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AUTORIZACIÓN PREVIA DEL GASTO DERIVADO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXISTENTES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza el gasto derivado de la convocatoria de subvenciones para 2023, de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, destinadas a Entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el mantenimiento de centros de rehabilitación psicosocial y laboral de atención a personas con trastorno mental grave.     Esta convocatoria de subvención tiene como finalidad atender a los fines de interés general de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, concretamente la prevención, la rehabilitación y el apoyo social y laboral de las personas con trastorno mental grave.     La Convocatoria contará con una financiación de 1.950.000,00 €. Con el importe de la subvención se podrá financiar hasta el 100% del coste total del proyecto subvencionado.   El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá de 650.000,00€.  

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 82/2019, DE 16 DE JULIO, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El artículo 11, apartados 6 y 7 de la Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha da una nueva redacción a los artículos 58 y 61 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, sobre el procedimiento de gestión de los gastos y competencias en la gestión de los gastos.     La adopción del acto o negoción jurídico que conlleve el gasto producirá la fase de gestión presupuestaria que le corresponda.    A la vista de lo anterior es necesario modificar el Decreto 82/2019 de estructura orgánica y funciones del SESCAM.    Enlaces relacionados:   Decreto 10/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN PREVIA DEL GASTO Y DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA OCUPACIÓN DE PLAZAS RESIDENCIALES EN DISPOSITIVOS UBICADOS EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza previamente el gasto y la convocatoria de subvenciones para 2023, de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, destinadas a la ocupación de plazas residenciales en dispositivos ubicados en Castilla-La Mancha y gestionados por entidades privadas sin ánimo de lucro, destinados a la atención a personas con trastorno mental grave, personas con enfermedades crónicas en situación de exclusión social y personas con problemas de adicciones a sustancias.  El objeto de las subvenciones de esta convocatoria es concretamente la ocupación de plazas residenciales para personas con trastorno mental grave, personas con enfermedades crónicas en situación exclusión social, así como la ocupación de plazas en comunidades terapéuticas.    La Convocatoria contará con una financiación de 5.030.096,00 €. El importe de la subvención se podrá financiar hasta el 100 % del coste total del proyecto subvencionado. El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá de los siguientes importes:     Línea 1. Ocupación de plazas en centros residenciales ubicados en Castilla-La Mancha y destinados a la atención a personas con trastorno mental grave o a personas con enfermedades crónicas en situación de exclusión social. El importe máximo estimado a financiar por proyecto será de 1.500.000,00 €, que se calculará en función de los costes plaza/día fijados en esta convocatoria.    Línea 2. Ocupación de plazas en centros del tipo comunidad terapéutica ubicados en Castilla-La Mancha para personas con problemas de adicciones a sustancias. El importe máximo estimado a financiar por proyecto será de 1.000.000,00 €, que se calculará en función de los costes plaza/día fijados en esta convocatoria. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 80/2019, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y EL DECRETO 74/2018, POR EL QUE SE REGULA LA OFICINA DE CONTRATACIÓN.

Dado que no se trata de una disposición de carácter general que se dicte en ejecución de una ley, no resulta preceptivo el dictamen del Consejo Consultivo de conformidad con el artículo 54.4 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.    La Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas emite informe favorable sobre la elevación al Consejo de Gobierno de la propuesta de acuerdo examinada, conforme al apartado 3.1.1 de las Instrucciones sobre el Régimen Administrativo del Consejo de Gobierno, aprobadas el 25 de julio de 2017.    Enlaces relacionados:   Decreto 6/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y el Decreto 74/2018, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada.

APROBACIÓN Y REMISION A LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA DEL PROYECTO DE LEY AGRICULTURA FAMILIAR Y DE ACCESO A LA TIERRA EN CASTILLA-LA MANCHA.

