La protección de los legítimos intereses económicos de las personas consumidoras, así como la información correcta sobre los diferentes bienes y servicios, son derechos básicos recogidos en el artículo 8 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y en el artículo 4 de Ley 3/2019, de 22 de marzo.
Hasta el momento, la normativa reguladora en materia de enseñanzas no oficiales en centros privados estaba constituida por el Decreto 238/1999, de 14 de diciembre, de los derechos de información y económicos de las personas usuarias de centros privados que imparten
enseñanzas no oficiales.
Las sucesivas modificaciones de la normativa en materia de consumo, en particular la aprobación de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha, junto con la evolución de la normativa básica estatal, así como los cambios sociales y tecnológicos, especialmente la generalización de los medios digitales y de la formación a distancia, han transformado la prestación de los servicios educativos no oficiales, haciendo necesaria la actualización de la normativa para reforzar la transparencia en la información y la protección de los intereses económicos de las personas usuarias.
El presente decreto regula los derechos de las personas usuarias de centros privados que imparten enseñanzas no oficiales, con especial atención a la información que debe proporcionarse con carácter previo a la contratación, al contenido y condiciones de la relación contractual y a los mecanismos de acreditación de la formación recibida. Asimismo, establece las obligaciones de los centros en materia de publicidad, documentación e información económica, con el fin de garantizar la transparencia en la prestación del servicio y la adecuada protección de los intereses económicos de las personas usuarias, así como el control administrativo a través de las actuaciones de inspección y el correspondiente régimen sancionador.