Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD “MANZANARES II”, EN MANZANARES (CIUDAD REAL).

Autorización del Consejo de Gobierno del gasto por importe de 3.770.922,69 €, de acuerdo con el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:    “Obras de construcción del Centro de Salud “Manzanares II” en Manzanares (Ciudad Real)”.    El importe asciende a 3.770.922,69 €.

ACUERDO POR EL QUE SE ENCOMIENDA AL CONSEJERO DE SANIDAD LAS ACTUACIONES PROCEDENTES EN SU DEPARTAMENTO PARA LA TRAMITACÍON DE LA LEY DE GARANTÍAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley 3/2014, de 21 de julio, de garantía de la atención sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha aborda dos cuestiones fundamentales: el nuevo modelo de garantías de tiempos máximos de respuesta y la regulación del derecho a la libre elección de médico y centro.    El nuevo modelo de garantías instaurado por la Ley 3/2014, de 21 de julio, desplazó, tras la modificación parcial que supuso la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, la conocida popularmente como “Ley de Garantías”, la Ley 24/2002, de 5 de diciembre, de Garantías en la Atención Sanitaria Especializada, por una nueva visión del régimen de garantías temporales para las prestaciones sanitarias que finalmente ha resultado inaplicable, tanto por el anterior Gobierno que propició su aprobación, como en el momento actual.    Con el fin dotar a los ciudadanos castellano-manchegos de un marco normativo propio, estable, y eficiente, que les permita ejercer en condiciones de seguridad el derecho a la garantía de los tiempos máximos de respuesta se hace imprescindible derogar la Ley 3/2014, de 21 de julio, y aprobar, en su lugar, una nueva Ley de garantías de tiempos máximos de respuesta en atención especializada, así como proceder a su desarrollo reglamentario.     Esta iniciativa tuvo lugar durante el año 2019, si bien quedó suspendida como consecuencia de las circunstancias sobrevenidas en el contexto de la pandemia por COVID-19.    A la vista de todo lo anterior, en aplicación del principio de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en el ámbito del sector público, se encomienda al Consejero de Sanidad llevar a cabo las actuaciones procedentes en su Departamento para la tramitación de la Ley de Garantías de Atención Especializada de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE TERMINACIÓN DEL NUEVO CENTRO DE SALUD "TOMELLOSO 1", EN TOMELLOSO (CIUDAD REAL).

Autorización del Consejo de Gobierno del gasto por importe de 4.857.230,99 €, de acuerdo con el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:    “Terminación del nuevo Centro de Salud "Tomelloso 1", en Tomelloso (Ciudad Real).”      El importe asciende a 4.857.230,99 €.

TOMA EN CONSIDERACION DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DE ACCESO A LA TIERRA EN CASTILLA-LA MANCHA.

El anteproyecto de la ley se justifica en la importancia de la agricultura familiar en Castilla la Mancha, una forma de producción agraria que, al desarrollarse en el medio rural, resulta un recurso idóneo a fomentar para combatir el reto demográfico; contribuir a la mitigación y adaptación al cambio climático, así como a la seguridad alimentaria. Las Explotaciones Familiares Agrarias precisan de una regulación que complete lo establecido en la Ley/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias y a la ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha, en el sentido de amparar la figura del agricultor no-profesional.    Además, para coadyuvar en el reto demográfico es preciso, por un lado, delimitar zonas de la región donde el mantenimiento de la actividad agraria constituye un factor fundamental de cara a la funcionalidad y cohesión económica, ambiental y social del territorio y por otro lado recuperar y/o frenar la pérdida de superficie agraria útil, así como mejorar y ampliar la base territorial de las explotaciones. En consecuencia, se incluye regulación de las Zonas de Protección Agraria, la creación de un Banco de Tierras de Castilla- La Mancha y el procedimiento para declarar un Suelo Agrario Infrautilizado.     Se ha respetado en su tramitación el principio de transparencia al estar disponible en la web el proceso de su tramitación y el principio de participación mediante la apertura de los correspondientes plazos de consulta pública, de información pública y de consulta al Consejo Agrario de Castilla-La Mancha, al Consejo Regional de Municipio de Castilla-La Mancha y otros órganos y entidades representativos de los intereses agrarios.     La ley se estructura en un título preliminar y cuatro títulos más, contiene 31 artículos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición derogatoria única y tres disposiciones finales.    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 11/2003, de 25, de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, se toma en consideración el anteproyecto de ley de agricultura familiar y de acceso a la tierra en Castilla-La Mancha. 

DECRETO POR EL QUE SE EXCLUYEN DETERMINADAS PARCELAS DE LA TRANSFORMACIÓN DE LA ZONA REGABLE DE “EL VICARIO”, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CIUDAD REAL.

