El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral.
Las subvenciones recogidas en el decreto tienen como finalidad facilitar el acceso a un primer empleo de calidad a las personas desempleadas de Castilla-La Mancha, dando respuestas adecuadas a su nivel de cualificación y fomentando la utilización de la modalidad contractual adaptada a sus necesidades.
El decreto establece las siguientes líneas de subvención:
a) Línea 1. Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje, cuyo objeto es favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes mediante su cualificación profesional en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en las empresas.
b) Línea 2. Ayudas para la formalización de contratos en prácticas, cuyo objeto es favorecer la obtención por las personas trabajadoras de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados.
c) Línea 3. Ayudas para la formalización de contratos de relevo, cuyo objeto es favorecer el relevo generacional en las empresas de la región.
d) Línea 4. Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo y contratos temporales de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción, cuyo objeto es fomentar la estabilidad en el empleo de personas que se hayan incorporado al mercado laboral, mediante alguno de los contratos indicados.
Las contrataciones subvencionables al amparo de las líneas 1, 2 y 3, deberán formalizarse con personas incluidas en los colectivos que a continuación se relacionan:
a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el día natural anterior a la fecha de formalización del contrato.
b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha. Exclusivamente para las contrataciones subvencionables al amparo de la línea 1, deberán ser mayores de 16 y menores de 30 años.
c) Personas con discapacidad que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha.
d) Personas en situación de exclusión social.
Las transformaciones en contratos indefinidos subvencionables al amparo de la línea 4, deberán formalizarse con las personas que tuvieran suscritos los contratos para la formación y el aprendizaje, los contratos en prácticas, los contratos de relevo o los contratos de duración determinada, cuando se tratase de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción.
Asimismo, el Consejo de Gobierno acuerda declarar los créditos presupuestarios disponibles para el ejercicio 2019, por un importe total de 8.870.832 euros.
Por último, el Consejo de Gobierno acuerda autorizar a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, al superarse en la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para el ejercicio 2019, contenida en la disposición adicional cuarta del decreto, el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 del citado texto legal.
Decreto 97/2018, de 27 diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral.