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AUTORIZACIÓN DEL GASTO DE LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM CORRESPONDIENTE AL SUMINISTRO DE PROTECTORES PARA PLANTACIONES A REALIZAR EN LAS PROVINCIAS DE CIUDAD REAL Y TOLEDO CORRESPONDIENTES A TRABAJOS DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS FORESTALES.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar un gasto de la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, Geacam, S.A., por importe de 471.630,72 euros (IVA incluido), correspondiente al expediente de contratación “Suministro de protectores para las plantaciones que se van a realizar en las provincias de Ciudad Real y Toledo correspondientes a trabajos de conservación y restauración de ecosistemas forestales en la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha y en zonas afectadas por incendios forestales. Proyecto vinculado al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

DECRETO POR EL QUE SE DESIGNA EL ORGANISMO PAGADOR DE CASTILLA-LA MANCHA DE LOS GASTOS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTÍA (FEAGA) Y DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER).

Tras la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común, el Decreto 113/2006, de 14 de diciembre de 2006, designó a la Consejería de Agricultura como Organismo pagador de los Fondos europeos agrarios. Desde la designación referida, distintos decretos han regulado el Organismo pagador y sus funciones, para adaptarlas a la estructura de la Administración Regional, así como a las modificaciones de la regulación comunitaria.    El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, establece las disposiciones relativas, entre otras, a la autorización de los organismos pagadores y los organismos de coordinación, las obligaciones de los organismos pagadores en lo que respecta a la intervención pública, la gestión financiera y los procedimientos de liquidación, las garantías y el uso del euro, texto actualmente vigente, continua estableciendo que los organismos pagadores serán responsables de la gestión y control de los gastos del FEAGA y del Feader, señalando que podrá autorizarse como organismo pagador aquellos servicios u organismos que garanticen suficientemente que los pagos son legales y habituales y se contabilizan correctamente.      Los cambios en la configuración de la Administración Regional afectan a la designación y funciones del Organismo pagador de Castilla-La Mancha, no sólo por lo que respecta a la estructura de la Administración Regional que se efectúa por el Decreto 68/2023, de 9 de julio, sino también por el Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el Decreto 107/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y por el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.     Por tanto, resulta necesario adaptar la regulación del Organismo pagador de Castilla-La Mancha a la nueva configuración de la Administración Regional.    Enlaces relacionados:   Decreto 279/2023, de 5 de diciembre, por el que se designa el organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DEL “ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES DE EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO GRUPO V PARA LAS GERENCIAS DEL SESCAM,” POR UN VALOR ESTIMADO DE 11.306.544,00 €.

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la celebración del contrato, en cumplimiento del artículo 58.4.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, ya que el valor estimado es de 11.306.544,00 €, referido al expediente siguiente:    “Acuerdo Marco para la Selección de Proveedores de Equipamiento Hospitalario grupo V para las Gerencias del SESCAM, EXPEDIENTE: EXPEDIENTE: @2023/015553”.    Destino: Centros dependientes del SESCAM.    El importe neto de 11.306.544,00 €, cantidad a la que se añadirá el 21% en concepto de IVA: 2.374.374,24 €, siendo el importe total de 13.680.918,24 €.

DECLARACIÓN DE INTERÉS REGIONAL DEL PROYECTO “CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y REHABILITACIÓN NEUROLÓGICA (CIRN) EN ALBACETE”, PARA SU TRAMITACIÓN COMO PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS.

El Gobierno Regional Declara de Interés Regional el Proyecto “Centro de Investigación y Rehabilitación Neurológica (CIRN)” en Albacete, promovido por la Sociedad Mercantil Centro de Investigación y Rehabilitación Neurológica S.L., para su tramitación como Proyecto de Singular Interés.

APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE GOBIERNO 2023-2027.

La Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, en su artículo 6.a) establece que: “El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como Presidente del Consejo de Gobierno, dirige la acción de éste y coordina las funciones de sus miembros y, a tal fin, le corresponde: a) Definir el Programa de Gobierno”.

 

Constituye un deber de los poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. La ciudadanía demanda cada vez con más intensidad que las Administraciones Públicas respondan con eficacia y celeridad a sus necesidades y que lo hagan más transparente y participativo.

 

Al Consejo de Gobierno le compete aprobar el Plan General de Actuación del Gobierno Regional, que tiene por finalidad institucionalizar la colaboración y fortalecer el diálogo permanente entre el Gobierno Regional y la sociedad civil de Castilla-La Mancha. El Programa de Gobierno 2023-2027 está configurado en 7 áreas temáticas y en él se incluyen un total de 861 propuestas que marcan la hoja de ruta del ejecutivo regional. Un conjunto de propuestas coherentes con el proyecto de Región.

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 85/2022, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS SUBVENCIONES INCLUIDAS EN EL PROGRAMA DE INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MERCADO DE TRABAJO PROTEGIDO.