El proyecto de la ley se justifica en la importancia de la agricultura familiar en Castilla la Mancha, una forma de producción agraria que, al desarrollarse en el medio rural, resulta un recurso idóneo a fomentar para combatir el reto demográfico; contribuir a la mitigación y adaptación al cambio climático, así como a la seguridad alimentaria. Las Explotaciones Familiares Agrarias precisan de una regulación que complete lo establecido en la Ley/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias y a la ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha, en el sentido de amparar la figura del agricultor no-profesional.    Además, para coadyuvar en el reto demográfico es preciso, por un lado, delimitar zonas de la región donde el mantenimiento de la actividad agraria constituye un factor fundamental de cara a la funcionalidad y cohesión económica, ambiental y social del territorio y por otro lado recuperar y/o frenar la pérdida de superficie agraria útil, así como mejorar y ampliar la base territorial de las explotaciones. En consecuencia, se incluye regulación de las Zonas de Protección Agraria, la creación de un Banco de Tierras de Castilla- La Mancha y el procedimiento para declarar un Suelo Agrario Infrautilizado.    El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha en su sesión celebrada el 22 de diciembre de 2022, tomó en consideración el anteproyecto de Ley agricultura familiar y de acceso a la tierra en Castilla-La Mancha, para que emitiese su preceptivo dictamen el Consejo Consultivo conforme dispone el artículo 54.3 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.     Emitido el Dictamen 28/2023, en su sesión celebrada por el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha el día 26 de enero de 2023, procede elevar al Consejo de Gobierno el acuerdo para la aprobación de la norma como proyecto de ley y la remisión del mismo a las Cortes de Castilla-La Mancha, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35.3 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consultivo de Castilla-La Mancha.     El proyecto que se eleva se estructura en un título preliminar y cuatro títulos más, contiene 31 artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales.    Enlaces relacionados:   Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha.

BIEN DE INTERÉS CULTURAL AL CARNAVAL DE TARAZONA DE LA MANCHA, EN ALBACETE, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 4 de marzo de 2022 se inició expediente para la declaración del citado carnaval como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.     Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, y sin que se hayan presentado alegaciones a esta declaración, se solicitó y obtuvo el informe favorable del Instituto de Estudios Albacetenses “Don Juan Manuel”.     Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Carnaval de Tarazona de la Mancha, como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial.  

BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE LAS ALFOMBRAS DE NUDO ESPAÑOL DE ALCARAZ, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura y Deportes de 15 de febrero de 2022 se inició expediente para la declaración del citado carnaval como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Bien Inmaterial.     Tras la publicación de la resolución de inicio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, así como la notificación a los interesados conforme al artículo 12 de la citada Ley, y sin que se hayan presentado alegaciones a esta declaración, se solicitó y obtuvo el informe favorable del Instituto de Estudios Albacetenses “Don Juan Manuel”.     Vistos los informes y datos técnicos pertinentes, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores históricos necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Cultural, por lo que entiende procedente su declaración.    En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias atribuidas, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración del Carnaval de Tarazona de la Mancha, como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial.  

AUTORIZACIÓN DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA Y EN LA SECRETARÍA GENERAL.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la primera prórroga, de un año, del programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Vivienda y en la Secretaría General con un número de cuarenta y siete efectivos, cuyo importe asciende a 2.046.783, 60 euros.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 85/2019, DE 16 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LOS DISTINTOS ÓRGANOS DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 83/2019, DE 16 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 84/2019, DE 16 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

Tras la entrada en vigor de la Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha, que introduce  importantes modificaciones en materia de gasto público, mediante la nueva redacción de los artículos 7, 9, 10, 31.2, 48.3, 58, 61, 72 y 84 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, es necesaria  la adaptación del Decreto 84/2019, de 16 de julio, a la nueva regulación y, en particular, a lo establecido en el artículo 61.1.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 12/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 84/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 87/2019, DE 16 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LOS DISTINTOS ÓRGANOS DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Desarrollo Sostenible y disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.    Enlaces relacionados:   Decreto 15/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Desarrollo Sostenible.