De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Economía, Empresas y Empleo para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Economía, Empresas y Empleo, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.
Enlaces relacionados:
Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Economía, Empresas y Empleo, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Listado de acuerdos
AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE FOMENTO LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Fomento para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Fomento, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Fomento la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.
Enlaces relacionados:
Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Fomento, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Fomento la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Hacienda y Administraciones Públicas para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.
Enlaces relacionados:
Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Desarrollo Sostenible para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Desarrollo Sostenible, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Desarrollo Sostenible la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.
Enlaces relacionados:
Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Desarrollo Sostenible, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Desarrollo Sostenible la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta.
El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.
Enlaces relacionados:
Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
TOMA CONOCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADA CONTRATACIÓN REALIZADA POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.
Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por la COVID-19, estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente a la COVID-19.
En el contexto de la estrategia de la vacunación frente a la COVID-19 aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en diciembre de 2020 el Gobierno de España anunció la llegada de las primeras dosis de vacunas fabricada por Pfizer-BioNTech (nombre comercial Comirnaty) destinadas al comienzo urgente de la campaña de vacunación en Residencias de Mayores durante la Navidad, dada la gran incidencia y letalidad de la enfermedad en este colectivo.
Debido a la necesidad de actuación inmediata que se plantea la Consejería de Sanidad ante su obligación de protección de las personas y a las especiales condiciones de conservación de la vacuna Comirnaty era necesario contar con los servicios de una plataforma logística que cumpla con los requisitos técnicos para el mantenimiento de la cadena de frío establecidos por el laboratorio fabricante, de los que dispone la empresa DHL EXEL SUPPLY CHAIN SPAIN S.L.U., siendo necesario aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017.
Al amparo de ello, la declaración de emergencia en contratación realizada por la Consejería de Sanidad el 30 de abril de 2021 para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, a la COVID-19 asciende a 356.416,20 €.
AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE ALCOBA (CIUDAD REAL).
Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.071.906,14 € de acuerdo con el artículo 21.f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, referido al expediente siguiente:
“Obra de construcción del Centro de Salud de Alcoba (Ciudad Real)”.
Los gastos elegibles por inversión pueden ser objeto de financiación en un 80% con fondos FEDER mediante la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa-REACT-UE-FPA0090015 .
ANTEPROYECTO DE LEY DE EXTINCIÓN DE CÁMARAS AGRARIAS PROVINCIALES DE CASTILLA-LA MANCHA Y POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO PARA REALIZAR TRANSMISIONES DE PATRIMONIO PROCEDENTE DEL INSTITUTO DE REFORMA Y DESARROLLO AGRARIO.
Uno de los objetos del anteproyecto es declarar extinguidas las cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha, regular el procedimiento de liquidación de su patrimonio y el destino del mismo, integrándose en el patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y adscribiéndose a la Consejería que ostente competencias en materia agraria para su aplicación a fines y servicios de interés general agrario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, incluyendo entre tales beneficios los de desarrollo rural, en cumplimiento de la disposición adicional única de la citada Ley 18/2005, de 30 de septiembre, que estable que el patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias se ha de destinar a fines y servicios de interés general agrario.
Por otra parte, se ha puesto de manifiesto durante la tramitación del anteproyecto de extinción de las Cámaras Agrarias provinciales la necesidad de introducir también el régimen jurídico para dejar sin efecto otras tutelas administrativas contempladas en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, texto aprobado por Decreto 118/1973, de 12 de enero, que tienen su origen en la política de colonización llevada a cabo tanto por el Instituto Nacional de Colonización como posteriormente por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA) en aquellos territorios más desfavorecidos y que incluyó, entre sus objetivos, por un lado la creación de huertos familiares destinados al cultivo de productos hortícolas para su consumo directo por las familias campesinas. Y, por otro lado, la creación de las explotaciones agrarias familiares o comunitarias a las que se refieren los artículos 21 y siguientes del Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
Enlaces relacionados:
Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario.
DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE CASTILLA-LA MANCHA.
El decreto tiene por objeto establecer las normas por las que se han de regir los procedimientos de concentración parcelaria en la comunidad autónoma de Castilla La Mancha.
En orden a cumplir con la finalidad de los procedimientos de concentración parcelaria la Consejería competente en materia de ordenación de la propiedad territorial rústica tendrá en cuenta los siguientes criterios de actuación:
a) Reordenar la estructura de la propiedad rustica conforme a los criterios técnicos que sean precisos para la creación de explotaciones más rentables, la implantación de nuevos regadíos, la consolidación y modernización de los ya existentes, reconversión y reestructuración de cultivos, la mejor gestión de los pastos y la mejora de las condiciones necesarias para la mecanización agrícola.
b) Adjudicar a cada propietario o propietaria en el menor número posible de fincas de reemplazo, un conjunto de superficie y derechos cuyo valor sea igual o superior al que en las bases de la concentración hubiese aportado a la concentración, una vez aplicadas las deducciones y compensaciones que resulten necesarias.
c) Adjudicar contiguas las fincas integradas en una misma explotación, aunque pertenezcan a diferentes personas propietarios o a propietarios que manifiesten su deseo de explotarlas integradas en la misma explotación tras el proceso de concentración parcelaria.
d) Fomentar la constitución de explotaciones agrarias de dimensiones adecuadas de acuerdo con las características y posibilidades de la zona objeto de concentración. Y, en su caso, suprimir las explotaciones que resulten antieconómicas o aumentar en lo posible su superficie.
e) Emplazar las fincas de reemplazo de forma que pueda ser atendida del mejor modo su explotación desde el lugar en que radiquen sus instalaciones principales, su vivienda o su finca más importante.
f) Realizar las obras que, en su caso, sean necesarias para el aprovechamiento racional de las explotaciones resultantes.
g) Dar a las nuevas fincas acceso directo a las vías de comunicación, para lo que se modificarán o crearán los caminos precisos.
h) Establecer medidas de integración ambiental y de protección y conservación de los patrimonios natural y cultural.
i) Inmatricular los títulos de propiedad correspondientes a las fincas resultantes del proceso de concentración en el registro de la propiedad, en ejercicio de la obligación de la consejería de promover su inscripción en dicho registro.
Enlaces relacionados:
Decreto 67/2021, de 1 de junio, por el que se regulan los procedimientos de concentración parcelaria de CastillaLa Mancha.
AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES A FAVOR DE TRAGSATEC DERIVADAS DEL SERVICIO TÉCNICO DE APOYO ANALITICO AL LABORATORIO REGIONAL AGROALIMENTARIO Y AMBIENTAL Y VALIDACIÓN DE LOS DATOS DEL CENTRO DE CONTROL DE CALIDAD DEL AIRE.
La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural precisa el reconocimiento de obligaciones a favor de la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A. (TRAGSATEC) derivadas del servicio técnico de apoyo análitico al Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental y validación de los datos del Centro de Control de Calidad del Aire de Castilla-La Mancha durante el período 1 de enero de 2021 - 6 de abril de 2021.
Como consecuencia de la necesidad de la prestación de este servicio durante el periodo 1 de enero de 2021 - 6 de abril de 2021, se han generado obligaciones económicas por importe de 147.847,30 € que han de ser atendidas y ante la omisión del trámite de fiscalización previa preceptiva al que deben someterse todos los actos susceptibles de producir derechos y obligaciones de contenido económico, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se precisa autorización por el Consejo de Gobierno para el reconocimiento de estas obligaciones.
AUTORIZACION DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL PARA EL APOYO EN LAS TAREAS DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS.
La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural es la administración designada para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas (BOE nº 59, de 10 de marzo de 2021), en su ámbito territorial, y conforme a sus competencias de ejecución, según lo que determinen en sus respectivas convocatorias siendo la encargada de realizar su convocatoria de ayudas conforme a lo establecido por este real decreto, con la Dirección General de Desarrollo Rural como órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de concesión de las ayudas.
La Dirección General de Desarrollo Rural precisa de la contratación de personal para garantizar el cumplimiento del programa que gestionará la Dirección General de Desarrollo Rural, para lo cual se contratará a 2 técnicos durante 24 meses, del 1 de junio de 2021 hasta el 31 de mayo de 2023.
El artículo 52 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 determina que, con carácter general, durante el ejercicio 2021, no se ejecutarán programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales de la Administración o para el lanzamiento de una nueva actividad. No obstante, el Consejo de Gobierno podrá autorizar dichos programas temporales en casos excepcionales en los que sean financiados con fondos finalistas o se trate de actividades relacionadas con la presentación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
La financiación del programa y, por tanto, de las convocatorias, se efectuará por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por Ley 18/2014, de 15 de octubre, cuya gestión se ha encomendado al IDEA, por lo que queda justificada las contrataciones indicadas, previa autorización del consejo de Gobierno.
DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE CLUBES DEPORTIVOS Y SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA, AFECTADOS POR LA CRÍSIS ECONÓMICA CONSECUENCIA DEL COVID-19.
El Consejo de Gobierno ha adoptado el acuerdo por el que aprueba el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de clubes deportivos y Sociedades Anónimas Deportivas de Castilla-La Mancha, afectados por la crisis económica consecuencia del COVID-19.
Enlaces relacionados:
Decreto 68/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas de Castilla-La Mancha, afectados por la crisis económica consecuencia del COVID-19.