El acuerdo se plantea para la realización de una serie de actividades y eventos con motivo de la celebración del XL aniversario del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado mediante Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, a llevar a cabo por la Junta de Comunidades junto con las Cortes de Castilla-La Mancha y las Diputaciones Provinciales, de las que se solicita su participación en la organización de los actos.
Listado de acuerdos
CELEBRACIÓN DEL XL ANIVERSARIO DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA-LA MANCHA.
DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2022 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.
El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece en su artículo 37.2 que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen al lunes.
El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, declarado vigente por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, regula las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter retribuido y no recuperable.
Por su parte, el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Trabajo. Entre ellas, la letra B) del Anexo del citado Real Decreto, apartado a), número 4, transfiere la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la sustitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre.
Visto calendario para el año 2022, previa audiencia a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Región y a la Iglesia Católica, se ha optado por reconocer como festivos los días 31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha; y el 16 de junio, celebración de la Fiesta del Corpus Christi, todo ello de conformidad con la normativa anterior.
Enlaces relacionados:
Decreto 74/2021, de 22 de junio, por el que se fija el calendario laboral para el año 2022 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL, POR LA PARTICIPACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA EN FERIAS DE TURISMO DURANTE LOS AÑOS 2020 Y 2021.
El objeto del convenio es establecer las condiciones de colaboración y cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial de Ciudad Real, para sufragar los gastos derivados de la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en distintas ferias especializadas en el sector del turismo durante el año 2021.También se considera amparable la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en FITUR 2020, como única actuación promocional mediante ferias que se pudo celebrar en el año 2020, debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
A tal fin, la Diputación Provincial aportará un total de 100.000 euros asumiendo el compromiso del gasto y pago de dicho importe con cargo al presupuesto del ejercicio 2021.
La vigencia del convenio comienza el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, amparará, en todo caso, las actuaciones desarrolladas como consecuencia de la participación en FITUR 2020.
Enlaces relacionados:
Resolución de 14/07/2021, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación del convenio de cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Ciudad Real, por la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en ferias de turismo durante los años 2020 y 2021.
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2021.
El Consejo de Gobierno aprueba una Oferta de Empleo Público de 1567 plazas para personal de Administración General y personal docente no universitario.
De las 1567 plazas que componen la oferta, 1302 son de nuevo ingreso y 245 de promoción interna (95 de promoción interna ordinaria y 150 de promoción interna directa en el puesto). La aprobación de esta Oferta de Empleo Público beneficia a toda la sociedad castellano-manchega, ya que gracias a la misma mejorará la calidad de los servicios públicos que presta la Administración regional.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 22/06/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal funcionario y laboral de administración general y del personal funcionario docente no universitario de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2021.
NOMBRAMIENTO DE NOTARIOS PARA PLAZAS RADICADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.
Tal como establece el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno es el órgano competente para efectuar los nombramientos de notarios para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Mediante el presente acuerdo se nombran cuatro notarios para plazas radicadas en distintas localidades de nuestra comunidad.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 22/06/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran notarios para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA COMISIÓN DE GARANTÍA Y EVALUACIÓN DE CASTILLA LA-MANCHA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY ORGÁNICA 3/2021, DE 24 DE MARZO, DE REGULACIÓN DE LA EUTANASIA.
La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, regula en el capítulo V las Comisiones de Garantía y Evaluación, que deberán crearse en todas las Comunidades Autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla a los fines de esta Ley, y, en concreto, el artículo 17 establece un plazo de tres meses para su creación y constitución a contar desde la entrada en vigor la misma.
La Ley introduce en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo derecho individual como es la eutanasia. A lo largo de su articulado la Ley expresa los requisitos para que las personas puedan solicitar la prestación de ayuda para morir y las condiciones para su ejercicio, así como, el procedimiento que se debe seguir y las garantías que han de observarse en la aplicación de dicha prestación, siendo las Comisiones de Garantía y Evaluación las que verificarán de forma previa y controlaran a posteriori el respeto a la Ley y los procedimientos que establece.
El ejercicio de este derecho merece especial garantía en el procedimiento a seguir, de forma que se valoren las circunstancias para cada persona, cuestiones de especial trascendencia en la sociedad castellano-manchega, multicultural y diversa, en la que coexisten distintas creencias, valores y preferencias acerca de la muerte y de la forma de afrontarla, que merecen igual respeto y garantía de su libre ejercicio, siempre que no se infrinja lo establecido en el ordenamiento jurídico.
En este Decreto se crea y constituye la Comisión de Garantía y Evaluación de Castilla la-Mancha prevista en el artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo. Se respeta lo dispuesto en dicho artículo, que establece que la composición de la referida Comisión tendrá carácter multidisciplinar y deberá contar con un número mínimo de siete miembros entre los que se incluirán personal médico, de enfermería y juristas.
Enlaces relacionados:
Decreto 75/2021, de 22 de junio, por el que se crea y regula la Comisión de Garantía y Evaluación de Castilla La-Mancha prevista en el artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de Regulación de la Eutanasia.
AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LAS CONSEJERÍAS DE SANIDAD Y EL SESCAM, POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA AL SESCAM LA GESTIÓN DE LA EMISIÓN DE CERTIFICADO COVID DIGITAL UE.
De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y el SESCAM para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre la Consejería de Sanidad y SECAM, por el que la Consejería de Sanidad encomienda al Sescam la gestión de la emisión de Certificado COVID Digital UE.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.