Por el Real Decreto 1510/1977, de 20 de mayo, se declara de utilidad pública la concentración parcelaria de la zona de El' Vicario (Ciudad Real), constando entre su finalidad la de la transformación en regadío con las aguas procedentes del embalse de “El Vicario”, ejecutado por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, quien a su vez va a incrementar su capacidad de modo que permitirá el riego de unas cinco mil hectáreas de la zona.     La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha justificado la propuesta de modificación del perímetro de declaración de regadío, en base a los datos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por la escasez e incluso inexistencia de recurso hídrico para el riego de al menos 3000 hectáreas en la zona regable de El Vicario.    La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha justificado la propuesta de modificación del perímetro de declaración de regadío, en base a los datos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por la escasez e incluso inexistencia de recurso hídrico para el riego de, al menos, 3000 hectáreas en la zona regable de El Vicario. Por ello, mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14/07/2020, se inicia el procedimiento para la modificación del perímetro de la declaración de la transformación de la zona regable El Vicario en el término municipal de Ciudad Real, abriendo un plazo de información pública.     A lo largo de proceso se recibieron 15 solicitudes para exclusión de parcelas de la zona regable que culminó con la publicación del Decreto 95/2021, de 21 de septiembre, por el que se excluyen determinadas parcelas de la transformación de la zona regable El Vicario en el término municipal de Ciudad Real dando lugar a la primera de las modificaciones del perímetro de la zona regable “El Vicario”.     Toda vez que en el tiempo transcurrido la publicación del Acuerdo de Inicio y del propio Decreto 95/2021, de 21 de septiembre, han actuado como exposición pública y que el perímetro y las circunstancias socio y económicas que justificaban la exclusión siguen siendo las mismas, se hace posible excluir nuevas parcelas de la transformación de la zona regable El Vicario en el término municipal de Ciudad Real modificándose nuevamente su perímetro por seguir siendo terrenos que han perdido la aptitud para el riego. En tal sentido, hay que tener en cuenta que se han dirigido a la Consejería solicitudes de propietarios de parcelas de la zona regable en la que ponen de manifiesto la necesidad de la exclusión de sus parcelas, justificando los requisitos establecidos para el cumplimiento de la exclusión, por lo que se ha procedido a tramitar dichas solicitudes, correspondiendo la aprobación de este nuevo decreto.    El artículo 37 de la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha, establece que la declaración de zona de interés regional de la comunidad autónoma se hará mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dictado a propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura, que es la que actualmente tiene atribuida las competencias de desarrollo rural y de regadío. Luego, a sensu contrario, corresponderás al Consejo de Gobierno la exclusión de parcelas de la transformación de la zona regable.    Enlaces relacionados:   Decreto 139/2022, de 27 de diciembre, por el que se excluyen determinadas parcelas de la transformación de la zona regable El Vicario en el término municipal de Ciudad Real.

 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA EMERGENCIA PARA LLEVAR A CABO ACTUACIONES DE MANERA INMEDIATA DE OBRAS DE NUEVOS SONDEOS Y MEJORA DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN MANCOMUNIDAD DEL RÍO PUSA (TOLEDO).

