El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 42/2019, de 14 de mayo, por el que se modifica el Decreto 45/2018, de 3 de julio por el que se regula la concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación indefinida.
Con fecha 22 de mayo de 2019 se el Decreto 42/2019, de 14 de mayo, por el que se modifica el Decreto 45/2018, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación indefinida.
La disposición adicional primera del citado Decreto 42/2019, de 14 de mayo, establecía el crédito disponible y el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019, recogiéndose en su apartado 1 el importe del crédito disponible, el programa con cargo al que se atenderían las obligaciones económicas derivadas del decreto, así como su desglose en partidas presupuestarias y líneas de ayudas.
La Línea 2 de las subvenciones para incentivar la contratación indefinida que se refiere a la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos, constituye una de las principales medidas para reducir la tasa de temporalidad en la contratación en la Región.
En atención a la finalidad de estas ayudas de incentivar e impulsar la creación de empleo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, activando el mercado de trabajo mediante la mejora de la empleabilidad y el fomento de la inserción laboral de colectivos que poseen especiales dificultades, tales como los desempleados de larga duración, los desempleados mayores de 45 años y las mujeres, resulta de especial interés reforzar la cuantificación de los importes destinados a las ayudas para la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos, en los términos establecidos, para esa Línea 2 de subvenciones, por el Decreto 42/2019, de 14 de mayo.
El decreto que se aprueba modifica dicho apartado 1 de la disposición adicional primera del Decreto 42/2019, de 14 de mayo, variando la distribución de importes entre las líneas de ayudas.
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