PROGRAMA DE TERMALISMO DE CASTILLA-LA MANCHA A través del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha, la JCCM proporciona a las personas mayores de 65 años o mayores de 60 si son pensionistas, estancias en establecimientos termales a precios reducidos, mediante ayudas en especie, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, mitigar situaciones de soledad no deseada, la mejora de la salud y la prevención de situaciones de dependencia. El Programa está organizado y financiado por la Consejería de Bienestar Social, a través de la Dirección General de Mayores. El nuevo Programa de Termalismo está regulado por la Orden 40/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha pretende mejorar la participación de las personas mayores, para lo que incorpora novedades respecto de convocatorias anteriores, que pretenden mejorar la participación de las personas mayores. ¿Qué servicios incluye el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha? El Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha incluye los siguientes servicios: a) Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido. La estancia tendrá lugar en el hotel de los establecimientos termales participantes, en habitaciones dobles de uso compartido, durante cinco días y cinco noches. Las personas participantes en el Programa de Termalismo disfrutarán de pensión completa durante los cinco días de la estancia. b) Tratamiento termal, que incluirá: 1.º Reconocimiento médico al comienzo de la estancia en el balneario, para la prescripción del tratamiento. 2.º Cinco días de tratamiento terapéutico básico de hidroterapia adecuado a la patología de cada persona usuaria. 3.º El seguimiento médico durante la estancia, con emisión de un informe final si así se solicita. c) Servicios y programas de actividades socioculturales y de ocio ofertados por el balneario. Las actividades tendrán como objetivo favorecer el establecimiento de relaciones afectivas positivas entre las personas mayores, fomentando la actividad física y la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia. ¿Está incluido el transporte? No. El transporte hasta el establecimiento termal corre por cuenta de las personas beneficiarias y, en su caso, acompañantes. ¿Qué requisitos debo cumplir para participar en el programa de Termalismo de Castilla-La Mancha? El artículo 3.2 de la Orden 40/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha, recoge en artículo 4, los requisitos de las personas usuarias del Programa. Tener 65 años cumplidos o ser pensionista del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación, invalidez, viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los 60 años. Estar empadronado en cualquiera de los municipios de Castilla-La Mancha. No padecer enfermedades graves o alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos termales. No padecer enfermedad infecto-contagiosa con riesgo de contagio. Poder valerse por sí mismas para las actividades de la vida diaria. Carecer de contraindicaciones para la recepción de los tratamientos termales. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. No encontrarse la persona beneficiaria en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. ¿Habrá turnos para disfrutar del Programa de Termalismo? No. El Programa de Termalismo para el año 2025 se desarrollará a lo largo del año 2025; habrá un único turno que comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria y finalizará, para poder disfrutar de la estancia, el día 31 de diciembre de 2025. ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes? El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y finalizará el día 15 de diciembre de 2025, o bien hasta agotar las plazas disponibles. ¿Cómo se adjudican las plazas para el Programa de Termalismo? Las solicitudes se intruirán según el orden de presentación en el Registro Único de la JCCM. . El criterio a seguir para dirimir la prelación temporal de las solicitudes, a efectos de priorización de su concesión, será el de la fecha y hora de presentación de la solicitud en el Registro Único de Documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, resolviéndose conforme se vayan presentando las solicitudes dentro del plazo previsto en la convocatoria y hasta que se agoten las plazas para cada convocatoria, instruyendo las mismas para verificar el cumplimiento de requisitos. ¿ En qué fechas podré disfrutar de la estancia en el balneario? Las fechas de disfrute de la estancia, una vez adjudicada plaza, se acordarán directamente con el balneario; debiéndose firmar la solicitud en el momento de la llegada al balneario, si no se ha dejado firmada antes. ¿Cuántos balnearios puedo solicitar? Se podrá presentar solicitud para los todos los balnearios participantes en el Programa, en vez de limitar la elección a tres de ellos; deberán priorizarse por orden de preferencia. ¿ Cuántas plazas habrá para el Programa de Termalismo 2025? Habrá más de 7.784 plazas, repartidas entre los siete balnearios particantes (recogidos en el Anexo I, adjunto a este documento. ¿ Cuál es el importe de la ayuda para el Programa de Termalismo 2025? El importe de la ayuda por persona beneficiaria será de 134 €, que se abonará directamente al balneario concertado una vez que éste justifique la participación de la persona beneficiaria en el Programa de Termalismo. ¿Cuál es el precio final que pagaré en el balneario adjudicado? Descontado el importe de la ayuda a cada persona beneficiaria, la cuantía restante hasta completar el precio de la actividad subvencionada, el precio a pagar por cada persona beneficiaria (incluido IVA), será el siguiente en función del balneario participante en el Programa: Balneario Benito (Reolid- Albacete) Nº de registro centro: S2773 Precio sin IVA: 221,98 IVA: 22,20 Precio IVA Incluido: 244,18 Balneario Cervantes (Santa Cruz de Mudela- Ciudad Real) Nº de registro centro: S2812 Precio sin IVA: 221,98 IVA: 22,20 Precio IVA Incluido: 244,18 Balneario Concepción (Villatoya- Albacete) Nº de registro centro: S2810 Precio sin IVA: 221,98 IVA: 22,20 Precio IVA Incluido: 244,18 Balneario La Esperanza (Reolid- Albacete) Nº de registro centro: S2814 Precio sin IVA:189,67 IVA: 18,97 Precio IVA Incluido: 208,64 Balneario Fuencaliente (Fuencaliente- Ciudad Real) Nº de registro centro: S2807 Precio sin IVA: 153,06 IVA: 15,31 Precio IVA Incluido: 168,37 Balneario Tus (Yeste- Albacete) Nº de registro centro: S2795 Precio sin IVA: 189,67 IVA: 18,97 Precio IVA Incluido: 208,64 Balneario Carlos III (Trillo- Guadalajara) Nº de registro centro: S2824 Precio sin IVA: 190,73 IVA: 19,07 Precio IVA Incluido: 209,80 ¿Cómo es la forma de pago? La persona beneficiaria abonará directamente al balneario el precio correspondiente a su aportación respecto a la plaza adjudicada, de la siguiente forma: a) Con anterioridad a su incorporación al balneario, el importe de 40,00 euros por plaza en concepto de reserva de la misma y dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la resolución de concesión de la plaza. Mediante transferencia bancaria a la cuenta del balneario asignado. b) El importe restante, al efectuar el ingreso en el establecimiento termal. En el supuesto de renuncia sin causa justificada a la plaza adjudicada, no se reintegrará a las personas beneficiarias el importe abonado en concepto de reserva. El balneario comunicará al órgano concedente del procedimiento la renuncia a la plaza adjudicada por falta de abono del importe de la reserva, dentro de los dos días siguientes a haberse producido este hecho. ¿Cómo se presenta la solicitud para disfrutar de una estancia en los balnearios participantes? La solicitud se tramitará preferentemente de forma electrónica para garantizar su inmediatez; no será necesaria la firma o certificado digital en la presentación, sólo introducir los datos en el formulario habilitado en la sede electrónica. La solicitud telemática podrá cumplimentarse en la siguiente dirección: https://www.jccm.es/sede/tramite/H93
Objetivos La Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha perseguirá los siguientes objetivos: a) Promover la investigación científica y técnica en todas las áreas del saber mediante la asignación eficiente de los recursos públicos, la promoción de la excelencia y el apoyo a la generación de conocimientos de alto impacto científico y técnico, económico y social, incluidos los orientados a la resolución de los grandes retos de la sociedad. b) Realizar el seguimiento de las actividades financiadas, así como el asesoramiento necesario para mejorar el diseño y planificación de las acciones o iniciativas a través de las que se instrumentan las políticas de I+D+i de la administración autonómica de Castilla-La Mancha. c) Promover las relaciones de colaboración entre los agentes del sistema de I+D+i de Castilla-La Mancha impulsando la creación y el fortalecimiento de redes de conocimiento entre agentes públicos y privados desde una perspectiva de intercambio y de investigación abierta. d) Promover la progresiva internacionalización de los agentes del sistema regional de I+D+i y de las iniciativas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, impulsando la presencia de las empresas, universidades y centros de investigación de Castilla-La Mancha en los programas europeos de financiación internacionales. e) Promover la captación y gestión del talento que permitan, en su conjunto, incrementar el rendimiento investigador e innovador de los agentes del sistema de I+D+i de Castilla-La Mancha. f) Coordinar los recursos autonómicos en el ámbito de la I+D+i y concertarlos con los que se aporten desde contribuciones de planes estatales y fondos de la Unión Europea. g) Favorecer la transferencia de conocimiento y tecnología entre los diferentes agentes y, particularmente, entre los organismos públicos de investigación y las empresas. h) Apoyar la promoción y divulgación del conocimiento científico y tecnológico en Castilla-La Mancha, promoviendo el interés de la sociedad castellano manchega por la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.