Se realizan las siguientes modificaciones: para la adecuación del decreto a las previsiones normativas vigentes, se modifica su artículo 1 para añadir la referencia al Plan estratégico de subvenciones, dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; se modifica, igualmente, su artículo 4, donde se añade como requisito general para obtener la condición de entidad beneficiara el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.     Asimismo, se modifica su artículo 7, donde se amplía el destino de la reserva del crédito presupuestario establecido para las solicitudes que se desarrollen en zonas escasamente pobladas a los municipios de las zonas rurales intermedias, con predominio de la actividad agrícola, con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021, dado cumplimiento así a lo dispuesto por la disposición adicional sexta de La Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del medio Rural en Castilla-La Mancha, introducida por la Ley 1/2023, de 27 de enero.    Por lo que se refiere exclusivamente a la línea 2, la modificación afecta a sus artículos 7 y 30, teniendo como finalidad posibilitar la realización de convocatorias adicionales a las dos inicialmente previstas dentro del periodo subvencionable establecido, otorgando una mayor flexibilidad en la gestión e incrementando así, las posibilidades de financiación de los costes salariales de las personas con discapacidad que trabajen en los centros especiales de empleo, en función de las disponibilidades presupuestarias existentes.   Enlaces relacionados:   Decreto 277/2023, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

ORDENAR LA PUBLICACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE ACTIVIDADES, BIENES Y RENTAS DE GESTORES PÚBLICOS DE CASTILLA-LA MANCHA, ASÍ COMO LAS DE SUS CÓNYUGES O PERSONAS CON ANÁLOGA RELACIÓN DE CONVIVENCIA AFECTIVA.

Anualmente o como consecuencia del nombramiento o cese los gestores públicos vienen obligados a presentar, para su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, las declaraciones de actividades, bienes y rentas según se estableció en la Ley 6/1994, de 22 de diciembre, de publicidad en el Diario Oficial de los bienes, rentas y actividades de los gestores públicos de Castilla-La Mancha y en la Ley 11/2003 de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. 

AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES EN RELACIÓN CON LA DESESTIMACIÓN POR LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS DEL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO FRENTE A LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO N.º EXP202305967.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.     A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 20 de noviembre de 2023, se entiende justificado el ejercicio de la acción judicial en relación con la desestimación por la Agencia Española de Protección de Datos del recurso de reposición interpuesto frente a la resolución del procedimiento Nº EXP202305967. 

AMPLIACIÓN CON UN TÉCNICO, ESPECIALIDAD INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL, DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES TÉRMICAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA ECONOMÍA.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar la ampliación del “Programa temporal para la ejecución de diversos programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia”.    La ampliación del programa temporal empleará a un técnico, especialidad ingeniería técnica industrial por un periodo inicial de nueve meses. El coste máximo asciende a un importe global de 30.600,01 €.  

AUTORIZACIÓN PREVIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2024, LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS Y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA INFANCIA Y A LAS FAMILIAS.

La Consejería de Bienestar Social, ha propuesto la autorización previa de la Resolución de la Dirección General de Infancia y Familia, por la que se convocan, para el año 2024, las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias.    La cuantía total estimada máxima destinada a esta convocatoria es de 6.329.560,19 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 27.07.0000 G/313B/48162 y al elemento PEP: JCCM/0000025636. De esta cuantía estimada máxima, corresponden 4.219.638,00 euros a fondos propios y 2.109.922,19 euros a fondos finalistas (Fondo 0000000575 “Plan de Apoyo a la Familia y a la Infancia”), con la siguiente distribución por anualidades:    a) 0,00 euros en 2023. b) 6.329.560,19 euros en 2024.   De acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superar el importe global de la convocatoria la cantidad de 5.000.000,00 de euros se requiere la autorización del Consejo de Gobierno, previamente a la adopción de actos o negocios j urídicos que conlleven la aprobación del gasto.    Enlaces relacionados:   Orden 150/2018, de 10 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias.    Orden 201/2022, de 18 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden 150/2018, de 10 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y las familias. 

 

AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DE LA OCTAVA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES DE ALCOBA DE LOS MONTES (CIUDAD REAL), Y UN GASTO DE 1.671.854,16 EUROS (IVA EXENTO).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente de la octava prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, de la Residencia para personas mayores de Alcoba de los Montes (Ciudad Real) con número de expediente 02/2008, cuyo gasto se ha estimado en 1.671.854,16 euros (IVA exento), por un periodo de dos años, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos, ambos incluidos. 

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA PARA LA RENOVACIÓN DE 3 PUESTOS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL, Y DOS AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, PARA EL REFUERZO EN LA FASE DE VERIFICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN.

El Consejo de Gobierno acuerda:    Autorizar la primera prórroga, por un periodo de un año, del “Programa temporal en la Dirección General de Transición Energética para el refuerzo en la fase de verificación y justificación de la gestión para la ejecución de programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovables, así como a la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia”.    La prórroga del programa temporal de empleo renovará a un total de 3 técnicos/as, especialidad ingeniería técnica industrial y dos auxiliares. El coste máximo asciende a un importe global de 178.653,75 €.