe de la Intervención General. 

AUTORIZACIÓN DE GASTO RELATIVO AL EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN CORRESPONDIENTE AL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO ILUNION SERVICIOS INDUSTRIALES, S.L., AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL DECRETO 85/2022, DE 19 DE JULIO.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar un gasto de 1.376.380,23 euros relativo al expediente de subvención correspondiente al centro especial de empleo ILUNION SERVICIOS INDUSTRIALES, S.L., tramitado al amparo de lo dispuesto en el Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y del artículo 72.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

AUTORIZACIÓN DE GASTO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE LICENCIAS DE PRODUCTOS, SERVICIOS BÁSICOS DE SOPORTE, DERECHO DE USO Y ACTUALIZACIÓN DEL SOFTWARE ADQUIRIDO, ASÍ COMO SERVICIOS AVANZADOS DE SOPORTE DE SOFTWARE ORACLE.

Autorización del Consejo de Gobierno del gasto por importe de 4.177.780,02 € (IVA incluido), de acuerdo con el artículo 21.f) de Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:    “Suministro de Licencias de productos, servicios básicos de soporte, derecho de uso y actualización del software adquirido, así como servicios avanzados de soporte de software Oracle”. Expediente: @2022/010094.    El importe previsto de gasto asciende a 4.177.780,02 (IVA incluido), con una duración de 36 meses.  

AUTORIZACIÓN DE GASTO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “SOPORTE Y MANTENIMIENTO STRATIO DATA CENTRIC”.

Autorización del Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.024.601,06 € (IVA incluido), de acuerdo con el artículo 21.f) de Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:    “Soporte y Mantenimiento STRATIO DATA CENTRIC”. Expediente: @2022/005582    El importe previsto de gasto asciende a 1.024.601,06 € (IVA incluido), con una duración de 12 meses.  

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES CORRESPONDIENTES A 14 FACTURAS RELATIVAS A LOS CONTRATOS DE SERVICIOS POSTALES CENTRALIZADOS DEL SESCAM.

Servicios servicios postales centralizados del SESCAM por importe de 877.432,69 €.     No es preceptiva su inclusión en el Portal de Transparencia al tratarse de una convalidación y estar fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha. No obstante, con el objeto de otorgar mayor transparencia a las facturas autorizadas por el Consejo de Gobierno, se incluye en el citado Portal. 

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA AL GABINETE JURÍDICO PARA LA IMPUGNACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 7 DE JUNIO DE 2022 DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización de 8 de septiembre de 2022, del Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 7 de junio de 2022 por la que se impone sanción por hechos constitutivos de infracción a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas. 

AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DISCAPACIDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2023, LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL DESTINADAS A LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

La Resolución tiene por objeto convocar, para el año 2023, las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas destinados a la atención de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.    Las ayudas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2708G/313C /48141, 2708G/313C/48141 (0000000562) y 2708G/313C/ 48141 (Fondo FPA 0090011) consignadas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023 y 2024, y al elemento PEP JCCM/0000024821, teniendo como límite la cuantía máxima de 59.797.096,00 euros.    El importe del crédito a imputar en el ejercicio 2023 asciende a la cantidad de 54.245.810,00 euros y en el ejercicio 2024 a la cantidad de 5.551.286,00 euros.    De acuerdo con lo establecido en el apartado 5 del artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000 de euros  se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la aprobación del gasto.

AUTORIZACIÓN DE LA ORDEN DE ENCARGO DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE A LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM, S.A. PARA EL SERVICIO TÉCNICO PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE INFRAESTRUCTURA VERDE, CONECTIVIDAD Y RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LA COMARCA DE LA SAGRA.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar la orden de encargo a la empresa pública Geacam SA, para la prestación del “Servicio técnico para el desarrollo del Plan de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica de la Comarca de la Sagra (Toledo)”, ascendiendo a un total de 69.973,96 €. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS.

El expediente de adquisición de los derechos de emisión de los resúmenes de los encuentros correspondientes al Campeonato Nacional de Liga de Primera y Segunda División de fútbol, de las temporadas 2022/2023, 2023/2024 y 2024/2025 se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.

 

Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre.

 

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA FAVORECER EL ACCESO AL EMPLEO DE CALIDAD DE LAS PERSONAS JÓVENES Y FOMENTAR LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional.

 

Se prevén cuatro líneas de ayuda:

 

a) Línea 1. Ayudas para la formalización de contratos de formación en alternancia, siendo el objeto de dichos contratos favorecer la inserción laboral de los jóvenes mediante su cualificación profesional en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en las empresas.

b) Línea 2. Ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional, siendo el objeto de dichos contratos favorecer la obtención por las personas trabajadoras de una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios.

c) Línea 3. Ayudas para la formalización de contratos de relevo, cuyo objeto es favorecer el relevo generacional en las empresas de Castilla-La Mancha.

d) Línea 4. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y contratos de relevo, y para la contratación indefinida de personas que hubieran finalizado su relación laboral, mediante contratos formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los seis meses anteriores a la contratación indefinida.

 

Las contrataciones subvencionables al amparo de las líneas de ayudas 1, 2 y 3 deberán formalizarse con personas incluidas en los colectivos siguientes:

 

a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años en el momento de su contratación, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

c) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

d) Personas en situación de exclusión social.

 

Las contrataciones subvencionables al amparo de la línea 4, deberán formalizarse con personas que estuvieran incluidas en los citados colectivos en el momento de realizar los contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y contratos de relevo que se transformen en contratos indefinidos. Igualmente deberán pertenecer a esos mismos colectivos las personas cuya relación laboral finalice mediante contratos formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los seis meses anteriores a la contratación indefinida.

 

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa y para el ejercicio presupuestario 2022 se destina un crédito de 7.160.000 euros.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

 

Corrección de errores del Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, cofinanciado por Fondo Social Europeo.