Mostrando 6673 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LAS OBRAS DE EMERGENCIA PARA LA REPARACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CUATRO BOMBAS SUMERGIBLES DE BOMBEO DE CAPTACIÓN SITUADAS EN EL EMBALSE DE PICADAS

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de las obras de emergencia necesarias para la reparación y puesta en funcionamiento de cuatro bombas sumergibles de bombeo de captación situadas en el embalse de Picadas, tramitadas por Infraestructuras del Agua de Castilla‐La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

 

IMPUGNACIÓN DEL ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE DON FADRIQUE POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización de 16 de febrero de 2018, del Vicepresidente Primero de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Gabinete Jurídico, para impugnar el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de La Villa de Don Fadrique, de fecha 28 de noviembre de 2017, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior de las Normas Subsidiarias Municipales.

 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE DESARROLLO PERSONAL E INTEGRACIÓN EN LA COMUNIDAD Y TRANSPORTE ADAPTADO EN EL CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL GRAVE “SANTA MARÍA DE BENQUERENCIA”

La Secretaría General de la Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del contrato de servicios de desarrollo personal e integración en la comunidad y de transporte adaptado en el Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual Grave “Santa María de Benquerencia” de Toledo.

 

El contrato tendrá una duración inicial de cuatro años, prorrogables por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, por un período de un año.

 

AUTORIZAR UN GASTO PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE RESOLUCIÓN DE UNA SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD PRIVADA DE INICIATIVA SOCIAL “FUNDACIÓN MADRE”

AUTORIZAR UN GASTO PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE RESOLUCIÓN DE UNA SUBVENCIÓN A LA ENTIDAD PRIVADA DE INICIATIVA SOCIAL “FUNDACIÓN MADRE” PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DESTINADOS A LA ATENCIÓN TUTELAR DE LAS PERSONAS CON CAPACIDAD DE OBRAR MODIFICADA JUDICIALMENTE EN CASTILLA-LA MANCHA.

 

La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden de 21 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de programas destinados a la atención tutelar de las personas con capacidad de obrar modificada judicialmente en Castilla- La Mancha y de la Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Dirección General de Atención a la Dependencia, por la que se convocan para el ejercicio de 2018 dichas ayudas, ha propuesto conceder, entre otras, una subvención por un importe total de a la Fundación MADRE.

 

Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para 2018, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.

 

Enlaces relacionados:

Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.

Decreto 71/1997, de 17 de junio, de la Comisión de Tutela de Castilla-La Mancha

Orden de 21/12/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social, para el desarrollo de programas destinados a la atención tutelar de las personas con capacidad de obrar modificada judicialmente en Castilla-La Mancha

Resolución de 20/10/2017, de la Dirección General de Atención a la Dependencia, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones a entidades privadas de iniciativa social, para el desarrollo de programas destinados a la atención tutelar de las personas con capacidad de obrar modificada judicialmente en Castilla-La Mancha.

 

 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DURANTE LOS EJERCICIOS 2019 Y 2020 DEL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DEL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES DE CUENCA II (CUENCA)

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DURANTE LOS EJERCICIOS 2019 Y 2020 CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE DE LA SEXTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DEL SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS DEL CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES DE CUENCA II (CUENCA)

 

La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de la sexta prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del Servicio de Estancias Diurnas del Centro de Día de personas mayores Cuenca II (Cuenca). Como consecuencia de su tramitación, en las anualidades de 2019 y 2020 se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.

 

APROBACIÓN DEL GASTO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN “SERVICIOS DE MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN 24x7 DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y REDES DE COMUNICACIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el gasto por importe de 3.600.000 euros, IVA incluido, correspondiente al expediente de contratación 2018/000504 “Servicios de monitorización y gestión 24x7 de sistemas informáticos y redes de comunicaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”

 

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES DEL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JCCM Y SESCAM

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS PARA LA REDISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES DEL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL SESCAM EN LAS PROVINCIAS DE TOLEDO, CIUDAD REAL Y GUADALAJARA

 

La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. Habiéndose observado la superación de los porcentajes máximos establecidos en el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en la partida presupuestaria 1509.G/221A.22*, en la anualidad 2019 en un porcentaje 83,53% , debe autorizarse por el mismo.

MOSTRAR LA NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 3/2014, DE 21 DE JULIO, DE GARANTÍA DE LA ATENCIÓN SANITARIA Y DEL EJERCICIO DE LA LIBRE ELECCIÓN EN LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE SALUD

MOSTRAR LA NO CONFORMIDAD A LA TRAMITACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 3/2014, DE 21 DE JULIO, DE GARANTÍA DE LA ATENCIÓN SANITARIA Y DEL EJERCICIO DE LA LIBRE ELECCIÓN EN LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR SUPONER UN IMPORTANTE AUMENTO DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

 

La Mesa de las Cortes, ha calificado favorablemente y admitido a trámite la Proposición de Ley de reforma de la Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, acordando su remisión al Consejo de Gobierno, a los efectos previstos en el artículo 156 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha.

 

El artículo 156.1 del citado Reglamento establece que “Ejercitada la iniciativa legislativa, el Presidente de las Cortes ordenará la publicación de la Proposición de Ley y su remisión al Consejo de Gobierno respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de crédito o disminución de ingresos presupuestarios.”

 

A la vista del informe de la Secretaría General del SESCAM, de fecha 20 de febrero de 2018, en el que se concluye que los recursos necesarios para la puesta en marcha de los objetivos propuestos en la Proposición de Ley y situar la lista de espera en los parámetros marcados en la misma supondría un importante aumento de crédito, no procede que el Consejo de Gobierno preste su conformidad a la tramitación de la Proposición de Ley de reforma de la Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

 

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 €, DERIVADOS DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS EN EL MUSEO DE LAS CIENCIAS Y EN EL MUSEO DE PALEONTOLOGÍA

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 21 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para 2018, en conexión con lo dispuesto a su vez en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básico de Castilla‐La Mancha, establecen que la realización por parte de las entidades, empresas y fundaciones pertenecientes al sector público regional, de gastos superiores a 240.000 euros requerirá autorización del Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General de Presupuestos.

ACUERDO POR EL QUE SE DESESTIMA EL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 19 DE DICIEMBRE DE 2017, POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA JCCM PARA EL AÑO 2017

Presentado recurso de reposición el pasado 19 de enero, por el Colegio de Arquitectos de Castilla-La Mancha, contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2017, el Consejo de Gobierno acuerda desestimarlo.

AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE AUTOMOCIÓN PARA LOS VEHÍCULOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JCCM

Se hace necesario licitar el nuevo acuerdo marco del suministro de combustible de automoción para los vehículos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos. El valor estimado del acuerdo marco asciende a 14.262.935,50 euros, a aplicar en los ejercicios 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, es necesaria la autorización del Consejo de Gobierno para su celebración.

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO PARA INTERPONER RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO DE SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS CENTROS SANITARIOS, LOCALES Y DEPENDENCIAS DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE ALBACETE

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO PARA INTERPONER RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO FRENTE A LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL  ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES, DE 22 DE DICIEMBRE DE 2017, DICTADA EN EL RECURSO 1083/2017 CONTRA LOS PLIEGOS DE  CLÁUSULAS  ADMINISTRATIVAS  PARTICULARES  Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS  DEL CONTRATO DE SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS CENTROS SANITARIOS, LOCALES Y DEPENDENCIAS DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE ALBACETE.

 

Según lo establecido en el artículo 9 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.

 

A la vista de los antecedentes remitidos por la Gerencia de Atención Integrada de Albacete y del informe del Gabinete Jurídico de fecha 26 de febrero de 2018 en que se informa favorablemente la propuesta formulada por el SESCAM para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, de 22 de diciembre de 2017, dictada en el Recurso 1083/2017 promovido por ALCOR SEGURIDAD S.L. contra los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas del contrato de servicio integral de vigilancia y seguridad de los centros sanitarios, locales y dependencias de la Gerencia de Atención Integrada de Albacete, procede la interposición del recurso contencioso administrativo frente a la Resolución citada, al considerar que no existe la infracción atribuida por este Tribunal en los citados pliegos en materia de subrogación del adjudicatario en las relaciones laborales del contrato.