Acuerdos del Consejo de Gobierno 6 de mayo de 2025

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 6 de mayo de 2025

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA INVESTIGO, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS.

El Decreto tiene como objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Investigo, destinadas a la contratación de personas jóvenes en calidad de personal investigador, tecnólogo o personal de apoyo para la realización de iniciativas de investigación e innovación, siendo su finalidad favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes mediante el incremento de los recursos humanos destinados a la investigación. 

 

Se establecen dos líneas de subvención: 

 

Línea 1:  Ayudas para la contratación de las personas jóvenes demandantes de empleo en calidad de personal investigador, tecnólogo o de apoyo a la investigación. 

 

Línea 2: Ayudas para el desplazamiento de las personas jóvenes contratadas en el marco de la línea 1. 

 

Las subvenciones reguladas en el decreto se otorgarán en régimen de concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 32/2025, de 6 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Investigo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus.

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE CASTILLA-LA MANCHA, QUE PASA A DENOMINARSE COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGÍA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, y tramitada la correspondiente propuesta por la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, procede elevar a la consideración del Consejo de Gobierno la aprobación del cambio de denominación solicitado, y ello, a través de un acto que debe adoptar la forma de decreto. 
 
Enlaces relacionados:
 
Decreto 33/2025, de 6 mayo, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla-La Mancha, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha.

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE OSA DE LA VEGA (CUENCA) DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE QUE OCUPA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES, SITO EN CALLE ESCUELAS NÚM. 3, DE LA LOCALIDAD, CON DESTINO A ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Osa de la Vega (Cuenca) de la propiedad del inmueble que ocupa el silo de almacenamiento de cereales de ese municipio, para destinarlo a actividades culturales y deportivas.  

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES DIRIGIGAS A LA ANULACIÓN DE LA CONVOCATORIA EFECTUADA POR EL AYUNTAMIENTO DE HELLÍN DE DOS PLAZAS DE POLICÍA LOCAL PUBLICADA EN EL D.O.C.M. DE 16-01-25.

Del informe de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Protección Ciudadana, así como del informe de 14 de abril de 2025 del Gabinete Jurídico, se concluye que procede el ejercicio de acciones de la convocatoria efectuada por el Ayuntamiento de Hellín de dos plazas de Policía Local por el sistema de movilidad publicada en el D.O.C.M. de 16-01-25, al incumplir la convocatoria el artículo 22.2 de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha que establece que los Ayuntamientos no podrán convocar a través del sistema de movilidad un número de plazas superior a las convocadas por acceso libre, o en el caso que proceda, por promoción interna, en el mismo año natural. 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS INDIVIDUALES DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL ALUMNADO MATRICULADO EN CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS.

El Consejo de Gobierno aprueba decreto por el que se aprueba las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 

 

Las cuantías máximas de las ayudas individuales de transporte escolar diario serán las siguientes: 

 

Hasta 10 km.................................................350 euros alumno/curso

De más de 10 a 15 km...................................450 euros alumno/curso

De más de 15 a 20 km...................................548 euros alumno/curso

De más de 20 a 30 km...................................647 euros alumno/curso

De más de 30 a 40 km...................................745 euros alumno/curso

De más de 40 a 50 km...................................846 euros alumno/curso

Más de 50 km...............................................992 euros alumno/curso

 

Las cuantías máximas de las ayudas para transporte de fin de semana serán las siguientes:

 

Hasta 20 km...................................................347 euros alumno/curso

Más de 20 km.................................................433 euros alumno/curso

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 34/2025, de 6 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS AYUDAS DE TRANSPORTE Y COMEDOR DIRIGIDAS A CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y AL ALUMNADO DE LOS MISMOS.

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos. 

 

El decreto tiene por objeto regular las bases para la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor escolar para los centros privados concertados de educación especial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y su alumnado matriculado por necesidades de escolarización específica con resolución del dictamen de escolarización, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana y el servicio de comedor escolar. 

 

Incluye las modalidades siguientes: 

 

- Modalidad 1. Ayudas de transporte a los centros privados concertados de educación especial que presten servicio de transporte escolar:

- Modalidad 1.1. Con vehículos de su propiedad o a su disposición.

- Modalidad 1.2. Servicio contratado por los centros privados concertados de educación especial con empresas del sector.

- Modalidad 2. Ayudas al alumnado matriculado en el curso en los centros privados concertados de educación especial:

- Modalidad 2.1. Ayuda individual de transporte escolar.

- Modalidad 2.2. Ayuda individual de comedor escolar.

- Modalidad 2.3: Ayuda individual en especie de transporte.