Ciencias Agroalimentario Investigador 20 de Mayo de 2024 Resolución de 03/05/2024, del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (Iriaf), por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D. Valdepeñas Enlace a la solicitud Descripción del puesto ofertado Titulado superior de investigación, realización de trabajos de apoyo científico-técnico al proyecto de investigación SBPLY/21/180501/000111 titulado “Caracterización del transcriptoma espermático y su relevancia en la fertilidad y preservación seminal en ovino de leche”, financiado en base a la Orden 57/2021, de 20 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, modificada por la Orden 118/2021, de 22 de julio, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. https://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2024/05/14/pdf/2024_3655.pdf&tipo=rutaDocm Tareas a realizar: a) Recogida y procesado de muestras en el laboratorio de reproducción del Cersyra. b) Recogida y gestión de las bases de datos que se generen en el desarrollo del proyecto. c) Análisis bioinformático y estadístico de los datos. d) Elaboración de informes científicos y técnicos. e) Elaboración de trabajos científicos. f) Asistencia a reuniones técnicas, congresos científicos y/o jornadas de divulgación. g) Cuantas otras tareas técnicas y/o administrativas complementarias a las anteriores sean necesarias para el desarrollo del proyecto. La solicitud electrónica estará abierta del 15 al 28 de mayo. Requisitos -Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados Miembros en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. -Poseer la titulación establecida en la resolución de convocatoria: veterinaria, ingeniería agronómica, ciencias ambientales o biología. -Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. Se ofrece Contrato de 14 meses a jornada completa como Técnico Superior de Apoyo para el Cersyra de Valdepeñas, Ciudad Real Documentos relacionados Convocatoria oferta de empleo 509.92 KB
Ciencias Agroalimentario Investigador 20 de Mayo de 2024 Resolución de 03/05/2024, del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (Iriaf), por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D CUENCA Enlace a la solicitud Descripción del puesto ofertado Titulado superior de investigación con labores de apoyo científico-técnico al proyecto de investigación “Honey bee health improvement with bioactive compounds from cultivated Mushroom (Beemush)”, SBPLY/23/180225/000076, en base a la ayuda obtenida para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. https://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2024/05/14/pdf/2024_3655.pdf&tipo=rutaDocm Tareas a realizar: a) Recogida y procesado de muestras fúngicas. b) Desarrollo de protocolos para mejora del rendimiento de extracción. c) Fraccionamiento y análisis de compuestos bioactivos en matrices fúngicas. d) Realización de ensayos de toxicidad frente a abeja en laboratorio. e) Realización de ensayos de antibiosis frente a patógenos de abeja en laboratorio. f) Formulación de suplementos nutricionales para abeja. g) Realización de ensayos en apiario experimental. h) Análisis estadístico de los datos; elaboración de informes científicos y técnicos. i) Elaboración de trabajos científicos. j) Asistencia a reuniones técnicas, congresos científicos y/o jornadas de divulgación. k) Cuantas otras tareas técnicas y/o administrativas complementarias a las anteriores sean necesarias para el desarrollo del proyecto. Requisitos -Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados Miembros en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. -Poseer la titulación establecida en la resolución de convocatoria: química, biología, bioquímica, ciencias ambientales, ciencia y tecnología de los alimentos, biotecnología o veterinaria. -Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. Se ofrece Contrato de 21 meses a jornada completa como Técnico Superior de Apoyo para el Ciaf de Albaladejito, Cuenca Documentos relacionados Convocatoria oferta de empleo 509.92 KB
PROGRAMA DE TERMALISMO DE CASTILLA-LA MANCHAA través del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha, la JCCM proporciona a las personas mayores de 65 años o mayores de 60 si son pensionistas, estancias en establecimientos termales a precios reducidos, mediante ayudas en especie, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, mitigar situaciones de soledad no deseada, la mejora de la salud y la prevención de situaciones de dependencia. El Programa está organizado y financiado por la Consejería de Bienestar Social, a través de la Dirección General de Mayores.El nuevo Programa de Termalismo está regulado por la Orden 40/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha pretende mejorar la participación de las personas mayores, para lo que incorpora novedades respecto de convocatorias anteriores, que pretenden mejorar la participación de las personas mayores.1.- ¿Qué es el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha?A través del Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha, la JCCM proporciona a las personas mayores de 65 años o mayores de 60 si son pensionistas, estancias en establecimientos termales a precios reducidos, mediante ayudas en especie, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, mitigar situaciones de soledad no deseada, la mejora de la salud y la prevención de situaciones de dependencia.El Programa está organizado y financiado por la Consejería de Bienestar Social, a través de la Dirección General de Mayores.El nuevo Programa de Termalismo pretende mejorar la participación de las personas mayores, para lo que incorpora novedades respecto de convocatorias anteriores, que pretenden mejorar la participación de las personas mayores; entre ellas:2.- ¿En qué consiste el Programa de Termalismo de Castilla-La Mancha?El Programa de Termalismo incluye los siguientes servicios:Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido.La estancia tendrá lugar en el hotel de los establecimientos termales participantes, en habitaciones dobles de uso compartido, durante cinco días y cinco noches.Las personas participantes en el Programa de Termalismo disfrutarán de pensión completa durante los cinco días de la estancia.Tratamiento termal, que incluirá:Reconocimiento médico al comienzo de la estancia en el balneario, para la prescripción del tratamiento.Cinco días de tratamiento terapéutico básico de hidroterapia adecuado a la patología de cada persona usuaria.El seguimiento médico durante la estancia, con emisión de un informe final si así se solicita.Servicios y programas de actividades socioculturales y de ocio ofertados por el balneario.Las actividades tendrán como objetivo favorecer el establecimiento de relaciones afectivas positivas entre las personas mayores, fomentando la actividad física y la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia.3.- ¿Está incluido el transporte?No. El transporte hasta el establecimiento termal corre por cuenta de las personas beneficiarias y, en su caso, acompañantes.4.- ¿Qué requisitos debo cumplir para participar en el programa de Termalismo de Castilla-La Mancha?El artículo 3.2 de la Orden 40/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Termalismo de Castilla- La Mancha, recoge en artículo 4, los requisitos de las personas usuarias del Programa.Tener 65 años cumplidos o ser pensionista del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación, invalidez, viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los 60 años.Estar empadronado en cualquiera de los municipios de Castilla-La Mancha.No padecer enfermedades graves o alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos termales.No padecer enfermedad infecto-contagiosa con riesgo de contagio.Poder valerse por sí mismas para las actividades de la vida diaria.Carecer de contraindicaciones para la recepción de los tratamientos termales.Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.No encontrarse la persona beneficiaria en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.5.