El Consejo de Gobierno aprueba Acuerdo por el que se aprueba la Primera Revisión Intermedia de la Estrategia Regional frente al Reto Demográfico en Castilla-La Mancha. La Estrategia Regional frente a la Despoblación por la que se analizan los avances realizados desde la aprobación de la ERD y se introducen los ajustes y modificaciones oportunas para orientar la planificación política para los siguientes años de vigencia de la Estrategia.
Listado de acuerdos
Acuerdo por el que se aprueba la Primera Revisión Intermedia de Estrategia Regional frente al Reto Demográfico en Castilla-La Mancha
Autorización a la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, SAU, un gasto por importe por un importe superior a 400.000 euros, derivado de la contratación con la productora Indaloymedia SL para la producción del programa EN COMPAÑÍA XI
Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.
Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley.
Autorización a la Fundación Pública Impulsa Castilla-La Mancha para la realización de gastos superiores a 400.000 euros, y ello para llevar a cabo la exposición “Primada. VIII Centenario de la Catedral de Toledo”
El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.
Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS EN ESPECIE PARA LA MEJORA Y ADECUACIÓN DE ZONAS DE BAÑO AUTORIZADO, EN DESARROLLO DE LA ACCIÓN DE COHESIÓN EN DESTINO (ACD) DE TURISMO AZUL SOSTENIBLE DE CASTILLA-LA MANCHA
El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ayudas en especie, a las entidades locales indicadas en el artículo 4, para la mejora y adecuación de zonas de baño autorizado, en desarrollo de la Acción de Cohesión en destino (ACD) de Turismo Azul Sostenible de Castilla-La Mancha, dentro del Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 14, inversión 1, submedida 2, del Plan de Recuperación, Transformación Y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU., especificadas en el Anexo.
Se trata de una ayuda en especie, al ser la Administración autonómica la que realizará las actuaciones, consistente en la realización de inversiones para la mejora y adecuación de zonas de baño autorizado, con la finalidad de entregarlas a las entidades locales titulares de las mismas.
La finalidad de estas ayudas es fomentar la conservación de los recursos naturales y culturales asociados al turismo azul, desarrollar infraestructuras y servicios turísticos sostenibles, promover el turismo responsable, así como la incorporación de la economía circular, la diversificación de la oferta turística, la digitalización de la oferta y de los servicios turísticos y la mejora de la calidad de vida de la población local.
Actuaciones incluidas en la ADC “Turismo Azul”:
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pretende actuar en todo el territorio de Castilla-La Mancha para poner en valor el turismo azul en la misma, mediante la realización, en el marco de las ACD 2023, de las siguientes actuaciones:
a) Actuaciones incluidas en el Eje 1 “Transición verde y Sostenible”
Actuación 2. “Programa de restauración ambiental”.
Actuación 3. “Aparcamientos disuasorios sostenibles para prevención del deterioro de entornos azules”
Actuación 4. “Programas de educación ambiental para turistas y empresas turísticas”
Actuación 18. “Mejora de la accesibilidad”
b) Actuaciones incluidas en Eje 2 “De Mejora de la eficiencia energética”.
Actuación 6. “Instalación de energía solar fotovoltaica y medidas de eficiencia energética equipamientos públicos turísticos”
Actuación 19. “Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos”
Las ayudas se concederán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, así como en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en atención al interés público, social y económico de su objeto, que justifica la imposibilidad de su convocatoria pública.
La concesión se instrumentará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, dictada en el plazo de 5 días a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Autorización previa por el Consejo de Gobierno de la Resolución por la que se publica el crédito disponible en el ejercicio 2026, por un importe de 22.000.000,00 euros, para la financiación de las subvenciones previstas en el Decreto 25/2025.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la Resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publica el crédito disponible en el ejercicio 2026, para la financiación de las subvenciones previstas en el Decreto 25/2025, de 1 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la modalidad de tarifa plana y el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus y para la modalidad de tarifa plana plus y la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas, por un importe de 22.000.000,00 euros, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 58.4.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
El Decreto Decreto 25/2025, de 1 de abril regula 4 líneas de subvención:
a) Línea 1: Subvención para la modalidad de tarifa plana, con el fin de sufragar los costes de la cuota de autónomos durante el primer año de actividad de la persona trabajadora autónoma.
b) Línea 2: Subvención para el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.
c) Línea 3: Subvención para la modalidad de tarifa plana plus, con el fin de sufragar los costes de la cuota de autónomos durante el segundo año de actividad de la persona trabajadora autónoma.
d) Línea 4: Subvención para la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia, tras los primeros 12 meses de actividad y hasta los 36 meses como máximo.
La finalidad de estas subvenciones consiste en fomentar la incorporación de nuevas personas trabajadoras autónomas al mercado laboral, apoyando e impulsando los proyectos de autoempleo incardinados en las políticas regionales, con el fin de incentivar el empleo autónomo en la Región, haciéndose una concreta especial incidencia en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.
El crédito disponible asciende a 22.000.000 euros procedentes de fondos propios o finalistas del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (Ministerio de Trabajo y Economía Social), estos últimos distribuidos por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
De conformidad con el artículo 8.1 del Decreto 25/2005, de 1 de abril, el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) cofinancia las líneas de subvenciones 1 y 2 a través del Programa Regional FSE+2021-2027 de Castilla-La Mancha, en un porcentaje máximo del 85% del coste total subvencionable.
El Gobierno regional autoriza la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa, Línea 5 Sectorial, para el año 2026, por un importe total máximo de 13.730.332,14 euros, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 58.4.a) del texto refundido de la Ley de Hacienda
de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
La Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa, regula seis líneas diferenciadas de subvención.
La Línea 5 Sectorial pretende promover el acceso al mercado de trabajo de las personas desempleadas incluidas en alguno de los sectores económicos estratégicos en Castilla-La Mancha.