 

La cuantía individualizada que corresponderá a cada centro privado concertado de educación especial por las modalidades 1.1 y 1.2 será como máximo 165.000,00 euros por curso escolar.

 

Respecto a la modalidad 2.1 de ayudas para el transporte escolar la cuantía individual por cada persona beneficiaria será como máximo de 1.091 euros/ curso escolar en el caso de transporte diario y de 477 euros/curso escolar para transporte fin de semana. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 35/2025, de 6 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de las ayudas de transporte y comedor dirigidas a centros privados concertados de educación especial y al alumnado de los mismos.

 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO DE LA CARRETERA CM-313 DEL P.K. 118+450 AL P.K. 133+450 T.M. DE POZOHONDO, HELLÍN Y TOBARRA (ALBACETE).

El Consejo de Gobierno autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2025/002873 “CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DEL PAVIMENTO DE LA CARRETERA CM-313 DEL P.K. 118+450 AL P.K. 133+450 T.M. DE POZOHONDO, HELLÍN Y TOBARRA (ALBACETE) (CR-AB-25-287)”, que conlleva un gasto por importe de 1.320.763,96 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA0090003, en la anualidad 2025. 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO EN LA CARRETERA CM-4106 DEL P.K. 17+584 AL 34+000. TRAMO: ANCHURAS – L.P. BADAJOZ (CIUDAD REAL).

El Consejo de Gobierno autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2025/002707 “CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO EN LA CARRETERA CM-4106 DEL P.K. 17+584 AL 34+000. TRAMO: ANCHURAS – L.P. BADAJOZ (CIUDAD REAL) (CR-CR-25-308)”, que conlleva un gasto por importe de 1.731.183,07 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA0090003 en el ejercicio 2025. 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO ENTRE LOS P.K. 10+000 AL 22+900 DE LA CM-2109. TRAMO: ARGUISUELAS - CARDENETE (CUENCA).

El Consejo de Gobierno autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2025/002738 “CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO ENTRE LOS P.K. 10+000 AL 22+900 DE LA CM-2109. TRAMO: ARGUISUELAS - CARDENETE (CUENCA) (CR-CU-25-367)”, que conlleva un gasto por importe de 1.205.321,87 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA0090003 en la anualidad 2025.

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DEL PAVIMENTO DE LA CARRETERA CM-210 DEL P.K. 84+940 AL P.K. 93+840 EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE TIERZO Y CORDUENTE (GUADALAJARA).

El Consejo de Gobierno autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2025/002693 “CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DEL PAVIMENTO DE LA CARRETERA CM-210 DEL P.K. 84+940 AL P.K. 93+840 EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE TIERZO Y CORDUENTE (GUADALAJARA) (CR-GU-25-283)”, que conlleva un gasto por importe de 1.597.077,23 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA0090003 en la anualidad 2025. 

AUTORIZACIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO EN LA CARRETERA CM-4100 TRAMO: OROPESA - PUENTE DEL ARZOBISPO ENTRE EL P.K. 2+500 Y EL P.K. 13+420 (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno autoriza la licitación del contrato correspondiente al expediente de contratación 2025/002740 “CONTRATO DE OBRAS PARA EL REFUERZO DE PAVIMENTO EN LA CARRETERA CM-4100 TRAMO: OROPESA - PUENTE DEL ARZOBISPO ENTRE EL P.K. 2+500 Y EL P.K. 13+420 (TOLEDO) (CR-TO-25-351)”, que conlleva un gasto por importe de 1.701.108,57 euros (IVA incluido) imputable a la partida presupuestaria 17.03.513B.61010 FPA0090003, en la anualidad 2025. 

ACTUACIONES DE EMERGENCIA PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL TERRAPLÉN HUNDIDO EN EL P.K. 34+200 DE LA CARRETERA CM-2005. T.M. BRIHUEGA (GUADALAJARA).

Autorizadas las actuaciones de emergencia para la reconstrucción del terraplén hundido en el P.K 34+200 de la carretera CM-2500 TM Brihuega (Guadalajara) por valor de 198.519,25 euros, IVA incluido. 

INFORMACIÓN SOBRE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICA EL CRÉDITO DISPONIBLE PARA ATENDER LAS OBLIGACIONES DE CONTENIDO ECONÓMICO, DERIVADAS DEL PROGRAMA DE CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A PALIAR LA POBREZA ENERGÉTICA EN CONSUMIDORES VULNERABLES.

La Consejera de Desarrollo Sostenible eleva al conocimiento del Consejo de Gobierno la Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se publica el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas del programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico, en cuantía total máxima de 28.745.983,30 euros, para atender el pago del bono social térmico 2024.