Enlaces relacionados:
Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre la Consejería de Sanidad y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), por el que la Consejería de Sanidad encomienda al Sescam la gestión de la emisión de Certificado COVID Digital UE.
RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES CORRESPONDIENTES A DOS FACTURAS RELATIVAS AL ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE VACUNAS FRENTE A LA COVID-19 DURANTE LOS MESES DE MARZO Y ABRIL DE 2021.
El Consejo de Gobierno ha reconocido obligaciones por importe de 64.785,64 € correspondientes a dos facturas relativas al almacenamiento y distribución de vacunas frente a la covid-19 durante los meses de marzo y abril de 2021.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DE 2.102.505,60 € PARA CONTRATAR LA ADQUISICIÓN DE VACUNA ANTINEUMOCÓCICA CONJUGADA DE 13 SEROTIPOS DESTINADA AL PROGRAMA DE VACUNACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA EN 2022.
Expediente relativo al contrato para contratar la adquisición de vacuna antineumocócica conjugada de 13 serotipos destinada al programa de vacunaciones de Castilla-La Mancha en 2022.
La mencionada vacuna ha demostrado la reducción de la incidencia de enfermedad neumocócica invasiva por cualquier serotipo entre un 60% y un 70 %, por lo que es la recomendada por las sociedades científicas más relevantes, como la Asociación Española de Pediatría y la Asociación Española de Vacunología. Destacar finalmente que es la utilizada en los programas de vacunación infantil de todas las comunidades autónomas.
La Consejería de Sanidad tiene prevista la cobertura de inmunización frente a la enfermedad invasiva por neumococo en Castilla-La Mancha mediante la adquisición de 51.000 dosis de vacuna antineumocócica conjugada de 13 serotipos destinada al programa de vacunaciones de Castilla-La Mancha en 2022.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO POR IMPORTE DE 2.536.196 € PARA CONTRATAR LA ADQUISICIÓN DE VACUNA CONJUGADA FRENTE A MENINGOCOCO DE SEROGRUPOS A, C, W, Y DESTINADA AL PROGRAMA DE VACUNACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA EN 2022.
Expediente relativo al contrato para la adquisición de vacunas conjugadas frente a meningococo de serogrupos A, C, W, Y destinadas al programa de vacunaciones de Castilla-La Mancha en 2022
Esta licitación está destinada a cubrir las necesidades de adquisición y suministro de determinadas dosis de producto vacunal, para contribuir a la prevención de la enfermedad meningocócica invasiva que supone un problema de salud pública debido a que se presenta fundamentalmente en población infantil y causa importantes secuelas y alta letalidad.
APROBACIÓN Y AUTORIZACION DEL GASTO DEL CONVENIO ENTRE EL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA, O.A. Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE CONTROL POR MONITORIZACIÓN EN LAS CAMPAÑAS 2021 Y 2022.
El Consejo de Gobierno del día 22 de junio de 2021 ha autorizado el gasto de 1.039.796,31 euros derivado del Convenio a suscribir entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización de trabajos de control sobre el terreno por teledetección-satélite en las campañas 2020/2021.
El Reglamento de Ejecución (UE) n 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n°1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad, dispone en el artículo 40 bis que: se podrán monitorizar las superficies para sustituir los controles sobre el terreno de las parcelas agrarias.
A tal efecto en cumplimiento del artículo 99.5 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, el FEGA coordinará el correcto funcionamiento de los sistemas de control a cuyo efecto prestará la asistencia técnica necesaria, y en el ámbito de sus competencias establecerá, en su caso, convenios con las Comunidades Autónomas para asegurar la correcta realización de los controles por teledetección y monitorización establecidos en el artículo 40 y 40 bis, respectivamente, del Reglamento de ejecución (UE) nº 809/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013.
Asimismo, el artículo 99.4 del citado Real Decreto 1075/2014, establece que corresponde a las comunidades autónomas como autoridades competentes la responsabilidad de los controles de las ayudas.
En consecuencia, la Comunidad Autónoma y el FEGA acuerdan suscribir un convenio de colaboración para realizar controles por monitorización sobre las parcelas agrícolas declaradas en la Solicitud Única de las campañas 2021 y 2022 de los criterios de admisibilidad, compromisos y otras obligaciones que puedan ser objeto de control.
El importe económico de los trabajos a desarrollar en las campañas 2021-2022 asciende a 2.085.866,38 euros, segregados en 1.039.796,31 euros a aportar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y 1.046.070,07 euros a financiar por el FEGA, abonando la Comunidad Autónoma la cuantía de 261.697,01 euros en los primeros meses de 2022 y la cuantía de 778.099,30 euros en los primeros meses de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en el epígrafe 3.1.2.C de las Instrucciones de 25 de julio de 2017 sobre el régimen administrativo del Consejo de Gobierno, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del Convenio.
Asimismo, corresponde también al Consejo de Gobierno la autorización del gasto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que regula el regimen de autorización de gastos de los órganos de la Administración regional, organismos autónomos y entidades públicas, al ser superior a 750.000 euros.
DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DEL FESTIVAL MEDIEVAL DE HITA, EN EL MUNICIPIO DE HITA (GUADALAJARA), CON LA CATEGORÍA DE BIEN INMATERIAL.
Por parte del Consejo de Gobierno se declara Bien de Interés Cultural El Festival Medieval de Hita, en el municipio de Hita (Guadalajara), con la categoría de Bien Inmaterial.
Enlaces relacionados: