Charla orientada a entender mejor la diferencia entre las múltiples terapias manuales que tenemos a nuestro alcance, para poder usar esta información en nuestro propio beneficio y así elegir entre todas estas herramientas según la necesidad de cada momento. Se hablará de la responsabilidad de cada uno, del paciente y del terapeuta. Veremos la diferencia entre la medicina alopática tradicional y las terapias integrativas. El ponente será, Pedro Montero Martín, es osteópata, formado en el centro Phillipus Thuban de la Universidad Infanta Cristina de Madrid. Especialista en A.T.M y bruxismo nervioso. Con una experiencia clínica de más de 10 años, también dirige y presenta el programa El barco de Teseo en radioevo.com. Entrada libre hasta completar aforo.
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En esta segunda jornada del ciclo nos acercaremos a la salud, bienestar y cultura en la Medicina. A cargo de, Javier Alonso, , practicante de MTC y profesor de la Escuela Superior de Medicina Tradicional China de Madrid. Entrada libre hasta completar aforo.
A cargo del doctor Eduardo Martín Sanz, especialista en Otorrinolaringología. El vértigo afecta a un alto porcentaje de la población. A pesar de que no reviste gravedad puede afectar de forma negativa a la calidad de vida del paciente o guardar relación con otra patología más grave, como algún trastorno neurológico. Mareo, desequilibrio, inestabilidad, sensación de movimiento al mirar arriba o hacia abajo, sensación de que las cosas giran a su alrededor o que son ellos mismos quienes giran e incluso, en determinados casos náuseas, sudoración y vómitos son algunos de los síntomas que presentan los pacientes con vértigo. Organiza Quirón Salud . Entrada libre hasta completar aforo.
Conferencia La memoria colectiva del río Tajo en Toledo: oportunidades de un medio ambiente saludable a cargo de Marta Aguilar Gil y José María Bleda García. Ciclo Toledo: naturaleza y entornos sociales La Biblioteca de Castilla-La Mancha inicia con esta charla un ciclo con el que abrir un espacio de diálogo y análisis en el que naturaleza y ciudadanía van de la mano. En esta ocasión, nos visitan desde la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss para presentar los resultados de una investigación sociológica que recupera la memoria colectiva de las personas mayores que tuvieron vivencias en el río Tajo a su paso por la ciudad de Toledo. Mediante las entrevistas a esas personas se ha construido un relato específico de las vivencias y recuerdos con el fin de conocer qué huella ha dejado en el imaginario colectivo toledano. Se pretende con ello contribuir a que al menos parte de esas vivencias puedan volver a disfrutarse, haciendo del río Tajo un lugar vivo y proponer a las instituciones públicas la recuperación de espacios en el entorno del río para su uso público. Marta Aguilar Gil es investigadora de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss y profesora de la Universidad de Sevilla. José María Bleda García es investigador de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss y profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se proyectará el documental El río Tajo en la memoria . Entrada libre hasta completar aforo.
Los días 12, 13 y 14 de junio celebramos las Jornadas Europeas de Arqueología (JEA) 2026. Son una iniciativa del Ministerio de Cultura del Gobierno de Francia que desde 2019 se celebran a nivel europeo. En España, están coordinadas por las Subdirecciones Generales del Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE) y de Gestión y Coordinación de Bienes Culturales (SGGCBBCC), dependientes de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes en colaboración con las distintas comunidades autónomas. Con una clara intención de acercar a todos, sin distinción entre expertos y aficionados, mayores y pequeños, nuestra riqueza patrimonial y arqueológica, como propuesta por parte de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, durante esos días las visitas a diferentes lugares de la Red de Parques Arqueológicos, Yacimientos y Monumentos visitables serán gratuitas. Es obligatorio realizar la reserva en el “sitio” elegido seleccionando "Tarifa gratuita".
Desde la Red Local 2030 de Castilla-La Mancha queremos seguir construyendo un espacio cada vez más útil, inclusivo y participativo para las entidades locales. Contamos contigo. ¡Tú formas parte del cambio! Cualquier duda, puedes escribirnos a: redlocal2030@jccm.es ¡Muchas gracias por tu implicación! Un cordial saludo, Equipo Red Local 2030 CLM
Reembolso de gastos por asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital que haya sido atendida fuera del Sistema Nacional de Salud para pacientes con tarjeta sanitaria individual en vigor del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
El Plan de Seguridad y Salud a que se refiere la consulta se regula en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, cuyo artículo 7 dispone lo siguiente (el resaltado es nuestro): “1. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico. En el caso de planes de seguridad y salud elaborados en aplicación del estudio de seguridad y salud las propuestas de medidas alternativas de prevención incluirán la valoración económica de las mismas, que no podrá implicar disminución del importe total, de acuerdo con el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 5. 2. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra. En el caso de obras de las Administraciones públicas, el plan, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, se elevará para su aprobación a la Administración pública que haya adjudicado la obra. Cuando no sea necesaria la designación de coordinador, las funciones que se le atribuyen en los párrafos anteriores serán asumidas por la dirección facultativa. 3. En relación con los puestos de trabajo en la obra, el plan de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere este artículo constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere el capítulo II del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 4. El plan de seguridad y salud podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero siempre con la aprobación expresa en los términos del apartado 2. Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. A tal efecto, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de los mismos. 5. Asimismo, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de la dirección facultativa”. Dicho precepto no establece un plazo concreto para la aprobación del citado Plan, únicamente indica que deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, y que, en el caso de que se trate de obras adjudicadas por una Administración Pública, el plan (que deberá ir acompañado del informe del coordinador en materia de seguridad y de salud) deberá ser aprobado por esta. A falta de regulación, dentro de los modelos de PCAP, aprobados por Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital por la que se aprueba la modificación de los modelos de pliegos actualmente vigentes, que son de uso obligatorio para todos los órganos de contratación del sector público regional que, a efectos de la legislación aplicable, tienen la consideración de Administraciones Públicas, se encuentra el relativo a contratos de obras adjudicados por procedimiento abierto (en adelante, PCAP), que se refiere a la tramitación de la aprobación del Plan en su cláusula 28.4. Es preciso recordar, como repetidamente ha indicado la doctrina y jurisprudencia y así ha sido expuesto en varias de nuestras consultas- véase, por ejemplo, la consulta 074/2022-, que "el pliego es ley del contrato". Los pliegos constituyen el documento que contiene la totalidad de las cláusulas que van a regir el contrato administrativo, así como los derechos y obligaciones que corresponde a cada una de las partes del mismo. Vinculan a las licitadoras que deseen participar en el correspondiente procedimiento de contratación, pero también al órgano de contratación. Ambos están sujetos a lo que disponga el pliego, siempre y cuando no esté incurso en algún vicio constitutivo de causa de nulidad de pleno derecho. La cláusula 28.4 del PCAP regula los plazos en que debe ser entregado y aprobado el Plan de seguridad y salud en el trabajo, así como el plazo en que debe emitirse el informe de la persona encargada de la coordinación de seguridad y salud, y el de alegaciones de la contratista, indicando, finalmente, que la aprobación en ningún caso debe ser superior a un mes: “28.4. Plan de seguridad y salud en el trabajo. Antes del inicio de la obra la adjudicataria deberá presentar ante la Administración en el plazo de quince días naturales a contar desde la formalización del contrato, un Plan de Seguridad y Salud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. La persona encargada de la coordinación de seguridad y salud informará en el plazo de siete días