- ¿Puedo disfrutar del Programa de Termalismo con mi cónyuge o pareja con análoga relación de convivencia afectiva?Si, la a persona solicitante podrá participar en la convocatoria de estas ayudas acompañada de su cónyuge o, en su caso, de su pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación a la conyugal, siempre que cumplan a su vez con los requisitos citados en el apartado 1, excepto el señalado en el apartado 1.a), relativo a la edad.6.-Si tengo un hijo/a con discapacidad, ¿podría acompañarnos a la estancia en el balneario?Sí, también podrá participar un hijo o hija de la persona solicitante si cuenta con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre y cuando no necesite apoyo de tercera persona y pueda desplazarse con autonomía, compartiendo habitación con el progenitor solicitante. Debe, asimismo, cumplir los requisitos citados en el apartado 1, excepto el del apartado 1.a), relativo a la edad.7.-¿ Puedo disfrutar de la estancia en el balneario en grupo de amigos?Para poder disfrutar del Programa de Termalismo en grupo, las solicitudes tendrán que dejarse presentadas a la vez, ya que se resolverá por estricto orden de presentación.8.- ¿Habrá turnos para disfrutar del Programa de Termalismo?No. El Programa de Termalismo para el año 2026 se desarrollará a lo largo del año 2026; habrá un único turno que comenzará con la publicación de esta convocatoria y finalizará, para poder disfrutar de la estancia, el día 31 de diciembre de 2026.9.- ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el 15 de diciembre de 2026, o bien hasta agotar las plazas disponibles, y se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.10.- ¿Puedo disfrutar más de una vez del Programa de Termalismo en el mismo año?No, ninguna persona podrá disfrutar más de una vez en cada convocatoria de estancia en el Programa de Termalismo, a sea como solicitante o cómo acompañante.11.- ¿Cómo se adjudican las plazas para el Programa de Termalismo?Las solicitudes se intruirán según el orden de presentación en el Registro Único de la JCCM. . El criterio a seguir para dirimir la prelación temporal de las solicitudes, a efectos de priorización de su concesión, será el de la fecha y hora de presentación de la solicitud en el Registro Único de Documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, resolviéndose conforme se vayan presentando las solicitudes dentro del plazo previsto en la convocatoria y hasta el límite del crédito consignado en la misma, instruyendo las mismas para verificar el cumplimiento de requisitos.12.- ¿ En qué fechas podré disfrutar de la estancia en el balneario?Las fechas de disfrute de la estancia, una vez adjudicada plaza, se acordarán directamente con el balneario; debiéndose firmar la solicitud en el momento de la llegada al balneario, si no se ha dejado firmada antes.13.- ¿Cuántos balnearios puedo solicitar?Se podrá presentar solicitud para los todos los balnearios participantes en el Programa, en vez de limitar la elección a tres de ellos; deberán priorizarse por orden de preferencia.14.- ¿Cuántas plazas habrá para el Programa de Termalismo 2026?Habrá 8.536 plazas, repartidas entre los siete balnearios particantes (recogidos en el Anexo I, adjunto a este documento.15.- ¿Cuál es el importe de la ayuda para el Programa de Termalismo 2026?El importe de la ayuda por persona beneficiaria será de 134 €, que se abonará directamente al balneario concertado una vez que éste justifique la participación de la persona beneficiaria en el Programa de Termalismo.16.- ¿Cuál es el precio final que pagaré en el balneario adjudicado?Descontado el importe de la ayuda a cada persona beneficiaria, la cuantía restante hasta completar el precio de la actividad subvencionada, el precio a pagar por cada persona beneficiaria (incluido IVA), será el siguiente en función del balneario participante en el Programa:ALBACETE:Balneario Benito, municipio Reolid: Precio con IVA incluido 244,18 eurosBalneario Concepción, municipio Villatoya: Precio con IVA incluido 244,18 eurosBalneario La Esperanza, municipio Reolid: Precio con IVA incluido 208,64 eurosBalneario Tus, municipio Yeste: Precio con IVA incluido 208,64 eurosCIUDAD REAL:Balneario Cervantes, municipio Santa Cruz de la Mudela, Ciudad Real: Precio con IVA incluido 244,18 eurosBalneario Fuencaliente, municipio Fuencaliente: Precio con IVA incluido 208,64 eurosGUADALAJARA:Balneario Carlos III, municipio Trillo: Precio con IVA incluido 209,80 euros17.- ¿Cómo es la forma de pago?La persona beneficiaria abonará directamente al balneario el precio correspondiente a su aportación respecto a la plaza adjudicada, de la siguiente forma:Con anterioridad a su incorporación al balneario, el importe de 40,00 euros por plaza en concepto de reserva de la misma y dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la resolución de concesión de la plaza. Mediante transferencia bancaria a la cuenta del balneario asignado.El importe restante, al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.En el supuesto de renuncia sin causa justificada a la plaza adjudicada, no se reintegrará a las personas beneficiarias el importe abonado en concepto de reserva.El balneario comunicará al órgano concedente del procedimiento la renuncia a la plaza adjudicada por falta de abono del importe de la reserva, dentro de los dos días siguientes a haberse producido este hecho.18.- ¿Cómo se presenta la solicitud para disfrutar de una estancia en los balnearios participantes?La solicitud se tramitará preferentemente de forma electrónica para garantizar su inmediatez; no será necesaria la firma o certificado digital en la presentación, sólo introducir los datos en el formulario habilitado en la sede electrónica.La solicitud telemática podrá cumplimentarse en la siguiente dirección: https://www.jccm.es/sede/tramite/H9319.- Si no me aclaro bien a la hora de solicitar plaza para el Programa de Termalismo de forma telemática, ¿ dónde puedo acudir para que me ayuden a cumplimentarla?Se podrá solicitar información y/o ayuda en los centros de mayores y/o en las asociaciones, federaciones, Ayuntamientos, Delegaciones Provinciales de Bienestar Social, teléfono 012, oficinas de información y Registro, así como acudiendo a los/las trabajadores sociales de referencia.Asimismo, también se podrá solicitar información en la Dirección de correo: termalismoclm@jccm.es y en los números de teléfono:Consejería de Bienestar Social: Servicio de Programas de Mayores: 925288097; 925286821;925269982; 925266923.Delegaciones Provinciales de Bienestar Social:Albacete: 967 55 80 00Ciudad Real: 926 276200Guadalajara: 949 885800Cuenca: 969 17 68 00Toledo: 925 24 88 93 https://www.jccm.es/sede/tramite/H93
Servicio de Investigación y Divulgación Científica IRIAF Servicio de DocumentaciónNuestro objetivo fundamental es actuar como un centro de referencia para investigadores, profesionales del sector y administraciones, facilitando el acceso a información especializada y de alta calidad.Nuestros Objetivos Estratégicos:Para cumplir con nuestra misión de apoyo al sector agroalimentario y forestal, nos centramos en los siguientes ejes:Gestión del Patrimonio Documental: Recopilar, catalogar y preservar la producción científica del IRIAF y sus centros asociados, asegurando que el conocimiento no se pierda y sea fácilmente recuperable.Transferencia de Resultados: Facilitar que los avances en I+D+i lleguen de manera eficaz a los agricultores, ganaderos e industrias, transformando la teoría en herramientas prácticas para la mejora de la competitividad.Difusión y Divulgación: Coordinar la edición de publicaciones técnicas, boletines y material divulgativo que acerquen la ciencia al ciudadano y al profesional de campo.Apoyo a la Investigación: Proporcionar soporte documental a los equipos investigadores, gestionando el acceso a bases de datos especializadas y redes de información nacionales e internacionales.Cooperación Institucional: Establecer vínculos con otras bibliotecas y redes de documentación agraria para fomentar el intercambio de recursos y experiencias.Compromiso IRIAF: Trabajamos para que cada dato generado en nuestros laboratorios y campos experimentales se convierta en un activo útil para el desarrollo sostenible de Castilla-La Mancha. prueba Artículo Científico A Stochastic Frontier Approach to Study the Relationship... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen: Sheep milk from local breeds is... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Exploring Breed-Specific Milk Coagulation in Spanish Dairy... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen: The transformation of milk into... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Associations between Milk Coagulation Properties and... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen: This study conducted a seasonal... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Application of Ligilactobacillus salivarius SP36, a Strain... Acceso al artículo en el Portal de Investigación. https://doi.org/10.3390/foods13142296 Resumen... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Anuncios Anuncio de selección de candidatos en proceso selectivo... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Efficiency of Manchega Sheep Milk Intended for Cheesemaking... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen. Understanding the factors that... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2023 AnteriorSiguiente Publicaciones CERSYRA Publicaciones CIAPA Publicaciones CERSYRA Artículo Científico A Stochastic Frontier Approach to Study the Relationship... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen: Sheep milk from local breeds is... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Exploring Breed-Specific Milk Coagulation in Spanish Dairy... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen: The transformation of milk into... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Associations between Milk Coagulation Properties and... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen: This study conducted a seasonal... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Application of Ligilactobacillus salivarius SP36, a Strain... Acceso al artículo en el Portal de Investigación. https://doi.org/10.3390/foods13142296 Resumen... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Anuncios Anuncio de selección de candidatos en proceso selectivo... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2024 Artículo Científico Efficiency of Manchega Sheep Milk Intended for Cheesemaking... Acceso al artículo a través del Portal de Investigación Resumen. Understanding the factors that... CERSYRA-IRIAF. Centro Regional Selección y Reproducción Animal 2023 AnteriorSiguiente Publicaciones CIAPA Artículo Científico Climate change-induced stress in the honey bee Apis... RESUMEN: El cambio climático es un potente factor de estrés, ya que refuerza los entornos cada vez... CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental 2025 Artículo Científico Storage Conditions of Sperm Samples and Gametic... RESUMEN: El presente estudio tuvo como objetivo evaluar un método óptimo para transportar y... CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental 2025 Artículo Científico Production and characterization of monoclonal antibodies for... RESUMEN: Dos especies de microsporidios infectan a las abejas en todo el mundo, Nosema apis y Nosema... CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental 2024 Artículo Científico Promastigote EPS secretion and haptomonad biofilm formation... Las abejas son los principales polinizadores implicados en el mantenimiento de todos los ecosistemas... CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental 2024 Artículo Científico The recent revision of the genera Nosema and Vairimorpha... El género Vairimorpha fue propuesto para varias especies de Nosema en 1976 (Pilley, 1976), casi 70... CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental 2024 Artículo Científico Promastigote EPS secretion and haptomonad biofilm formation... Las abejas son los principales polinizadores implicados en el mantenimiento de todos los ecosistemas... CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental 2024 AnteriorSiguiente Objetivos Servicio Documentación El Portal de Investigación del IRIAF constituye el nodo central de información del Instituto. Facilita la identificación de especialistas, la consulta de resultados científicos y el acceso al repositorio institucional, garantizando la transparencia y la difusión del conocimiento generado en nuestra institución. Acceder al Portal de Investigación Producción Científica Artículos Científicos Proyectos Experimentación Agraria Otras Publicaciones Inversión en Infraestructuras Anuncios Boletín Fitosanitarios de Avisos
La Agencia La Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha tiene como misión el fomento de la investigación científica y técnica en todas las áreas del saber mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos públicos, el seguimiento de las actuaciones financiadas y de su impacto, y el asesoramiento en la planificación de las acciones o iniciativas a través de las que se instrumentan las políticas de I+D de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Plan Estratégico INNOCAM El Plan Estratégico de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha (INNOCAM) 2023-2027 tiene como objetivo impulsar el sistema de investigación, desarrollo e innovación en la región. El mandato de INNOCAM consiste en promover la ciencia, la investigación y la transferencia de conocimiento, mediante el fomento de excelencia y de la colaboración entre los actores del sistema regional de I+D+I, atendiendo a los principales retos de la sociedad y contribuyendo a la mejora de la competitividad empresarial y el bienestar social en Castilla-La Mancha. El plan establece una misión de alto nivel y una visión para la región, así como objetivos estratégicos, líneas de actuación y medidas para lograrlos. También se enfoca en la coordinación con otros departamentos y organismos de I+D+I de la región y en la identificación de todos los agentes involucrados. El plan incluye un sistema de seguimiento y evaluación que permitirá revisar su evolución cada tres años. Además, se presenta un Plan de Acción a dos años para impulsar las actuaciones prioritarias a corto plazo. El plan establece 6 objetivos estratégicos: Objetivo estratégico 1. Promover la investigación científica y técnica de excelencia, la generación de conocimiento y retos de la sociedad Objetivo estratégico 2. Promover la captación y gestión del talento Objetivo estratégico 3. Favorecer la transferencia de conocimiento y tecnología entre los diferentes agentes Objetivo estratégico 4. Promover la colaboración del sistema de I+D+I de CLM Objetivo estratégico 5. Promover la internacionalización de los agentes del sistema regional de I+D+I Objetivo estratégico 6. Apoyar la promoción y divulgación del conocimiento científico y tecnológico en Castilla La Mancha En total, el plan cuenta con 14 líneas de actuación y 29 medidas para promover la innovación en la región y beneficiar al tejido productivo y a las personas. PLAN ESTRATÉGICO Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Castilla-La Mancha 2025-2028 El Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Castilla-La Mancha (PRINCET) es el principal instrumento regional de planificación, gestión y ejecución de la política de I+D+I, definido dentro del marco de la Ley 4/2020 de Fomento y Coordinación del Sistema de I+D+I de Castilla-La Mancha. Su propósito es consolidar y proyectar el esfuerzo realizado en la última década para fortalecer el Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha (SIDICAM), adaptándolo a un nuevo ciclo de prioridades europeas y nacionales marcado por la doble transición verde y digital, la competitividad y la cohesión territorial. Para ello, el PRINCET permite una transformación para la región, ya que articula una hoja de ruta compartida que conecta ciencia, empresa, administración y ciudadanía, y orienta la inversión pública hacia resultados que garanticen impacto, con especial foco en la transferencia de conocimiento, la atracción y consolidación de talento, la modernización de infraestructuras, el impulso a la innovación empresarial y la reducción