El Consejo de Gobierno ha nombrado a D. Ángel Gómez Manzaneque como Director Conservador del Parque Nacional de Cabañeros.
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El Consejo de Gobierno ha nombrado a D. Ángel Gómez Manzaneque como Director Conservador del Parque Nacional de Cabañeros.
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La tramitación de la Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2018, de concesión de subvenciones a las Entidades Locales para el mantenimiento de centros de educación infantil, cuyo presupuesto asciende a 225.000,00 euros imputados a las partidas presupuestarias 18.02.422A.481*,18.02.422A.430* y 18.02.422A.471 y anualidad del 2019, determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual en el citado año. Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.4 del texto refundido de la ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha que establece que:” El Consejo de Gobierno, a propuesta de las consejerías interesadas, o de aquellas a las que se adscriban los organismos autónomos o entidades públicas promotoras y, previo informe de la dirección general con competencias en materia de presupuestos, podrá acordar la modificación de los porcentajes anteriores, incrementar el número de anualidades o autorizar la adquisición de compromisos de gasto que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial ni se haya dotado crédito en la forma prevista en el apartado anterior”, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación hasta el 88 por cien la autorización de la adquisición de compromisos de gasto en esa anualidad.
La tramitación de la Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2018, de concesión de subvenciones a las Entidades Locales para el mantenimiento de Escuelas Infantiles, cuyo presupuesto asciende a 3.000.000,00 euros imputados a la partida presupuestaria 18.02.422A.461* y anualidad del 2019, determina que se supere el porcentaje de gasto plurianual en el citado año.
Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.4 del texto refundido de la ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha que establece que:” El Consejo de Gobierno, a propuesta de las consejerías interesadas, o de aquellas a las que se adscriban los organismos autónomos o entidades públicas promotoras y, previo informe de la dirección general con competencias en materia de presupuestos, podrá acordar la modificación de los porcentajes anteriores, incrementar el número de anualidades o autorizar la adquisición de compromisos de gasto que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial ni se haya dotado crédito en la forma prevista en el apartado anterior”, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de Gobierno su modificación hasta el 100 por cien.