naturales sobre la procedencia de su aprobación y, en caso negativo, indicará los puntos que deben corregirse, para lo que se asignará un plazo acorde con la importancia de las correcciones, nunca superior a siete días naturales. En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. (…)”. Este plazo máximo de aprobación es coherente con el que establece el PCAP en su cláusula 28.2 para la firma del acta de comprobación del replanteo: 28.2. Comprobación del replanteo. La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo, que se realizará en el plazo máximo de un mes, salvo casos excepcionales justificados, desde la fecha de la formalización del contrato o, en su caso, desde la aprobación del proyecto de desarrollo de la solución variante. Este plazo es, a su vez, conforme con el que fija la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), para firmar el acta de comprobación del replanteo en su artículo 237: “La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano que celebró el contrato”. Así pues, el PCAP, haciendo uso de la posibilidad que recoge la LCSP, ya ha consignado el plazo en el que debe realizarse el acta de comprobación del replanteo: máximo un mes. Ya no es necesario que en el contrato se refleje esta cuestión, pues ya viene determinada en el pliego: Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los mismos (cláusula 2 del PCAP); en cualquier caso, en el supuesto de que se indicara el plazo para la firma del acta de comprobación del replanteo, deberá ser, en todo caso, el mismo que el que refleja el PCAP, ya que el documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos (artículo 35.2 de la LCSP). Tal y como señala el artículo 140.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: El acta de comprobación del replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del mismo respecto de los documentos contractuales del proyecto, con especial y expresa referencia a las características geométricas de la obra, a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios y a cualquier punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato. Asimismo, el acta de replanteo debe reflejar que se ha aprobado el Plan de seguridad y salud en el trabajo correspondiente a la obra en cuestión. Este plan es vital para garantizar la protección y el bienestar de todos los trabajadores durante el desarrollo de la construcción; su inclusión en el acta deja constancia de que ha sido aprobado antes del inicio de la obra, pues esta comienza una vez firmada aquella. De acuerdo con lo expuesto, y como conclusión, podemos indicar lo siguiente: El modelo de PCAP para contratos de obras adjudicados por procedimiento abierto ya establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 237 de la LCSP, el plazo para la firma del acta de comprobación del replanteo: máximo un mes. En el caso de que el contrato que se formalice recoja también esta cuestión, deberá ser conforme con lo que figure en el pliego, sin que pueda establecerse un plazo distinto para la firma del acta. Lo anterior no obsta a que el acta pueda realizarse antes de dicho plazo máximo, siempre que se puedan constatar todas las circunstancias que se deben incluir en aquella, entre ellas, la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo, cuya tramitación, tal y como hemos indicado, se regula en el cláusula 28.4 del PCAP. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
El proyecto pretende conseguir los siguientes objetivos: 1. Reducir de la obesidad y del sedentarismo del alumnado de los centros escolares de Tomelloso. 2. Aumentar la práctica de la AF y el deporte en el alumnado de los centros escolares. 3. Acercar a las niñas a la práctica deportiva. 4. Realizar actividades físicas y/o saludables en horario extraescolar con carácter continuo en los centros escolares de Tomelloso. 5. Diseñar actividades físicas o deportivas adaptadas a la edad del alumnado partiendo de sus intereses y motivaciones 6. Colaborar con entidades públicas y privadas con el fin de suministrar al centro el material necesario para el desarrollo de actividades relacionadas con el baloncesto. 7. Desarrollar un proyecto de Educación en Valores a través de la enseñanza del baloncesto. 8. Integrar a la población escolar de las distintas etnias o razas que se dan en el centro a través de la realización de actividades físicas, deportivas y/o hábitos saludables. 9. Rentabilizar al máximo las instalaciones de los centros escolares de la localidad. 10. Mejorar la condición física y los hábitos de salud de los miembros de la comunidad de Tomelloso. 11. Potenciar estrategias que ayuden a concebir el tiempo de ocio como una posibilidad de desarrollo de hábitos de salud.