de brechas territoriales. Así, el PRINCET refuerza la idea de que la I+D+I no es un ámbito sectorial, sino un componente transversal del modelo socioeconómico, clave para incrementar productividad, generar empleo cualificado, mejorar servicios públicos y asegurar un desarrollo sostenible e inclusivo. El PRINCET aglutina todas las actuaciones en materia I+D+i en la región por parte de la Administración regional y se alinea con los desafíos y sectores de especialización inteligente identificados de manera participativa entre los agentes del sistema castellano manchego de I+D+i, incluyendo a las empresas y a los agentes sociales. El PRINCET se estructura en torno a 4 líneas estratégicas: Línea estratégica 1: Consolidación e impulso al Sistema de I+D+I de Castilla-La Mancha (SIDICAM). Busca consolidar un SIDICAM más integrado, eficiente y orientado a resultados, al ser la infraestructura institucional, técnica y relacional referente del ecosistema regional de I+D+I. Esta línea se apoya en la implementación de seis programas cuya finalidad es consolidar estructuras y servicios que faciliten que universidades, centros tecnológicos, empresas, administración y ciudadanía cooperen para generar conocimiento y transformarlo en valor social y económico. Línea estratégica 2: Formación, impulso de la excelencia y capacitación continua. Combina el impulso a la investigación científica excelente, al fortalecimiento de la carrera investigadora y la formación permanente, con el objetivo de consolidar una base científica sólida y, al mismo tiempo, acelerar la adopción de tecnologías y prácticas necesarias para la transición digital y verde. Línea estratégica 3: Apoyar la inversión privada en I+D+i y al tejido empresarial innovador. Busca consolidar la innovación empresarial como motor de competitividad y productividad regional, mediante la ampliación de la base innovadora de las pymes, el refuerzo de la cooperación con centros tecnológicos y universidades y ampliando la inversión en tecnologías digitales y limpias. ÁMBITO TRANSVERSAL. FOMENTO DE LA I+D+I EN ZONAS DESPOBLADAS PRINCET 2025-2028 Archivo de vídeo Evaluación Final del Princet 2021-2024 Este informe recoge la evaluación final de resultados del PRINCET 2021-2024 al finalizar su periodo de ejecución, con el objetivo de valorar la implementación de los programas, el cumplimiento de los objetivos marcados, e identificar conclusiones y recomendaciones de mejora para la actualización del nuevo PRINCET, utilizando los indicadores de medición de cada una de las líneas y objetivos estratégicos del Plan. Por último, se realizará un estudio de la evolución de los indicadores de los objetivos estratégicos definidos en el PRINCET y los indicadores complementarios que puedan ser de interés, lo que resultará esencial para evaluar el impacto de los instrumentos desplegados, identificar posibles áreas de mejora y tomar decisiones basadas en evidencias para el futuro desarrollo de la I+D en Castilla-La Mancha. INFORME EVALUACIÓN Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha 2021-2027 Castilla-La Mancha ha desarrollado una nueva estrategia S3, la cual se ejecutará en el periodo 2021-2027. Esta nueva estrategia, y tras un minucioso análisis, opta por un enfoque continuista de la estrategia de especialización anterior, la RIS3 2014-2020, que, apoyándose en las diferentes estrategias y políticas regionales implementadas durante los últimos años, ha definido los nuevos desafíos que tratará de alcanzar la región en materia de I+D+i y especialización tecnológica. La S3 de Castilla-La Mancha 2021-2027 se ha definido partiendo del Proceso de Descubrimiento Emprendedor para definir los sectores prioritarios de especialización para la región. Para este proceso, se ha tenido en cuenta a la cuádruple hélice de la comunidad (Industria; Educación-Centros de Investigación; Gobierno; Sociedad civil y el mercado). De este proceso se obtuvieron las prioridades sectoriales de la región, que se componen de un total de seis sectores de especialización y cuatro ámbitos transversales: S3 2021-2027 INFORME EVALUACIÓN INTERMEDIA S3 2021-27 Plan Castilla-La Mancha Avanza El Plan Castilla-La Mancha Avanza se configura como Estrategia Regional pensada para aprovechar al máximo el potencial de recuperación y transformación social y económica que tienen los Fondos Next Generation EU. Su objetivo es elevar el crecimiento sostenible e inclusivo en la región, con una perspectiva de largo plazo y tomando en cuenta la necesidad de preservar y aprovechar los recursos naturales, así como de velar por el bienestar de las generaciones futuras. Ello es imprescindible para conseguir reducir la brecha de renta per cápita, tanto con la media nacional (que se ha mantenido en torno a veinte puntos porcentuales en los últimos años), como con la media de la Unión Europea. Para lograrlo, las acciones de inversión deben orientarse a: Ampliar la dotación de capital en infraestructuras verdes, con bajas emisiones de carbono y asentadas en la utilización del capital natural de la región, reduciendo el coste del aprovisionamiento de energía. Elevar la dotación de capital humano, mediante la formación, la mejora del emparejamiento entre las ofertas y las demandas de empleo y la adaptación de las capacidades profesionales a las nuevas necesidades de las empresas. Elevar la productividad mediante la digitalización de la cadena de valor, con especial incidencia en la industria agroalimentaria, así como la incorporación de las tecnologías adecuadas para llevar a cabo su transición energética. Aumentar la inversión en capital tecnológico, mediante la investigación básica, la investigación, el desarrollo y la innovación en tecnologías punteras relacionadas con la transición energética (baterías, hidrógeno) y con la digitalización (inteligencia artificial, computación). Extender las oportunidades de empleo e inversión a las capas y a los territorios más desfavorecidos, haciendo frente al reto demográfico y profundizando en la integración del medio rural. Saber más Planes estatales y europeos Agenda 2030 La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible fue firmada en 2015 por los jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de Naciones Unidas. Saber más Horizonte Europa: Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa es el programa marco de investigación e innovación (I+I) de la Unión Europea (UE) para el período 2021 -2027. Planes Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
Antes de entrar a resolver la cuestión que se plantea, es preciso encuadrar a las dos entidades (Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A., y Ente Público de Radiotelevisión de Castilla-La Mancha) futuras destinatarias del suministro de combustible cuya licitación se pretende, dentro del ámbito subjetivo de la vigente Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP). La LCSP regula el ámbito subjetivo de la misma en su artículo 3, que establece lo siguiente: “1. A los efectos de esta Ley, se considera que forman parte del sector público las siguientes entidades: (…) g) Las Entidades Públicas Empresariales a las que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cualesquiera entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas a un sujeto que pertenezca al sector público o dependientes del mismo. h) Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de entidades de las mencionadas en las letras a), b), c), d), e), g) y h) del presente apartado sea superior al 50 por 100, o en los casos en que sin superar ese porcentaje, se encuentre respecto de las referidas entidades en el supuesto previsto en el artículo 5 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre. (…) 2. Dentro del sector público, y a los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de Administraciones Públicas las siguientes entidades: (…) b) Los consorcios y otras entidades de derecho público, en las que dándose las circunstancias establecidas en la letra d) del apartado siguiente para poder ser considerados poder adjudicador y estando vinculados a una o varias Administraciones Públicas o dependientes de las mismas, no se financien mayoritariamente con ingresos de mercado. Se entiende que se financian mayoritariamente con ingresos de mercado cuando tengan la consideración de productor de mercado de conformidad con el Sistema Europeo de Cuentas. 