El Gobierno de Castilla-La Mancha ha ofertado un total de 39.458 plazas educativas para el próximo curso académico 2026-2027 en centros educativos y públicos de la provincia de Toledo en el proceso de admisión de alumnos y alumnas que ya está en marcha y cuyo periodo de solicitudes permanecerá abierto hasta el próximo día 9 de marzo.Un nuevo proceso de oferta educativa para familias y alumnado diseñado teniendo en cuenta las necesidades heterogéneas de la provincia de Toledo y que se conforma como un “procedimiento claramente público, transparente y garantista en el acceso a la educación”, tal y como ha señalado el delegado provincial de Educación, Cultura y Deportes, José Gutiérrez.Tal y como ha explicado el reparto de plazas en los distintos ciclos educativos supone una oferta de 10.819 plazas para Educación Infantil; de 11.995 para Educación Primaria; de 9.916 para Educación Secundaria Obligatoria; y de 6728 para Bachillerato.José Gutiérrez ha incidido en la importancia de este proceso que cada año se pone en marcha de cara al inicio del próximo curso escolar y ha animado a las familias “a presentar las solicitudes en el periodo ordinario abierto por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la elección de plazas vacantes ofertadas”.Solicitudes que, según ha detallado el delegado provincial, pueden presentarse con distintas posibilidades como es manera electrónica a través de la plataforma educativa Educamos Castilla-La Mancha, y para las familias que no dispongan de acceso a esta plataforma podrán solicitarlas en cualquier centro educativo y también en la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes, situada en la ciudad de Toledo en la avenida de Europa 26 y en la Delegación de la Junta de Comunidades en Castilla-La Mancha en Talavera de la Reina, ubicada en la plaza del Pan.NovedadesVarias son las novedades de calado que presenta el proceso de admisión de alumnos y alumnas para el próximo curso en la provincia de Toledo puesto que incluye tres nuevos bachilleratos y dos nuevos centros educativos.Estamos hablando, ha detallado Gutiérrez, “la oferta de Bachillerato de Artes en el Instituto ‘Juan de Padilla’ de Illescas que ofrece la especialidad de música; de dos cursos de Bachillerato en el Instituto ‘Almudena Grandes’ de Ugena, uno en Humanidades y Ciencias Sociales y el otro Científico Tecnológico; y el nuevo Centro de Educación Especial de Illescas y del nuevo Instituto número 4 en la zona del Señorío de Illescas, donde vamos a ofertar 90 plazas de Primero de Educación Secundaria Obligatoria”.También ha señalado otra importante novedad para el curso 2026-2027 como es “la bajada de ratio un año más, en este caso en Segundo de Educación Primaria, de forma que tenemos ya la ratio de 22 alumnos y alumnas como máximo en toda la educación Infantil y en primero y segundo de Primaria, aunque la ratio real está bastante por debajo”.“Hay que recordar -ha añadió Gutiérrez- que nos encontramos al llegar a Gobierno regional la ratio en Educación Infantil en 28 alumnos y alumnas y en 30 en Educación Primaria, mientras que en Educación Secundaria Obligatoria estaba en 2015 en 35 y ahora está en 30 estudiantes, y en Bachillerato la ratio era de 40 y la hemos bajado a los 32 actualmente”.Fechas clave a tener en cuentaEn este proceso de admisión de alumnado hay fechas importantes que el delegado provincial ha remarcado como es que las solicitudes de centro tienen el plazo abierto hasta el 9 de marzo para todas las enseñanzas obligatorias y los bachilleratos.Y Gutiérrez ha hecho hincapié en que la Formación Profesional no está incluida en este proceso de elección de plaza ya que su periodo de solicitudes se abrirá en el mes de mayo.El día 23 de abril se publicará el baremo provisional para que las familias puedan corroborar sus solicitudes para lo que tendrán de plazo hasta el día 28 para presentar reclamación a ese baremo provisional si fuera necesario”.El 28 de mayo se publicará el baremo definitivo al que se podrán presentar reclamaciones hasta 1 de junio y la adjudicación definitiva de las plazas de todas las enseñanzas, es decir, Educación Infantil, Educación Primaria y Bachillerato se publicará el 26 de junio, abriéndose el plazo de matriculación del 26 de junio al 2 julio en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, y del 1 al 3 de julio para Bachillerato. Por último, el proceso de plazo extraordinario se abrirá el 9 de julio.Por último, José Gutiérrez ha querido pone en valor que en este proceso de admisión de alumnado el resultado es de “un 95% aproximadamente de obtención de plaza en la primera opción, son seis lo centros que pueden solicitarse” y, “si tenemos en cuenta la primera y la segunda opción ese porcentaje alcanza el 98%.
