Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE LA DISTINCIÓN “MEDALLA AL MÉRITO ARTESANO DE CASTILLA-LA MANCHA” A DON ANTONIO ARELLANO PULGAR

El artículo 14.3 de la Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla- La Mancha, relativo a los premios y distinciones por el ejercicio de la labor artesana, especifica que, a propuesta de la Consejería competente en materia de artesanía, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá otorgar la “Medalla al Mérito Artesano de Castilla- La Mancha” a aquéllos artesanos, empresas artesanas, personas, investigadores o entidades que más hayan destacado en la recuperación de las tradiciones artesanas de la Región o en su labor a favor del desarrollo y promoción de la artesanía.

 

El artículo 4.1 del Decreto 145/2008, de 9 de septiembre, por el que se establecen las condiciones para la obtención del título honorífico de Maestra o Maestro artesanos y para la concesión de las distinciones y premios al Mérito Artesano de Castilla- La Mancha, determina que la Medalla al Mérito Artesano de Castilla -La Mancha es la máxima distinción que se concederá a aquellos artesanos, empresas artesanas, investigadores, entidades, y demás personas físicas y jurídicas, que hayan destacado, por su eminente trayectoria, en la recuperación de las tradiciones artesanas, o bien en su labor a favor del desarrollo y promoción de la artesanía.

 

Por su parte, el artículo 5.1 del mencionado Decreto 145/2008, de 9 de septiembre, establece que el Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de artesanía, por medio de Decreto concederá la Medalla al Mérito Artesano de Castilla- La Mancha.

 

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, se acuerda conceder la Medalla al Mérito Artesano de Castilla-La Mancha a D. Antonio Arellano Pulgar, en reconocimiento al desarrollo excelente de su oficio artesano espadero y a la labor de difusión de su maestría y oficio, nacional e internacionalmente.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 251/2019, de 8 de octubre, por el que se concede la distinción Medalla al Mérito Artesano de Castilla-La Mancha a don Antonio Arellano Pulgar

ACUERDO POR EL QUE SE DESIGNAN LOS TRES VOCALES QUE, EN REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, INTEGRARÁN EL CONSEJO ASESOR DEL ENTE PÚBLICO DE RADIO-TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA

El apartado 1 del artículo 10 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha establece que existirá un único Consejo Asesor, compuesto por quince miembros.

 

Tres de los vocales del Consejo Asesor, representantes de la Junta de Comunidades, deben ser designados por el Consejo de Gobierno (letra b.).