3. Se considerarán poderes adjudicadores, a efectos de esta Ley, las siguientes entidades: (…) a) Las Administraciones Públicas. (…) d) Todas las demás entidades con personalidad jurídica propia distintas de las expresadas en las letras anteriores que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador de acuerdo con los criterios de este apartado 3, bien financien mayoritariamente su actividad; bien controlen su gestión; o bien nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia. La Ley 3/2000, de 26 de mayo, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha, crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Al mismo le corresponde la gestión de los servicios de radiodifusión y televisión públicos cuyo ámbito territorial es el de esta Comunidad Autónoma. El artículo 11.1 de la Ley 3/2000 señala que “La gestión de los servicios públicos de radiodifusión y televisión será realizada por empresas públicas con forma de sociedades anónimas, bajo los principios de eficacia y austeridad”. En la actualidad, la gestión de los servicios públicos de televisión es llevada a cabo por la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A., empresa que pertenece al Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha. El artículo 20 de la Ley 3/2000, modificado por la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, regula la financiación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha y de las empresas públicas gestoras de los servicios públicos de radiodifusión y televisión, estableciendo lo siguiente: 1. El Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha dispondrá de los recursos siguientes: a) Las consignaciones específicas asignadas en los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para atender, tanto al cumplimiento de sus fines, como a los gastos de su funcionamiento. b) Las transferencias corrientes o de capital procedentes de los presupuestos de otros organismos o entes de las Administraciones públicas. c) Los ingresos y rendimientos de las actividades que realice. g) Cualquier otro recurso que pueda serle atribuido. 2. Las empresas públicas gestoras de los servicios públicos de radiodifusión y televisión se financiarán con las subvenciones consignadas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ingresos comerciales propios y participación en el mercado publicitario.” Así, y de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 20 y de lo previsto en la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020, la financiación tanto del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha, como de su sociedad filial, Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A., se financian mayoritariamente con fondos públicos. De acuerdo con lo expuesto cabe concluir que, a los efectos de lo dispuesto en la LCSP, el Ente Públicode Radio-Televisión de Castilla-La Mancha formaría parte del sector público y tendría la consideración de “poder adjudicador que tiene carácter de Administración Pública" [(art. 3.2 b)]; por su parte, la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A., como parte del sector público se consideraría [(art. 3.3 d)] “poder adjudicador que no tiene carácter de Administración Pública" (coloquialmente denominado PANAP). Esta diferencia de conceptuación adquiere especial relevancia en lo que a la aplicación de la LCSP se refiere, pues las mismas no se encuentran dentro del mismo nivel de sujeción a aquélla, siendo distinto el régimen jurídico aplicable a los contratos que celebren. El artículo 24 de la LCSP establece que “Los contratos del sector público podrán estar sometidos a un régimen jurídico de derecho administrativo o de derecho privado”. Por su parte, el artículo 25 indica los contratos que tienen carácter administrativo, siempre que se celebren por una Administración Pública; a estos contratos les será de aplicación en su totalidad la LCSP. El artículo 26 de la LCSP regula los contratos privados, encontrándose entre los mismos [(art. 26.1 b)] los celebrados por entidades del sector público que siendo poder adjudicador no reúnan la condición de Administraciones Públicas; estos contratos, siempre que su objeto esté comprendido en el ámbito de la LCSP, “se regirán por lo dispuesto en el Título I del Libro Tercero de la misma, en cuanto a su preparación y adjudicación. En cuanto a sus efectos y extinción les serán aplicables las normas de derecho privado, y aquellas normas a las que se refiere el párrafo primero del artículo 319 en materia medioambiental, social o laboral, de condiciones especiales de ejecución, de modificación del contrato, de cesión y subcontratación, de racionalización técnica de la contratación; y la causa de resolución del contrato referida a la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205” (art. 26.3 de la LCSP). No obstante, nada impide que en la preparación y adjudicación de estos contratos privados se tengan en cuenta las normas aplicables a las Administraciones Públicas dentro de la LCSP, concediendo a los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administración Pública la posibilidad de optar por cualquiera de los procedimientos de contratación aplicables a ésta; en este sentido se ha pronunciado la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su Informe 1/2019, de 25 de Enero, siguiendo la interpretación efectuada por la Abogacía del Estado 2/2018 (R-32/2018) y por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado en su recomendación de 28 de febrero de 2018. Así pues, el régimen jurídico a aplicar en la licitación del contrato a que se refiere el escrito de consulta variará en función de que aquélla la realice el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha, o la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A., al ser distinta la naturaleza jurídica de ambos contratos. En el caso del Ente Público, el contrato a celebrar tendría carácter administrativo, por su objeto (suministro de combustible) y por el sujeto que lo realiza, que tiene el carácter de Administración Pública. En el caso de la Televisión Autonómica, el contrato a celebrar tendría carácter privado, por su objeto (suministro de combustible) y por el sujeto que lo realiza, que tiene el carácter de poder adjudicador que no reúne la condición de Administración Pública. Sobre la base de las consideraciones anteriores, se formula la siguiente CONCLUSIÓN La contratación del suministro de combustible para los vehículos de Castilla-La Macha Media, debería realizarse mediante dos licitaciones: una llevada a cabo por el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha y, otra, por la empresa pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A., al ser distinto el régimen jurídico aplicable a ambas licitaciones, de conformidad con lo dispuesto en la LCSP y en el presente escrito. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, lo que aquí se establece tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante para la entidad destinataria del mismo. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