El consejero de Educación, Cultura y Deportes, Amador Pastor, ha señalado que la VIII Feria de la Ciencia ´Zienziaburum, organizada por un instituto en un entorno rural, trasciende el ámbito educativo para convertirse en un verdadero motor de dinamización social y cultural. Consuegra (Toledo), 18 de abril de 2026.- El Gobierno de Castilla-La Mancha destinará alrededor de 500.000 euros a acciones de divulgación vinculadas a la investigación científica y la transferencia tecnológica, reforzando así su compromiso de trasladar a la sociedad el valor y el impacto del conocimiento generado.Esta inversión se enmarca en la convocatoria de proyectos de investigación científica y transferencia tecnológica cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), que incorpora de manera explícita la dimensión divulgativa. De este modo, los proyectos concedidos en la convocatoria de ayudas contemplan un porcentaje de financiación destinado a actividades de comunicación y difusión de sus resultados, acercando la ciencia a la ciudadanía y favoreciendo su comprensión y reconocimiento social.De este mismo ha dado cuenta el consejero de Educación, Cultura y Deportes, Amador Pastor, en una visita que ha realizado a la VIII Feria de la Ciencia ´Zienziaburum´ del IES Consaburum de Consuegra (Toledo). En el encuentro, ha estado acompañado de la directora general de Innovación y Centros, Mariló Pérez. En su intervención, Amador Pastor también ha comentado que este impulso a la divulgación científica forma parte del Programa de Comunicación y Cultura Científica, uno de los seis programas incluidos en la Línea Estratégica 1 -Consolidación e impulso del sistema de I+D+I de Castilla-La Mancha (SIDICAM)- del Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (PRINCET 2025-2028).El programa tiene como objetivo consolidar un modelo estructurado de comunicación, divulgación y reconocimiento de la ciencia y la innovación en la región, basado en los principios de la ciencia abierta. Se apuesta por una comunicación transparente, coherente y accesible que permita fortalecer el vínculo entre investigación, innovación y sociedad, al tiempo que mejora el reconocimiento social de la actividad científica.Entre sus actuaciones destacan la creación de espacios de conocimiento en zonas rurales y el desarrollo de iniciativas de divulgación en colaboración con centros educativos, universidades y otras entidades, contribuyendo así a una cultura científica más inclusiva y territorialmente equilibrada.De otro lado, y centrado en la VIII Feria de la Ciencia ´Zienziaburum´ del IES Consaburum de Consuegra, Amador Pastor ha señalado que una feria de la ciencia de este calibre, organizada por un instituto en un entorno rural, trasciende el ámbito educativo para convertirse en un verdadero motor de dinamización social y cultural. “Este tipo de iniciativas no solo acercan el conocimiento científico a la ciudadanía, sino que también rompen barreras territoriales, demostrando que la innovación y el pensamiento crítico no son patrimonio exclusivo de los grandes núcleos urbanos. Además, fomentan vocaciones científicas entre el alumnado, fortalecen el vínculo entre el centro educativo y su comunidad y contribuyen a generar orgullo colectivo en torno al talento local”, ha señalado. La Feria de la Ciencia alcanza este año su VIII edición. Se trata de un evento de alcance nacional que ha reunido a unos 650 participantes activos y entre 2.000 y 2.500 visitantes, con presencia de centros educativos de varias comunidades autónomas, además de Castilla-La Mancha.Ha contado con 33 estands de divulgación científica de distintos niveles educativos, junto a la participación de asociaciones, museos, empresas, universidades y entidades del ámbito sanitario e institucional. Paralelamente, se ha desarrollado un amplio programa de actividades que incluye charlas, experiencias inmersivas (como planetarios y realidad virtual), talleres, exposiciones, música en directo y acciones solidarias a favor de asociaciones como AFANION y la Asociación Española Contra el Cáncer.La iniciativa está liderada por la docente Ana Belén Yuste, reconocida a nivel nacional, con la colaboración de la comunidad educativa, instituciones locales y regionales, consolidándose como un referente de divulgación científica y participación social en el ámbito educativo“La labor de Ana Belén Yuste al frente de la organización de la Feria constituye un ejemplo destacado de compromiso educativo, capacidad de liderazgo e impulso de la divulgación científica en el ámbito escolar. Gracias a su iniciativa, el evento se ha consolidado como una cita de referencia, con proyección nacional y una amplia participación de centros, instituciones y entidades. Este trabajo se ve además respaldado por su reconocimiento como una de las mejores docentes de España, tras obtener la medalla de plata en los Premios Educa Abanca”, ha sentenciado el consejero de Educación.
Resolución de 16/03/2026, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca la acción formativa denominada: Curso de Formación Continua de Especialización en Gobierno Abierto, incluida dentro del Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2026.
Transparencia Contratación pública y transparencia La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, establece que, sin perjuicio de las obligaciones de publicidad activa que la legislación estatal básica impone, la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de entidades del sector público regional, deberán publicar y mantener actualizada una serie de información en materia de contratación que enumera taxativamente en su artículo 16. Por su parte, y con el fin de asegurar la transparencia de la actividad contractual, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, regula en su artículo 63 el perfil de contratante como elemento que agrupa la información y documentos relativos a dicha actividad y cuyo acceso será público, libre y gratuito. Publicidad activa Información accesible desde la Plataforma de Contratación del Sector Público Perfiles del sector público regional Mesas de contratación Información sobre licitaciones en curso, sobre contratos adjudicados, declarados desiertos, renuncias o desistimientos y licitaciones anuladas Información sobre incidencias en la ejecución de contratos y resolución de contratos Banco de datos de contratación pública regional Informes anuales de contratación del sector público regional El artículo 10.5 del Decreto 28/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la contratación electrónica en el sector público regional, establece la obligación por parte de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de elevar al Consejo de Gobierno un informe anual sobre la contratación del sector público regional de Castilla-La Mancha en el que, al menos, de forma agregada y para cada uno de los componentes del sector público regional se indique, el número de contratos celebrados, su importe y la clasificación por tipos o categorías. Informe contratación sector público regional 2024 Informe contratación sector público regional 2023 Informe contratación sector público regional 2022 Informe contratación sector público regional 2021 Informe contratación sector público regional 2020 Informe contratación sector público regional 2019 Informe contratación sector público regional 2018 Informe contratación sector público regional 2017 Informe contratación sector público regional 2016 Informe contratación sector público regional 2015 Informe contratación sector público regional 2014 Informe contratación sector público regional 2013 Informe contratación sector público regional 2012 Informe contratación sector público regional 2011 Contratos de emergencia del sector público regional En este apartado puede descargarse la información detallada en formato reutilizable de la totalidad de contratos de emergencia adjudicados por los órganos de contratación que forman parte del sector público regional desde el año 2020, incluidos aquellos celebrados con ocasión de la crisis sanitaria del COVID 19. Esta información se actualizará de forma periódica mediante la publicación de sucesivos ficheros con indicación en cada caso de la fecha de generación de los mismos. Debe indicarse, no obstante, que la adjudicación de los contratos de emergencia es objeto de la publicidad legal en el Perfil de contratante de cada uno de los órganos de contratación referidos, que se aloja en la Plataforma de Contratación del Sector Público Contratos de emergencia del sector público regional 2025 Contratos de emergencia del sector público regional 2024 Contratos de emergencia del sector público regional 2023 Contratos de emergencia del sector público regional 2022 Contratos de emergencia del sector público regional 2021 Contratos de emergencia del sector público regional 2020 Negocios jurídicos patrimoniales y Transparencia La Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, incorpora en los artículos 85.3) y 87.4) obligaciones de publicidad activa en el Portal de Transparencia, para determinados negocios jurídicos patrimoniales, como son los de adquisición onerosa, venta, permuta, arrendamiento de bienes inmuebles y derechos reales que recaigan sobre los mismos. Por ello, en cumplimiento del mandato legal antes establecido, se refleja en este apartado la información anteriormente señalada, respecto del ámbito de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. Pliego de condiciones para venta en subasta pública de inmuebles propiedad de la JCCM Anuncio DOCM subasta de bienes inmuebles expediente 18-2020 Anuncio DOCM subasta de bienes inmuebles expediente 25-2021 Anuncio DOCM subasta de bienes inmuebles expediente 18/2020 y 56/2021 Ficha contrato arrendamiento Sede Centro de Atención Temprana. Consejería Bienestar Social Concurso público arrendamiento de un inmueble en Illescas (Toledo). Expte patrimonio 27/2021 Pliego-condic-concurso-arrendamiento -inmueb-Distr-Salud-Pca-ILLESC- 27-2021 Ficha-contrato-arrendamiento-inmueble-sede-distrito salud-publica-Illescas Anuncio-docm-conv-concurso-arrendamiento-inmueble Distrito Salud Pca Illescas expte 27-2021 Ficha expediente patrimonial 40/2021 contrato arrendamiento varios locales del inmueble “CIE I y CIE III” Ficha arrendamiento del Stand 8d100 del Pabellón 8 en el Recinto Ferial “Feria de Madrid” de Ifema Expte. 88-2021 Ficha arrendamiento del Stand en la 34ª Edición de la Feria Internacional SALÓN GOURMETS-2021 Ficha arrendamiento de bien inmueble con destino a ubicar en distrito de salud pública de Illescas (Toledo) Ficha de arrendamiento de bien inmueble a ubicar el Serv. de PRL de la JCCM en Ciudad Real Ficha arrendamiento de bien inmueble con destino a ubicar a personal adscrito a la D. G de Administración Digital Subasta relativa a la venta inmueble situado en Calle Silo, núm 3. San Lorenzo de la Parrilla (Cuenca). Expte 98/2021 Condiciones. Expte 98/2021 Ficha venta subasta inmueble San Lorenzo de la Parrilla Pliego de condiciones venta inmueble San Lorenzo de la Parrilla. Expte 98/2021 Anuncio DOCM 11-01-2022 Contrato arrendamiento de bien inmueble sede provisional de la Cámara de Cuentas de CLM. Expte. 18-2022 Ficha arrendamiento del Stand en la 35ª Edición de la Feria Internacional SALÓN GOURMETS-2022 Ficha arrendamiento de dos plazas de garaje en el aparcamiento subterráneo del paseo de Transito, Nº: 2 de Toledo Ficha contrato arrendamiento STAND en la 3ª Edición de la Feria agroalimentaria ORGANIC FOOD IBERIA Ficha contrato arrendamiento de nave en C-Solana, 56 en Ciudad Real para garaje vehículos parque móvil Ficha contrato arrendamiento bien inmueble sede provisional de la Cámara de Cuentas de CLM Ficha contrato arrendamiento de 16 locales, en edificio denominado “Bioincubadora de empresas” en Albacete Ficha contrato arrendamiento sede entidad de derecho público Infraestructuras del Agua CLM Ficha contrato arrendamiento stand participación 13ª Edición Feria Internacional “Fruit Attraction 2022” Ficha contrato arrendamiento espacio expositor participación en la V edición exposición “Marbella Design” Ficha contrato de arrendamiento de locales para la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas Ficha contrato de arrendamiento con destino a piso tutelado usuarios del CADIG Guadiana en Ciudad Real Ficha contrato de arrendamiento edificio Avda. Europa 5 por obras Edificio Nuncio en Toledo Ficha contrato