Acuerdos del Consejo de Gobierno

Listado de acuerdos

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA COMISIÓN CENTRAL DE EXPLOTACIÓN DEL ACUEDUCTO TAJO SEGURA POR EL QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DE 38 HM3 PARA EL MES DE JULIO DE 2018

La Agencia del Agua ha tenido registro del acuerdo de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo Segura por el que se autoriza un trasvase de 38 hm3 para el mes de julio de 2018, el día 26 de julio de 2018.

 

En consecuencia el Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico para la interposición, una vez notificado el citado acuerdo, de un recurso contencioso administrativo contra el mismo.

 

Se recurre la autorización de este trasvase, acordado cuando las existencias de Entrepeñas y Buendía estaban en 700,9 hm3 dado que ha sido adoptado por un órgano incompetente y por un volumen que excede del previsto en la regla de explotación, si se hubiesen determinado adecuadamente las condiciones hidrológicas excepcionales el nivel aplicable sería el de nivel 3, donde la Ministra es competente para adoptar un trasvase de hasta 20 hm3/mes.

Se recurre también por vulneración del principio de prioridad de la cuenca cedente al no implantar un régimen de caudales ecológicos.

 

DECLARACIÓN DE CADUCIDAD DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS “BARRIO AVANZADO DE TOLEDO”

El Consejo de Gobierno declara la caducidad del Proyecto de Singular Interés “Barrio Avanzado de Toledo”, de conformidad con el artículo 23.2.e) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, al haber transcurrido el plazo de terminación del mismo sin haberse ejecutado, y habiendo decaído, además, el interés social de alcance regional que justificó en su día tramitar esta actuación como PSI, deja sin efecto la Resolución de 29 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Planificación Territorial de la entonces Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se acordó publicar la normativa urbanística contenida en el PSI “Barrio Avanzado de Toledo”, aplicable con carácter transitorio en tanto se produjera la adaptación del planeamiento urbanístico municipal, publicada en el BOP de Toledo núm. 285, de 14 de diciembre de 2010, y ordena la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, así como su notificación al Ayuntamiento de Toledo y a la empresa pública GICAMAN, S.A.”

 

Enlaces relacionados:

Resolución de 19/09/2018, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se resuelve el expediente de declaración de caducidad por incumplimiento en la ejecución del proyecto de singular interés Barrio Avanzado de Toledo

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES DE EMERGENCIA SOCIAL DE PERSONAS RESIDENTES EN LA PROVINCIA DE ALBACETE.

La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Albacete pretenden suscribir un Convenio de Colaboración cuyo objeto consiste en la atención de situaciones de emergencia social de personas residentes en la provincia de Albacete.

 

El convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2018 y podrá prorrogarse, antes de su finalización si las dos partes firmantes así lo acordaran.

AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DERIVADA DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE LA PRIMERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ACCESO A PRODUCTOS DE APOYO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

La Consejería de Bienestar Social precisa continuar la tramitación del expediente de contratación de la primera prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del servicio público de acceso a productos de apoyo a personas en situación de dependencia de Castilla-La Mancha.

 

Como consecuencia de su tramitación, en la anualidad de 2019 se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, hasta alcanzar un total de un 125,42 %, en el vinculante 2703.313H.24*.

 

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación de los citados porcentajes.

DISCREPANCIA AYUNTAMIENTO EL REAL DE SAN VICENTE RESPECTO DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL POR LA QUE SE CONSIDERA AMBIENTALMENTE INVIABLE EL PROYECTO INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y PROYECTO DE LEGALIZACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR

El Consejo de Gobierno ha resuelto la discrepancia planteada por el Ayuntamiento de El Real de San Vicente respecto a la Resolución de 30/04/2010 de la Dirección General de Evaluación Ambiental sobre la declaración de impacto ambiental del proyecto el proyecto integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6877/09, situado en el término municipal de El Real de San Vicente (Toledo), por la que se considera ambientalmente inviable, confirmando esta inviabilidad ambiental”.   Conforme al artículo 14 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, “El órgano sustantivo deberá tener en consideración la declaración del impacto ambiental en el procedimiento de autorización del proyecto. 2. Cuando el órgano sustantivo no pertenezca a la Administración del Estado, las discrepancias entre el órgano ambiental y el órgano sustantivo se resolverán por el Consejo de Gobierno, dentro del plazo establecido en el artículo anterior en la forma que se establezca reglamentariamente”.   Sometido a declaración de impacto ambiental el proyecto denominado “Integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6877/09”, el mismo fue declarado inviable ambientalmente por resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 30 de abril de 2010.   El Ayuntamiento de El Real de San Vicente, en su condición de órgano sustantivo para la resolución del procedimiento de autorización del citado proyecto, y en disconformidad con la declaración de inviabilidad ambiental, plantea discrepancia ante el Consejo de Gobierno para su resolución, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha. Analizadas las alegaciones del Ayuntamiento de El Real de San Vicente y los informes obrantes en el expediente, se confirma la inviabilidad ambiental del proyecto, en la medida que su realización supondría un grave deterioro de los valores naturales del entorno.

El Consejo de Gobierno ha resuelto la discrepancia planteada por el Ayuntamiento de El Real de San Vicente respecto a la Resolución de 05/03/2010 de la Dirección General de Evaluación Ambiental sobre la declaración de impacto ambiental del proyecto Integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6878/09, situado en el término municipal de El Real de San Vicente (Toledo), por la que se considera ambientalmente inviable, confirmando esta inviabilidad ambiental”.

 

Conforme al artículo 14 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, “El órgano sustantivo deberá tener en consideración la declaración del impacto ambiental en el procedimiento de autorización del proyecto. 2. Cuando el órgano sustantivo no pertenezca a la Administración del Estado, las discrepancias entre el órgano ambiental y el órgano sustantivo se resolverán por el Consejo de Gobierno, dentro del plazo establecido en el artículo anterior en la forma que se establezca reglamentariamente”.

 

Sometido a declaración de impacto ambiental el proyecto denominado “Integración paisajística y proyecto de legalización de vivienda unifamiliar, expediente TO-6878/09”, el mismo fue declarado inviable ambientalmente por resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 5 de marzo de 2010.

 

El Ayuntamiento de El Real de San Vicente, en su condición de órgano sustantivo para la resolución del procedimiento de autorización del citado proyecto, y en disconformidad con la declaración de inviabilidad ambiental, plantea discrepancia ante el Consejo de Gobierno para su resolución, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.

 

Analizadas las alegaciones del Ayuntamiento de El Real de San Vicente y los informes obrantes en el expediente, se confirma la inviabilidad ambiental del proyecto, en la medida que su realización supondría un grave deterioro de los valores naturales del entorno.

 

AUTORIZACIÓN POR EL SE MODIFICAN LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL EN LAS APLICACIONES 18.02.422A 6* Y 18.07.422C 6*, EN LA ANUALIDAD 2019

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los porcentajes de gasto plurianual  establecidos en el artículo 48. 3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en las aplicaciones presupuestarias 18.02.422A 6* y 18.07.422C 6* y en la anualidad 2019, hasta el 75, 70 y 86,92 por ciento respectivamente, derivada de la tramitación de los procedimientos de contratación de obras en tres colegios de educación infantil y primaria de Castilla‐ La Mancha y en una residencia universitaria.

AUTORIZACIÓN DE SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE GASTO PLURIANUAL DEL EXPEDIENTE DE GASTO RELATIVO AL REAJUSTE DE ANUALIDADES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL PROGRAMA INNOVA-ADELANTE EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2017

 

El Consejo de Gobierno autorizar la superación de los porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, en relación con el expediente de gasto “Reajuste de anualidades del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por Resolución de 27 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2017”, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad y 60% para la segunda) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.