En relación con la citada consulta, y según resulta de los antecedentes expuestos, podemos concluir que la figura que pretende llevar a cabo esa entidad es la de cesión del contrato. La cesión de los contratos administrativos se define como un negocio voluntario y bilateral, que supone una novación modificativa -no extintiva- subjetiva, en la que el contratista de modo voluntario traspasa a un tercero su posición -la totalidad de los derechos y obligaciones-, en el contrato objeto de cesión, previa autorización de la Administración contratante (el órgano de contratación). El Pliego de Condiciones económico-Administrativas que constituye ley del contrato, no se refiere a la cesión del contrato, indicando únicamente en su artículo 23, entre los supuestos de caducidad de la concesión, la “Transferencia de la concesión sin autorización del Ayuntamiento”. En la actualidad, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP) regula la cesión de los contratos en su artículo 214. No obstante, dado que el contrato a que se refiere esa entidad data del año 1994, hemos de tener en cuenta las disposiciones transitorias de la citada Ley; en concreto, lo establecido en la disposición transitoria primera que, en su apartado segundo, establece: “Los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su modificación, duración y régimen de prórrogas, por la normativa anterior”. La cesión de los contratos se regula en la LCSP dentro de la sección tercera, del capítulo I, del título I, del Libro II, que se ocupa de “los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos”; por lo tanto, habrá que tener en cuenta la normativa de aplicación al contrato que nos ocupa en la fecha de adjudicación del mismo: XX de abril de 1994. En el ámbito estatal, regían la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril (en adelante LCE), legislación básica de aplicación a las entidades locales a raíz de su modificación llevada a cabo por el Real Decreto Legislativo 931/1986, de 2 de mayo. El desarrollo reglamentario de la citada ley lo constituía el Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, por el cual se aprobó el Reglamento General de Contratación del Estado (de ahora en adelante, RGCE). En el ámbito local, resultan aplicables el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 9 de enero de 1953 (RCCL, en adelante) y el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955 (RSCL, en adelante). El artículo primero del pliego prevé como objeto del contrato “el otorgamiento de la concesión administrativa para la construcción, mediante el correspondiente proyecto y subsiguiente gestión y explotación de un aparcamiento público subterráneo para vehículos automóviles, ubicado en el XX, con una capacidad mínima para XX automóviles”. Dicho objeto coincide con lo dispuesto en el artículo 114 del RSCL que establece lo siguiente: “1. Los servicios de competencia de las Entidades locales podrán prestarse mediante concesión administrativa, salvo en los casos en que esté ordenada la gestión directa. 2. La concesión podrá comprender: a) la construcción de una obra o instalación y la subsiguiente gestión del servicio a que estuvieren afectas”. El objeto del contrato responde, pues, a la naturaleza del actual contrato de concesión de obra pública que delimita como tipo contractual el artículo 12 de la LCSP. No obstante, esta tipificación no aparecía en la normativa que, en la fecha de licitación del contrato, resultaba de aplicación, aunque en esencia responda a la definición del mismo, contrato que comprende la ejecución de la obra y su posterior explotación. Por tanto, en dicha fecha podríamos hablar de la existencia de un contrato mixto: contrato de obras (construcción de los aparcamientos) y gestión de servicio público (gestión y explotación de los aparcamientos). La LCE no contemplaba expresamente la figura del contrato mixto; empero, podemos traer a colación el Informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado 3/1995, de 22 de marzo que, si bien, referido a la cuestión de la clasificación en un contrato mixto de obra y asistencia, puede resultar de aplicación al caso que nos ocupa. En el citado informe, la Junta indicaba: “(…) 2. La determinación de la clasificación exigible en cada contrato requiere con carácter previo una calificación del mismo que determine su naturaleza jurídica y una vez que se ha llegado a la consideración del contrato como contrato mixto, es decir, en el caso concreto que se somete a consulta, que contiene prestaciones relativas a contratos de obras y a contratos de asistencia en su modalidad de consultoría, aplicar las normas de la legislación de contratos del Estado que determinan el régimen jurídico de los contratos mixtos. De las dos posturas doctrinales existentes en orden a la regulación de los contratos mixtos la teoría de la combinación de normas de las distintas prestaciones y la teoría de la aplicación de normas de la prestación principal-, la vigente legislación de contratos del Estado se inclina por la segunda al establecer el artículo 240 del Reglamento General de Contratación del Estado que "aún cuando el empresario deba realizar obras accesorias de instalación y montaje de los bienes se considerará el contrato como de suministro, siempre que tales operaciones constituyan una obligación impuesta en los correspondientes pliegos de bases" añadiendo que "por el contrario, cuando a juicio del órgano de contratación, dado el tiempo que precise la ejecución de la obra subsiguiente y el porcentaje que represente en el precio total deba considerarse la obra como elemento principal y el suministro como accesorio, se regulará íntegramente el negocio por el Título II del presente Libro". Esta norma reglamentaria que en su dicción expresa se refiere a contratos mixtos de obras y suministro, aunque debe aplicarse a contratos mixtos de obras y asistencia en virtud de lo preceptuado en el artículo 1 del Decreto 1005/1974, de 4 de abril, permite resolver sin dificultad la cuestión de la clasificación exigible, dado que si el contrato mixto de obra y suministro dará lugar a la exigencia de clasificación sólo cuando se califique como contrato de obras y no de suministro (al no estar establecido este requisito para este último contrato) por idéntica razón, el contrato mixto de obras y asistencia dará lugar a la exigencia de clasificación de contratistas de obras cuando se califique como contrato de tal carácter y a la exigencia de clasificación de empresa consultora cuando el contrato se califique de asistencia, teniendo en cuenta que, como hemos indicado, en los contratos mixtos su calificación determina la aplicación del régimen jurídico correspondiente. (…)” La LCE y el RCE regulaban tanto la cesión del contrato de obras, como la cesión del contrato de gestión de servicio público. El artículo 58 de la LCE, referido al contrato de obras, establecía: “Los derechos dimanantes de un contrato de obras podrán ser cedidos a tercero siempre que las cualidades personales o técnicas del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato”; por su parte, los artículos 182 y 183 del RCE se pronunciaban en los siguientes términos: “Artículo 182 Los derechos dimanantes de un contrato de obra podrán ser cedidos a tercero siempre que las cualidades personales o técnicas del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato. El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que correspondían al cedente. Artículo 183 Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos a terceros deberán cumplirse los siguientes requisitos: 1. Que la Administración autorice expresamente y con carácter previo la cesión. 2. Que el cedente tenga ejecutado, al menos, un 20 por 100 del presupuesto total del contrato. 3. Que se formalice la cesión en escritura pública”. Respecto del contrato de gestión de servicios públicos, el artículo 81 de la LCE disponía que “La cesión del contrato de gestión de servicios púbicos requerirá la aprobación previa de la autoridad que lo hubiera otorgado, siendo preciso que el primitivo empresario haya realizado la explotación durante el plazo mínimo de cinco años, y no surtirá efectos en tanto no se formalice el negocio en escritura pública”. En los mismos términos se manifestaba el RCE en su artículo 234: “La cesión del contrato de gestión de servicios públicos requerirá la aprobación previa de la Autoridad que lo hubiera otorgado, siendo preciso que el primitivo empresario haya realizado la explotación durante el plazo mínimo de cinco años, y no surtirá efectos en tanto no se formalice el negocio en escritura pública”. De acuerdo con lo expuesto, y dando contestación a lo solicitado por ese Ayuntamiento, indicar que puede llevarse a cabo la cesión del contrato siempre que se realice dentro de los términos que la LCE establece para la misma, ya sea aplicando la regulación de la cesión del contrato de obras o la de la gestión de servicios públicos, dependiendo, tal y como se ha indicado, de cuál sea la prestación principal del contrato que nos ocupa, y siempre que el cesionario tenga plena capacidad de obrar y no se encuentre incurso en ninguna prohibición para contratar (artículo 9 de la LCE). Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