Las miniolipiadas nacen a raíz de la necesidad de compartir un espacio educativo entre todos los centros de la comarca de Montesur, este proyecto brinda la oportunidad de vivir una experiencia educativa motivadora tanto para el docente como para el alumnado. La realización de este proyecto potencia la participación, la cooperación, la convivencia y un trabajo específico en valores tan relevantes como el respeto, la tolerancia y el compañerismo, sin olvidar nunca los efectos sobre la salud que tiene el deporte en sí. Objetivos: 1.- Objetivos a) Practicar y valorar actividades físicas que permitan satisfacer sus propias necesidades y así como desarrollar habilidades motrices y capacidades físicas básicas por los efectos beneficiosos que conllevan sobre su salud. b) Utilizar diversas actividades físico deportivas como medio de interacción de los alumnos y alumnas aprendiendo al resolver conflictos provocados por la acción del juego. c) Participar en actividades deportivas estableciendo relaciones constructivas y equilibradas con los demás, desarrollando actitudes de cooperación y respeto independientemente del nivel alcanzado. d) Comprender y desarrollar las posibilidades del cuerpo, perfeccionando su control y valorando la importancia expresiva y comunicativa del movimiento. e) Reconocer los efectos positivos de actividad físico deportiva para la conformación de la persona, como medio de integración social y mejora de la calidad de vida y la salud. f) Organizar y realizar actividades físico deportivas adoptando hábitos de higiene con el fin de mejorar las condiciones de calidad de vida y salud.
La tarjeta sanitaria individual es el documento que identifica a los ciudadanos con residencia en Castilla La Mancha como usuarios del Servicio de Salud de Castilla La Mancha (Sescam) y acredita el derecho de acceso a las prestaciones sanitarias con validez en todo el Sistema Nacional de Salud. Este procedimiento facilita al ciudadano la posibilidad de obtención, emisión y renovación de la tarjeta sanitaria en el ámbito de la Comunidad de Castilla La Mancha.
Día 24 de octubre: Día Internacional del Cambio Climático Archivo de vídeo Porque el cambio climático nos afecta a todos; desde INNOCAM queremos compartir esta reflexión: Actuar es responsabilidad de cada uno. Día 10 de octubre: Día Mundial de la Salud Mental Archivo de vídeo ✨ «Cuidar de tu mente no es un lujo, es una necesidad. Sanar empieza por hablar, escuchar y no juzgar.» Recordemos siempre que la salud mental es un derecho universal y una responsabilidad compartida. Cuida de ti y de quienes te rodean. Dia 29 de septiembre: Día Mundial del Corazón Archivo de vídeo Porque un corazón sano es clave para una vida plena, aprovechemos el Día Mundial del Corazón para concienciar sobre la importancia de la prevención y el cuidado de nuestra salud mediante hábitos de vida saludables y la prevención de factores de riesgo. ❤️ Dia 18 de agosto: Día Mundial de la Prevención de Incendios Forestales Archivo de vídeo En este día queremos difundir el mensaje " Prevenir hoy para conservar mañana: conocimiento, investigación y acción frente a los incendios forestales" 6 de julio: Día Internacional de las Zoonosis Archivo de vídeo Con este día señalado se pretende concienciar a la población acerca de los riesgos de transmisión enfermedades zoonóticas, así como su impacto en el bienestar y salud de los seres humanos y los animales, y para ello contamos con Chritian Cortázar, catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha que comparte este video 23 de junio: Día Internacional de la Mujer en la Ingeniería. Archivo de vídeo Esta fecha es un buen momento para destacar los logros de las mujeres en disciplinas STEM, visibilizar referentes históricos y promover la igualdad de género en las profesiones tecnológicas. Fue establecido originalmente en 2014 por la Women's Engineering Society (WES) del Reino Unido para visibilizar el trabajo de las profesionales del sector y fomentar vocaciones en un campo históricamente dominado por hombre. Hoy Gemma Herranz. Ingeniera de materiales en la Universidad de Castilla la Mancha nos habla sobre este día y su significado