La Resolución tiene por objeto convocar para el año 2026, las subvenciones de la Línea 5 contempladas en el artículo 13.1 e) de la Orden 130/2024, de 1 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo: Proyectos dirigidos a las áreas formativas especificadas en el anexo XII de la presente convocatoria.
Para esta línea se podrán recibir proyectos de interés singular, considerándose como tales aquellos cuya formación esté relacionada con los videojuegos, la inteligencia artificial, la ciberseguridad y el blockchain.
La finalidad de estas ayudas consiste en proporcionar un itinerario formativo conducente a la obtención de un certificado profesional o contenidos autorizados por la dirección general competente en materia de formación profesional en el ámbito laboral, para mejorar la inserción laboral de personas desempleadas, al tiempo que desarrollan un trabajo efectivo relacionado con la formación recibida.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, conforme a lo recogido en el artículo 24.2 de la Orden 130/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones prevista para la presente convocatoria asciende a 13.730.332,14 euros del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, distribuidos en los siguientes ejercicios y aplicaciones presupuestarias dotadas con fondos finalistas (Fondo 60) procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (Ministerio de Trabajo y Economía Social) distribuidos por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, y del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes distribuidos por la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para Personas Trabajadoras, que se imputarán a las aplicaciones presupuestarias de los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
AUTORIZACIÓN PREVIA A LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE REFORMA Y AMPLIACIÓN DE UN EDIFICIO PARA OFICINA DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO Y DE PRESTACIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN MANZANARES.
El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, autorizar la aprobación del expediente de contratación de las obras de reforma y ampliación de un edificio para Oficina de Orientación, Formación y Empleo y de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal en Manzanares (Ciudad Real), por un importe de 1.858.658,82 €.
APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA “RETORNO DEL TALENTO".
El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del Talento”, destinadas a impulsar la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora y apoyar económicamente el traslado de las personas que retornen a Castilla-La Mancha desde el extranjero.
La finalidad de estas subvenciones es facilitar a las personas ciudadanas de Castilla-La Mancha, que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, el retorno a la región, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o que continúen su formación en Castilla-La Mancha.
El Decreto regula las siguientes líneas de subvención:
Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, dirigidas a las empresas y entidades relacionadas en el artículo 9 que contraten a personas ciudadanas de Castilla-La Mancha que hayan residido o trabajado en el extranjero, con la finalidad de facilitar el regreso e incorporación de las mismas al mercado laboral de la región.
Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a personas ciudadanas de Castilla-La Mancha que hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.
Línea 3: “Pasaporte de vuelta”, dirigido a las personas ciudadanas de Castilla-La Mancha que, residiendo en el extranjero, quieran retornar a la región y fijar en ella su residencia habitual.
Las subvenciones reguladas en este decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las ayudas se financiarán con cargo a los programas 322B “Fomento y gestión del empleo” (línea 1), 322A “Personal autónomo, trabajo y economía social” (Línea 2) y 322C “Diálogo social e intermediación laboral” (línea 3), y en las partidas presupuestarias de los artículos 47 y 48, financiadas con fondos propios o finalistas, o las que en cada momento se encuentren habilitadas para tal fin en la Ley de Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para cada ejercicio.
La dirección general competente en materia de empleo, para línea 1, la dirección general competente en materia de trabajo autónomo, para la línea 2, y el órgano directivo o de apoyo competente en materia de intermediación, para la línea 3, previa tramitación del expediente de gasto correspondiente, publicarán anualmente, de forma individual o conjunta, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, sin que hasta entonces pueda iniciarse el plazo de presentación de solicitudes de los interesados. En todo caso, la eficacia de la resolución queda supeditada a su publicación y la de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.
La finalidad del anteproyecto de ley objeto de la propuesta es la regulación de las diversas medidas de naturaleza administrativa y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2026, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública Castellano-Manchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión.
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el cual se autoriza el reintegro al Tesoro Público del remanente habido en el Plan Corresponsables (Fondo 15) de los ejercicios 2021,2022 y 2023.
El artículo 21.1. de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025 dispone que requerirán la autorización previa del Consejo de Gobierno los actos o negocios jurídicos de los órganos integrantes de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros, por lo que, la devolución de remanente al Tesoro Público debe autorizarse previamente por el Consejo de Gobierno.
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el cual se autoriza el reintegro al Tesoro Público del remanente no ejecutado del Subproyecto C22.I04.P01.S12 “Creación de servicios de atención integral 24h a víctimas de violencia sexual”
El artículo 21.1. de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025 dispone que requerirán la autorización previa del Consejo de Gobierno los actos o negocios jurídicos de los órganos integrantes de la Administración regional, sus organismos autónomos y entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros, por lo que, la devolución de remanente al Tesoro Público debe autorizarse previamente por el Consejo de Gobierno.
Autorización previa del gasto relativo al modificado nº 4 de las obras de ampliación y reforma del Hospital Universitario de Guadalajara.
Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 11.145.168,89 euros, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, al tratarse de un gasto del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que se imputa al capítulo 6 “Inversiones reales”.
Autorización previa de Consejo de Gobierno para la celebración del contrato, al amparo del artículo 58.4 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, con un valor estimado de 11.145.168,89 €.
Expediente: DGEI/66/2008. Modificado 4 del Contrato de “Obras de ampliación y reforma del Hospital Universitario de Guadalajara”. Expediente DGEI/66/2008, formalizado con U.T.E. Hospital de Guadalajara, Vias y Construcciones, S.A., y Lantania, S.A.U. (anteriormente Corsan Corviam Construcciones, S.A.) con fecha 11 de mayo de 2009, por un importe total de 124.239.822,36 euros.