de arrendamiento para Sede del O. A Agencia de Investigación e Innovación CL M en Puertollano Ficha arrendamiento de stand 5ª edición de la Feria Internacional Meat Attraction 2023 Ficha participación Administración Regional en 36ª Edición Feria Internacional "Salón Gourmets 2023" Ficha Contrato Arrendamiento "Asilo San Prudencio" en Talavera de la Reina Ficha Arrendamiento inmueble Sigüenza Distrito Salud Pública Ficha Arrendamiento inmueble Daimiel - Oficina Emplea Ficha arrendamiento de stand 4ª edición de la Feria Agroalimentaria Spanish Food Iberia Ficha arrendamiento Delegación Provincial de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital en Toledo Ficha arrendamiento parcela para helipuerto provisional Hospital General Albacete Ficha arrendamiento para Oficina de Trasparencia, Buen Gobierno y Participación Ficha arrendamiento de stand en Fruit Attraction 2023 Modificación contrato de arrendamiento de locales para la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas Ficha contrato de arrendamiento de tres plazas aparcamiento en C Pozo Dulce 17 de Ciudad Real Ficha arrendamiento de un espacio expositor para la participación en la Feria Alimentaria Barcelona2024 Ficha participación Administración Regional en 37ª Edición Feria Internacional "Salón Gourmets 2024" Ficha contrato de arrendamiento Delegación Provincial Hacienda, AAPP y Transformación Digital en Guadalajara Ficha contrato arrendamiento varias oficinas C/Río Cabriel, 12 de Toledo, para Oficina del Dato. Ficha de contrato de arrendamiento de un espacio expositor en el Salón Gourmets 2025 Ficha contrato arrendamiento para Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Ficha arrendamiento local para helisuperficie sanitaria provisional para Hospital General de Albacete Ficha arrendamiento de stand en Fruit Attraction 2025 Ficha arrendamiento del Edificio Belmonte en Albacete para la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible Ficha contrato arrendamiento vivienda Ciudad Real, para piso tutelado Centro de Atención Guadiana Ficha arrendamiento en El Quiñón en Seseña para consultorio médico local Ficha arrendamiento participación Administración Regional 39ª edición Feria Internacional "Salón Gourmets 2026" Ficha contrato de arrendamiento de espacio expositor, para la participación en la Feria Internacional Alimentaria Barcelona-2026. Expediente: 27-2026 Subasta para la enajenación de bienes inmuebles propiedad de la JCCM. Expte 54-2023 Pliego de cláusulas Publicación DOCM anuncio de subasta Ficha contrato arrendamiento de local en Illescas (Toledo) para Unidad Técnica Ganadera. Expte 136-2025 Informes emitidos por la Oficina de Evaluación Financiera de Castilla-La Mancha El apartado 3 del artículo 5 de la Orden 112/2023, de 19 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (actualmente Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital), por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina de Evaluación Financiera de Castilla-La Mancha establece que los informes preceptivos emitidos por esta Oficina serán publicados a través de los portales de contratación y de transparencia de Castilla-La Mancha. INFORMES EMITIDOS POR LA OFICINA DE EVALUACIÓN FINANCIERA
Antes de contestar a la consulta, hemos de recordar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), la entidad consultante (XX) entra dentro de la categoría de entidades del sector público, a los efectos de aplicación de la LCSP. El artículo 335 de la LCSP, que regula la remisión de contratos al Tribunal de Cuentas, establece en su apartado primero: “1. Dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, para el ejercicio de la función fiscalizadora, deberá remitirse al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma una copia certificada del documento en el que se hubiere formalizado aquel, acompañada de un extracto del expediente del que se derive, siempre que el precio de adjudicación del contrato o en el caso de acuerdos marco, el valor estimado, exceda de 600.000 euros, tratándose de obras, concesiones de obras, concesiones de servicios y acuerdos marco; de 450.000 euros, tratándose de suministros; y de 150.000 euros, tratándose de servicios y de contratos administrativos especiales. Asimismo, serán objeto de remisión al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma la copia certificada y el extracto del expediente a los que se refiere el párrafo anterior, relativos a los contratos basados en un acuerdo marco y a los contratos específicos celebrados en el marco de un sistema dinámico de adquisición, siempre que el precio de adjudicación del contrato exceda en función de su naturaleza de las cuantías señaladas en el citado párrafo. Además, se remitirá una relación del resto de contratos celebrados incluyendo los contratos menores, excepto aquellos que siendo su importe inferior a cinco mil euros se satisfagan a través del sistema de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores, donde se consignará la identidad del adjudicatario, el objeto del contrato y su cuantía. Dichas relaciones se ordenarán por adjudicatario. Esta remisión podrá realizarse directamente por vía electrónica por la Plataforma de Contratación donde tenga ubicado su perfil del contratante el correspondiente órgano de contratación”. La Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, creada por la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha (en adelante, Ley 7/2021), es nuestro órgano de control externo. El artículo 8.c) de la citada Ley establece que este órgano realizará, en el ámbito del contenido de la función fiscalizadora: “La fiscalización de los contratos, cualquiera que sea su naturaleza, celebrados por los distintos integrantes del sector público autonómico y local, incluida su preparación, adjudicación, ejecución, modificación y extinción, así como de los encargos a medios propios en los términos previstos en la legislación vigente en materia de contratos del sector público”. De acuerdo con lo indicado en el artículo 2.1.b) de la Ley 7/2021, el XX está sujeto al control de la Cámara de Cuentas, al ser una entidad del sector público regional. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 335.5 de la LCSP (“La forma y el procedimiento para hacer efectivas las remisiones a las que se refiere el presente artículo podrán determinarse por el Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma mediante las correspondientes instrucciones”), la Presidencia de la Cámara de Cuentas ha dictado la Resolución de 25 de abril de 2023, por la que se aprueba la Instrucción relativa a la remisión telemática de los extractos de los expedientes de contratación y convenios, así como de las relaciones de contratos, convenios y encargos a medios propios personificados, celebrados por las entidades del sector público de Castilla-La Mancha. El ordinal tercero de la citada Instrucción establece que: “1. Las entidades indicadas en los apartados a), b), d), e), f) y g) del artículo 2.1 de la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, remitirán las relaciones anuales de contratos, los extractos de los expedientes de contratación, los convenios y encargos a medios propios, de acuerdo con lo dispuesto en la «Instrucción General relativa a la Remisión Telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y convenios y de relaciones de contratos, convenios y encargos a medios propios personificados celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico», aprobada por Acuerdo del Pleno de Tribunal de Cuentas de 28 de junio de 2018 y publicada por Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas (BOE, núm. 182, de 28/07/2018)”. Por su parte, la Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, establece la documentación a remitir tal y como sigue: “II. Documentación a remitir al Tribunal de Cuentas por los órganos, organismos o entidades del Sector Público Estatal y Autonómico con periodicidad anual, una vez concluido el ejercicio correspondiente Los órganos, organismos y entidades del Sector Público Estatal y Autonómico deberán remitir anualmente al Tribunal de Cuentas las relaciones certificadas que se indican a continuación, relativas a los contratos, convenios y encargos a medios propios celebrados. Todas las relaciones certificadas deberán remitirse al Tribunal de Cuentas antes de que concluya el mes de febrero del ejercicio siguiente al que se refieran. En el supuesto de que no se hubiera formalizado ningún contrato, convenio o encargo a medios propios en el ejercicio precedente, las entidades públicas del ámbito estatal y autonómico estarán obligadas en todo caso a remitir un certificado negativo que contenga esta declaración. A. Las relaciones certificadas de contratos sujetos a la LCSP formalizados en el ejercicio precedente, incluyendo los contratos menores adjudicados en ese ejercicio, excepto aquellos que siendo su importe inferior a 5.000 euros, se satisfagan a través del sistema de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores. Asimismo, se incluirán los contratos subvencionados a los que se refiere el artículo 2.2 de la LCSP. A efectos de su inclusión en las relaciones certificadas de los contratos, en los expedientes de contratación que hayan dado lugar a múltiples adjudicatarios, y por tanto a múltiples contratos, por la existencia de lotes o prestaciones diferenciadas, en el modelo establecido para relacionar los contratos solo se deberá anotar un único número de orden por cada expediente de contratación y se hará constar el importe total de los contratos del expediente, relacionando a continuación, sin modificaciones del número identificativo del expediente, los datos correspondientes a todos los contratos derivados del mismo, consignando el número de lote que en cada caso proceda. (…)”. Asimismo, la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha (en adelante, Ley 4/2016), regula en su artículo 16 la “información sobre contratación pública”: 1. Sin perjuicio de las obligaciones de publicidad activa que la legislación estatal básica regula para los sujetos previstos en el artículo 4 de esta ley, la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el resto de entidades del sector público regional, deberán publicar y mantener actualizada (el resaltado es nuestro): (…) e) Los contratos formalizados, con indicación del objeto, la duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado, los instrumentos a través de los que en su caso se hayan publicitado, el número de licitadores participantes, los excluidos y admitidos en el procedimiento y la identidad de los adjudicatarios. (…)” Para hacer efectiva esta obligación de publicidad y transparencia, todos los contratos, con independencia de su cuantía, ya que el precepto citado no establece ninguna excepción, que se adjudiquen por las entidades del sector público regional deben figurar en el gestor electrónico PICOS. A través de este se canaliza el envío de estos contratos al Portal de Transparencia, dando cumplimiento así de la obligación existente en esta materia. En consecuencia, el XX, de acuerdo con su naturaleza como entidad del sector público regional, está sujeto a las obligaciones que establece, tanto la normativa contractual, como la de transparencia. Entre ellas, se encuentra la de remitir a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, como órgano externo de fiscalización, la documentación que deviene de la normativa citada. Asimismo, habrá de remitir al Portal de Transparencia de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los contratos que adjudique; dicha remisión se canalizará a través del gestor electrónico PICOS, por lo habrán de incluirse en él todos los contratos adjudicados por esa entidad. Todo lo anterior, con independencia del volumen de contratos que tramiten, pues las citadas normas no contienen ninguna previsión al respecto. En cualquier caso, si esa entidad considera que no debe remitir cierta documentación, deberá ponerlo en común con la Cámara de Cuentas o con el Servicio de Contratación electrónica (responsable de PICOS), no siendo este servicio competente para decidir sobre qué documentación debe remitirse y cuál no. Como conclusión: A efectos de la LCSP, y de la 7/2021, esa entidad deberá remitir a la Cámara de Cuentas todos los contratos que formalice, incluidos los contratos menores, excepto aquellos que, siendo su importe inferior a 5.000 euros, se satisfagan a través del sistema de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores. A efectos de la Ley 4/2006, deberán publicarse en el Portal de Transparencia todos los contratos adjudicados por esa entidad. Dicha publicación se canalizará a través de PICOS, por lo que deberá registrarlos previamente en el gestor electrónico. Finalmente, indicar que, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, establece en el artículo 15.2 que el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la relación de bienes inmuebles, con distinción entre demaniales y patrimoniales, los arrendamientos sobre inmuebles en los que esta Administración regional ostenta la condición de parte arrendataria, así como los bienes muebles y vehículos oficiales de los que sea titular y los arrendados, deben ser objeto de publicación en el Portal de Transparencia. Por su parte, la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en sus artículos 85.3) y 87.4), añade otros supuestos a esta obligación de publicidad y transparencia. En concreto, respecto de determinada información y documentación relativa a los negocios jurídicos patrimoniales que celebre la Administración regional, como son los de adquisición onerosa, venta, permuta, arrendamiento de bienes inmuebles y derechos reales que recaigan sobre los mismos. El cumplimiento de estos mandatos legales, en virtud de lo establecido en el Decreto 31/2025, de 29 de abril, de estructura y competencias de la Consejería de Fomento, corresponde a la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo, la cual tiene atribuidas las funciones en materia de administración y gestión del patrimonio separado de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de suelo residencial y no residencial a que se refiere el Decreto 22/1986, de 1 de abril, por el que se regulan las competencias y facultades de la Consejería de Política Territorial (actual Consejería de Fomento) respecto del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Urbanismo y Vivienda.
La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en el apartado 2 del art. 15, establece la información patrimonial que debe publicarse en el Portal de Transparencia, en concreto y en relación con el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la relación de bienes inmuebles, con distinción entre demaniales y patrimoniales, los arrendamientos sobre inmuebles en los que esta Administración ostenta la condición de parte arrendataria, así como de los bienes muebles y vehículos oficiales de los que sea titular y los arrendados. La obligación de información anterior, en el ámbito patrimonial de esta Administración, debe ser completada con lo dispuesto en la reciente Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuya entrada en vigor se produjo el día 19 de febrero de 2021, que ha incorporado en sus artículos 85.3) y 87.4) unas nuevas obligaciones, ya más específicas, de publicidad y transparencia para determinados negocios jurídicos patrimoniales, como son los de adquisición onerosa, venta, permuta, arrendamiento de bienes inmuebles y derechos reales que recaigan sobre los mismos. Por ello, en cumplimiento del mandato legal antes establecido, se refleja en este apartado del Portal de Transparencia la información anteriormente señalada.
Carta de servicios. Datos identificativos. El Centro Cartográfico de Castilla-La Mancha es el organismo responsable del buen funcionamiento de la actividad cartográfica pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Está adscrito a la Consejería de Fomento a través de la Secretaría General, y fue creado por Decreto 93/2010, de 1 de junio, de Ordenación de la Actividad Cartográfica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (parcialmente modificado por la Disposición Final Segunda del Decreto 85/2019, de 16 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento).Objetivos y fines.Esta carta es un documento público que pretende dar a conocer las actividades y los servicios que se desarrollan y se prestan desde el Centro Cartográfico de Castilla-La Mancha, los compromisos de calidad asumidos en su prestación y los derechos de la ciudadanía en relación con los mismos. La finalidad del Centro Cartográfico de Castilla-La Mancha es el ejercicio de las competencias que actualmente ostenta la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de Cartografía y Sistemas de Información Geográfica, así como aquellas que pueda asumir en el futuro. Carta de Servicios Folleto de la carta de servicios 4.68 MB Participación La participación ciudadana constituye un pilar esencial en la construcción de políticas públicas más abiertas, inclusivas y eficaces. En el ámbito de la cartografía, esta participación adquiere un valor estratégico al permitir que la ciudadanía, profesionales y entidades colaboren en la definición, mejora y aprovechamiento de los productos geoespaciales que ofrece la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través del Centro Cartográfico regional. Existen diversos mecanismos para esta participación. Desde la asistencia de voluntarios en los trabajos de campo del proyecto del Nomenclátor Digital de Castilla-La Mancha, pasando por diversos procesos participativos que convoca el Cartográfico, hasta la consulta o petición más directa a través de nuestras tres unidades cartográficas. Consulta nuestros procesos participativos Consulta nuestras consultas públicas previas Unidad cartográfica de Agricultura Unidad cartográfica de Desarrollo Sostenible Servicio de Cartografía de Fomento Más transparencia. La información geoespacial constituye, por sí misma, un ejercicio de transparencia. El Centro Cartográfico de Castilla-La Mancha, como unidad técnica de la Junta de Comunidades, se alinea con su marco normativo mediante la publicación abierta de sus productos y servicios, tanto en este portal como en el Portal de Mapas. Con ambas infraestructuras digitales se facilita a la sociedad el acceso libre y gratuito a la información territorial, promoviendo así un modelo de gobernanza basado en la apertura, la rendición de cuentas y la reutilización de datos públicos. Todo ello sin perjuicio de los datos publicados en el Portal de Transparencia. El Director del Centro Cartográfico Unidad técnica competente en materia cartográfica
La Asociación Española de Geografía organiza del 6 al 8 de octubre de 2025 en la ciudad de Huelva, el X Congreso Internacional de Sostenibilidad Ambiental y Territorial El evento congregará a expositores y participantes de 36 países de África, América y Europa, quienes debatirán políticas públicas, propuestas, programas, proyectos, iniciativas, emprendimientos, avances, retos, desafíos y recomendaciones para incorporar a la Agenda 2030, a fin de alcanzar más transparencia y participación en sus actividades. Las mesas temáticas de este X Congreso Internacional abordarán de forma transdisciplinaria, pero a la vez integral y con una visión holística, los problemas ambientales y territoriales que se confrontan en tres continentes, donde los miembros y aliados de Fundación Internacional para la Sostenibilidad Ambiental y Territorial son actores importantes que promueven el desarrollo sostenible local, regional y nacional, para avanzar democráticamente en los ODS. En esta página puedes encontrar las circulares y el enlace de inscripción