Con fecha 21 de noviembre de 2022, se recibió solicitud por parte de la Mancomunidad del Río Pusa, por la cual se ha solicitó la actuación de emergencia por parte de la Agencia del Agua de Castilla La Mancha, a fin de paliar la escasez de recursos hídricos que padece la referida Mancomunidad, con el riesgo inminente de que no pueda cumplir con sus obligaciones de prestar el Servicio de Abastecimiento Domiciliario de Agua Potable, al carecer tanto de recursos económicos como técnicos para hacer frente al desabastecimiento general existente, con motivo de la sequía que padece la zona y la falta de recursos hídricos del embalse del Río Pusa.   Por lo que, a la vista de la referida solicitud, por la Dirección-Gerencia de la Agencia del Agua se resolvió en fecha 28 de noviembre de 2022, solicitar Informe Valorado de las Actuaciones a ejecutar, informe técnico para verificar si efectivamente concurrían las causas previstas en el art. 120 de la LCSP, para atender y tramitar las citadas actuaciones por emergencia, así como solicitar ofertas económicas a mercantiles del sector, para que en el caso de declarar la emergencia poder ordenar el correspondiente encargo. Emitidos los citados informes en fecha 30 de noviembre de 2022, y en concreto el Informe Técnico emitido por la Coordinación de Administración Hidráulica, por el que se informa que concurren las circunstancias previstas en el artículo 120 de la LCSP, para tramitar el correspondiente contrato de obras por emergencia, por la Dirección-Gerencia de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, en la misma fecha, se dictó resolución, por la que se aprobó Declarar la Emergencia de las actuaciones solicitadas a los efectos del artículo 120 de la LCSP y ordenó, en consecuencia, la ejecución inmediata de las Obras de Nuevos Sondeos y Mejora del Abastecimiento de Agua Potable en Mancomunidad del Río Pusa (Toledo), a la mercantil CIMASA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN E INGENIERÍA S.L., por ser la mercantil que presentó la oferta económicamente más ventajosa para llevar a cabo las citadas obras. La cual aceptó el encargo recibido el día 1 de diciembre de 2022.    El precio estimado para realizar las actuaciones anteriores asciende a 300.000,00 euros, que se corresponde el precio ofertado por la mercantil encargada de efectuar las actuaciones, sobre un presupuesto base de licitación de 334.590,13 euros, con un plazo estimado de ejecución de 1 mes que se financiarán con fondos FEDER, y que, ante la falta de crédito presupuestario, y a falta de verificar si las obras se finalizan este ejercicio, se está valorando o bien llevar a cabo la pertinente modificación presupuestaria, o imputarlo al ejercicio 2023, imputándose en todo caso, los 330.000,00 euros, a la aplicación 56010000/G/512A/69000.   Por lo que a fin de todo lo anterior, se pone en conocimiento del Consejo de Gobierno la emergencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA UN GASTO POR IMPORTE MÁXIMO DE 1.964.727,84 EUROS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE MEJORA ENERGÉTICA Y ADECUACIÓN FUNCIONAL DE ESPACIO EN EL CONSERVATORIO “PABLO SOROZABAL” DE PUERTOLLANO (CIUDAD REAL).

El Consejo de Gobierno aprueba un gasto por importe de 1.964.727,84 euros para la contratación de la ejecución de las obras de mejora energética y adecuación funcional de espacios en el Conservatorio “Pablo Sorozabal” en Puertollano (Ciudad Real), con cargo a la aplicación18.08.0000G.422B.62000, FPA0090010, en las anualidades siguientes: 

 

2023: 976.737,55 €

2024: 987.990,29 €

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PLURIANUAL PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REMODELACIÓN INTEGRAL DE LAS PLANTAS 1ª Y 2ª DE LA RESIDENCIA ESCOLAR EN EL CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL N.º 1 (ANTERIORMENTE I.E.S. SAN JOSÉ) DE CUENCA.

El Consejo de Gobierno aprueba un por importe de 891.962,09 euros, con destino a la contratación de las obras de remodelación integral de las plantas 1ª y 2ª de la residencia escolar en el centro integrado de formación profesional nº 1 (anteriormente I.E.S. San José) de Cuenca, proyecto financiado por el programa operativo FEDER 2021-2027, con cargo a la  aplicación presupuestaria 18.02.422B.63000 FPA0090010 y anualidad del 2023.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA UN GASTO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DE 4 + 0 UDS + SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN EL I.E.S. “CAÑADA REAL” DE VALMOJADO (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno aprueba un gasto por importe máximo de 1.187.903,61 euros para la contratación de la ejecución de las obras de ampliación de 4+0 uds+ servicios complementarios en el I.E.S. “Cañada Real” de Valmojado (Toledo), con cargo a la aplicación18.08.0000G.422B.62000, FPA0090010, anualidad 2023. 

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA UN GASTO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACION DE 4 + 0 UDS EN EL I.E.S. "MIGUEL HERNANDEZ" EN OCAÑA (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno aprueba un gasto por importe máximo de 862.927,28  euros para la contratación de la ejecución de las obras de ampliación de 4+0 uds en el I.E.S. “Miguel Hernández” en Ocaña (Toledo), con cargo a la aplicación18.08.0000G.422B.62000, FPA0090010, anualidad 2023. 

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE DECLARAN BIEN DE INTERÉS CULTURAL LAS BOTARGAS DE GUADALAJARA, CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.

Por parte del Consejo de Gobierno se declara Bien de Interés Cultural  las “Botargas de Guadalajara”, con la categoría de “Bien Inmaterial”, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA BIEN DE INTERÉS CULTURAL, EL CONJUNTO DE ABRIGOS RUPESTRES DE LA RENDIJA, EN HERENCIA (CIUDAD REAL), CON LA CATEGORÍA DE ZONA ARQUEOLÓGICA.

Por parte del Consejo de Gobierno se declara Bien de Interés Cultural  el conjunto de abrigos rupestres de la Rendija, en Herencia (Ciudad Real), con la categoría de Zona Arqueológica, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.