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Centro de Investigación Agroforestal "Albaladejito" Publicación de los resultados de un cultivo de salvia española en la provincia de Cuenca Acceso a la publicación a través del Portal de Investigación Se han publicado los resultados de un ensayo 27 de Marzo de 2026 Noticia Relación definitiva de personas... Resolución de 17/03/2026, del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (Iriaf), por... 25 de Marzo de 2026 Noticia Relación definitiva de personas admitidas y excluidas Bolsa de Trabajo del Cuerpo Superior de Investigación. Especialidad en Conservación y Gestión de Recursos Fitogenéticos Vegetales. Resolución de 17/03/2026, del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal 25 de Marzo de 2026 Noticia Firma de convenio de colaboración... Firma de convenio de colaboración científica entre el IRIAF y la Asociación Nacional de Criadores de Ganado Ovino Selecto de Raza Manchega... 16 de Marzo de 2026 Noticia Firma de convenio de colaboración científica entre el IRIAF y la Asociación Nacional de Criadores de Ganado Ovino Selecto de Raza Manchega (AGRAMA) Firma de convenio de colaboración científica entre el IRIAF y la Asociación Nacional de Criadores de Ganado Ovino Selecto de Raza Manchega (AGRAMA), para el desarrollo del "Proyecto de Mant 16 de Marzo de 2026 Paginación 1 2 3 4 Siguiente › Siguiente página Último » Última página
Ciencias Investigador 15 de Septiembre de 2025 TÉCNICO SUPERIOR DE APOYO PROGRAMA INVESTIGO. IVICAM, Ciudad Real CIUDAD REAL Descripción del puesto ofertado Línea de investigación: Herramientas genómicas para la conservación de la biodiversidad y la mejora genética de cultivos leñosos ante el cambio climático. Tareas a realizar: Desarrollo, estandarización y validación de marcadores moleculares microsatélites (SSRs) en Pistacho (Pistacia spp.) Caracterización genética y catalogación del germoplasma de pistacho. Genotipado y secuenciación genómica en vid y pistacho: selección de cultivares representativos de interés agronómico y/o adaptativo, extracción de ADN/ARN de alta calidad detejidos vegetales, secuenciación de transcriptomas (RNA-Seq) en condiciones de estrés abiótico, comparación genómica entre cultivares o especies. Análisis de diversidad genética y estructura poblacional. Identificación de genes y marcadores asociados a adaptación al cambio climático. Bioinformática y análisis de datos: bases de datos genómicas de especies y variedades leñosas, principalmente vid y pistacho, integración de datos genómicos con datos fenotípicos y ambientales. Desarrollo de herramientas genómicas para programas de mejora: diseño y validación de marcadores moleculares funcionales. Diseño de estrategias de conservación genética basadas en información genómica. Recomendaciones para la gestión sostenible de bancos de germoplasma. Actividades transversales: Documentación científica: búsqueda de bibliografía, redacción de artículos, informes, protocolos Gestión de datos e integración de bases de datos genéticas. Colaboración con otros grupos de investigación y bancos de germoplasma nacionales e internacionales. Participación en tareas formativas, de divulgación y transferencia tecnológica. Asistencia a reuniones y congresos. Cuantas tareas técnicas y/o administrativas complementarias a las anteriores sean necesarias. Requisitos Titulación: Graduado en Biotecnología, Bioquímica o titulaciones relacionadas. Requisitos particulares: Conocimientos en manejo de equipamiento y técnicas de análisis comunes en laboratorios genéticos: extracción de ADN y ARN, amplificación PCR, electroforesis capilar, genotipado y secuenciación genómica. La edad estará comprendida entre 16 y 29 años. Deberán encontrarse desempleados e inscritos como demandantes de empleo en las oficinas Empleo de Castilla-La Mancha, con carácter previo a su contratación. Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, incurrir en causa de incompatibilidad establecida en la Ley 53/1984 del 26 de diciembre de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Se ofrece Contrato de trabajo laboral de personal de investigación de 12 meses, sujeto a la Ley 14/2011 de la Ciencia en el centro de trabajo: IVICAM, Tomelloso, Ciudad Real. Documentos relacionados Resolución 316.17 KB
Ciencias Agroalimentario Investigador 20 de Mayo de 2024 Resolución de 03/05/2024, del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (Iriaf), por la que se efectúa la convocatoria de contrato predoctoral en el marco de proyectos específicos de I+D Valdepeñas Enlace a la solicitud Descripción del puesto ofertado Contrato predoctoral para participar en el estudio de la aplicación de estrategias de sostenibilidad mediante la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y aumentar la capacidad para hacer frente a los impactos de la evolución climática como medida de adaptación dentro de los programas de cría, con el fin último de aumentar la resiliencia general del sector ovino lechero. https://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2024/05/14/pdf/2024_3655.pdf&tipo=rutaDocm Tareas a realizar: a) Recogida de muestras y datos en ganaderías: medición de metano en granja, recogida de muestras de control lechero, visita a explotaciones para recoger información. b) Gestión de las bases de datos que se generen durante el desarrollo del proyecto. c) Análisis estadístico de los datos. d) Asistencia a cursos de formación, estancias formativas, congresos científicos, foros de discusión y reuniones de coordinación del proyecto. e) Participación en la elaboración de artículos científicos en los que se publiquen los resultados más destacados del proyecto. f) Colaboración en la elaboración de informes y, en general, en la difusión y transferencia de resultados a las asociaciones colaboradoras y demás operadores del sector y del público en general. g) Cuantas otras tareas técnicas y/o administrativas complementarias a las anteriores sean necesarias para el desarrollo del proyecto Requisitos Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que se encuentren matriculadas o admitidas en un programa de doctorado para el curso 2023/2024, en el momento de presentación de la solicitud. También podrán ser solicitantes todas aquellas personas que, en el momento de presentación de la solicitud, no estando matriculadas o admitidas en un programa de doctorado, estén en disposición de estarlo en la fecha en la que se formalice el contrato. Además deberán cumplir con los siguientes requisitos: -Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados Miembros en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. -Poseer la titulación establecida en la resolución de convocatoria: licenciatura (*) en veterinaria, biología, farmacia, ciencia y tecnología de los alimentos, bioquímica, ingeniería agronómica, ciencias ambientales o equivalente. (*) Podrán acceder también con el Grado correspondiente, teniendo en cuanta que en el caso de estar en posesión de grados con menos de 300 créditos ECTS, tendrán que, además, estar en posesión de un título de Máster universitario. -Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. No podrán ser solicitantes, ni acceder a la contratación que se incentiva, quienes cumplan cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Haber iniciado su formación predoctoral con financiación de otras ayudas destinadas a la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral que se hayan otorgado en el marco del Plan Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica o de alguno de los anteriores Planes Nacionales. b) Estar en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera. c) Haber disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses. Se ofrece Contrato predoctoral para el Cersyra de Valdepeñas de 4 años a jornada completa. Documentos relacionados Convocatoria oferta de empleo 509.92 KB