Certificación forestal La certificación forestal es un instrumento que garantiza a la sociedad que la madera o cualquier otro recurso forestal (leñas, resina, setas…) procede de un bosque gestionado de manera sostenible, siendo dicha gestión:Ambientalmente responsable, garantizando que el aprovechamiento de madera y productos no maderables mantiene la biodiversidad, la productividad y os procesos ecológicos de las áreas forestales.Socialmente beneficiosa, contribuyendo a que la población local y la sociedad disfruten de los beneficios a largo plazo de los sistemas forestales, con una mejor gestión de los recursos locales y la implicación de más actores en los planes de gestión forestal.Económicamente viable, mejorando la eficacia y rentabilidad de las operaciones forestales, sin poner en peligro los recursos, los ecosistemas o las poblaciones del entorno.Además, una gestión forestal responsable asegura el mantenimiento de los servicios de los ecosistemas, cuidando que aquellos elementos más sensibles no se vean afectados como la conservación de especies amenazadas, las aguas superficiales, la protección de cuencas, el almacenamiento y secuestro de CO2, así como el uso recreativo de los montes.El proceso de certificación forestal acredita el cumplimiento de unas normas y estándares de referencia reconocidos internacionalmente. Los dos sellos para la certificación de la Gestión Forestal Sostenible en España son FSC® (Forest Stewardship Council o Consejo de Administración Forestal) y PEFC (Programme for the Endorsement of Forest Certification Schemes o Programa para el Reconocimiento de Esquemas de Certificación Forestal).Sistema FSC®El FSC es una organización mundial, sin fines de lucro, dedicada a promover el manejo forestal responsable a escala global. Los estándares de FSC tienen el respaldo de actores ambientales, sociales y económicos y abordan una amplia gama de temas, desde el mantenimiento de altos valores de conservación del monte, hasta las relaciones con la comunidad promoviendo la información y participación pública en la gestión de los montes y los derechos de los trabajadores, así como el seguimiento de los impactos ambientales y sociales de la gestión forestal.Los Principios y Criterios que rigen la certificación FSC se basan en los Estándares Españoles de Gestión Forestal para la certificación FSC. FSC-STD-ESP-03-2018 ES. Estos Principios son los siguientes:Cumplimiento de leyes.Derechos de los trabajadores y condiciones de empleo.Derechos de los pueblos indígenas (sin aplicación en el Estado español).Relaciones con las comunidades.Beneficios del monte.Valores e impactos ambientales.Planificación de la gestión.Seguimiento y evaluación.Altos Valores de Conservación.Aplicación de las actividades de gestión.Sistema PEFCEn 1998 surge PEFC como una iniciativa voluntaria del sector privado forestal, basada en los criterios e indicadores emanados de las Conferencias interministeriales de Helsinki (1993) y Lisboa (1998) para la protección de los bosques de Europa. En 1999 se constituye PEFC España, entidad sin ánimo de lucro y miembro fundador del Consejo PEFC a nivel internacional. Los criterios e indicadores de la certificación PEFC se basan en la norma UNE 162.002: 2013 Gestión Forestal Sostenible. Criterios e indicadores.Los seis Criterios Paneuropeos son:Mantenimiento y mejora adecuada de los recursos forestales y su contribución al ciclo global del Carbono.Mantenimiento y mejora de la salud y vitalidad de los ecosistemas forestales.Mantenimiento y potenciación de las funciones productivas de los montes.Mantenimiento, conservación y mejora apropiada de la diversidad biológica en los ecosistemas forestales.Mantenimiento y mejora apropiada de funciones de protección en la gestión del bosque (sobre todo, suelo y agua).Mantenimiento de otras funciones y condiciones socioeconómicas.Los gestores o propietarios forestales que deseen certificar la gestión de sus montes deberán cumplir los requisitos de los esquemas de certificación forestal (FSC y/o PEFC), y la mejor forma de realizarlo es a través de la implantación de un Sistema de Gestión Forestal Sostenible (SGFS). La Consejería de Desarrollo Sostenible pone a disposición las Directrices de gestión forestal sostenible que se aplican en los montes certificados.El SGFS implantado debe someterse a un proceso de evaluación y auditoría por parte de una entidad de certificación que verifique que se cumplen los requisitos de los estándares y normas de referencia. Esta entidad debe estar acreditada por el FSC Internacional, en el caso de FSC, o por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), en el caso de PEFC.La certificación forestal imprime un sello de calidad a la gestión y un carácter diferenciado a los productos forestales que proceden de montes certificados, satisfaciendo la demanda por parte de los consumidores de productos procedentes de montes gestionados con criterios de sostenibilidad. Gracias al requerimiento de Cadena de Custodia, se garantiza la trazabilidad del producto forestal de un bosque bien gestionado, conectando los bosques y los consumidores, convirtiendo la certificación forestal en una importante herramienta de mercado que genera demanda y garantiza el abastecimiento de recursos de manera responsable.El proceso de certificación forestal es voluntario y debe ser transparente y abierto a la participación pública, por este motivo cualquier ciudadano interesado o afectado por el proceso, puede aportar todo tipo de sugerencias, consultas, observaciones y/o quejas. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en un ejercicio de transparencia, ha puesto en marcha planes de prevención de riesgos de corrupción poniendo a disposición de la ciudadanía el portal web Gobierno Abierto y Transparente (https://transparencia.castillalamancha.es/).De acuerdo a la Ley 3/2008, de Montes y Gestión Forestal Sostenible, la Administración regional se compromete a promover el desarrollo de los sistemas de certificación forestal, garantizando que el proceso sea voluntario, transparente y no discriminatorio, y velará porque dichos sistemas establezcan requisitos en relación con los criterios ambientales, económicos y sociales que permitan su homologación internacional.Así mismo, en los procedimientos de contratación pública, la Junta de Comunidades de Castila-La Mancha tratará de adoptar las medidas oportunas, de una parte, para evitar la adquisición de madera y productos derivados procedentes de talas ilegales de terceros países, y de otra, para favorecer la adquisición de aquellos procedentes de bosques certificados. Así mismo, mediante campañas de divulgación, se fomentará el consumo responsable de estos productos por parte de los ciudadanos.La Ley 3/2008, de Montes y Gestión Forestal Sostenible, establece con carácter general, que para los montes en régimen general administrativo que sustenten masas arbóreas y que tengan una superficie superior a 100 hectáreas, será exigible la presentación por parte del propietario del monte de un instrumento de gestión forestal sostenible.Certificación de producción ecológica de pastos y recolección de frutos silvestres en Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha.La producción ecológica es un sistema de producción agrícola, ganadera y de alimentos, protegida por el Reglamento (UE) 2018/848 y sus actos delegados y de ejecución. Los pastos y recolección de frutos silvestres están contenidos en la categoría “vegetales y productos vegetales no transformados, incluidas las semillas y demás materiales de reproducción vegetal” según el artículo 35 del Reglamento de la Unión Europea anteriormente mencionado.En agosto de 2023 la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a través de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad ha certificado en esta categoría un total de 111.400,12 has de montes de utilidad pública en producción ecológica de pastos y recolección de frutos silvestres. El certificado y los montes certificados pueden consultarse en la sección de descargas.Actuaciones Relacionadas: Certificación forestal en AlbaceteCertificación forestal en Ciudad RealCertificación forestal en CuencaCertificación forestal en GuadalajaraCertificación forestal en ToledoURLs de Interés: Visor de Montes de C-LMFSC: Consejo de Certificación ForestalPEFC: Programa para el Reconocimiento de Esquemas de Certificación Forestal Documentación Documento Certificación de producción ecológica de pastos y recolección de frutos silvestres en M.U.P 72.43 KB Documento Superficie certificada pública en Castilla-La Mancha 75.73 KB Documento Directrices de gestión forestal sostenible 354.08 KB
Portada Bienvenido al portal de contratación de CLM Le damos la bienvenida a nuestro portal de contratación. Aquí podrá encontrar toda la información y servicios relacionados con la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Destacados Destacados Revisión Directivas de Contratación de 2014 Comentarios de las Comunidades y Ciudades Autónomas sobre el proceso de consulta pública para la revisión de las Directivas del año 2014. Más información Boletín de noticias de contratación Suscríbete a nuestro boletín de noticias y recibirás las últimas novedades en materia de contratación pública del sector público regional. Más información Servicio de consultas InfocontrataCLM A través de este punto de información y consultas le ofrecemos orientación, apoyo y asesoramiento en materia de contratación pública. Más información Novedades Novedades Comentarios sobre el proceso de revisión de las Directivas de Contratación de 2014 Información estadística sobre contratos adjudicados a PYMES Actualización de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se modifican los umbrales de los contratos SARA Plan Anual de Contratación 2026 Ver todas las novedades Empresas En este espacio podrá encontrar toda la información que necesite para participar en los procedimientos de adjudicación de contratos que le interesen. Además, podrá acceder al expediente y seguir puntualmente su tramitación. Administración En este espacio, el personal empleado público y los órganos de contratación podrán encontrar toda la información que precisen para el adecuado ejercicio de sus funciones. Servicios Servicios Perfil de Contratante del Sector Público Regional Acceda a la información y documentos relativos a la actividad contractual del sector público de Castilla-La Mancha. Suscríbase a alertas de licitación y licitación electrónica. Repositorio de documentos de licitación de gran tamaño Acceder al servicio Formulario electrónico de contratación Permite a los operadores económicos aportar documentación o atender requerimientos de los órganos de contratación de forma electrónica. Requiere uso de firma electrónica. Acceder al servicio Registro Oficial de Licitadores de CLM Los operadores económicos pueden registrarse para reducir las cargas administrativas del proceso de contratación pública, evitando que las licitadoras tengan que presentar la misma documentación al contratar. Acceder al servicio Ver todos los servicios Junta Central de Contratación La Junta Central de Contratación es el órgano colegiado, integrado en la Oficina de Contratación, con funciones de carácter consultivo y de asistencia en materia de contratación pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Fondos MRR Fondos de la Unión Europea movilizados de forma extraordinaria por la necesidad de aunar esfuerzos para contrarrestar el impacto de la COVID-19 y transformar la economía. Normativa Consulte aquí la normativa vigente sobre contratación pública de Castilla-La Mancha. Transparencia En este espacio puede acceder a la información sobre transparencia de la contratación pública en Castilla-La Mancha.
La LCSP regula la cuestión de la confidencialidad en el artículo 133 en los siguientes términos: “1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la presente Ley relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores. El deber de confidencialidad del órgano de contratación, así como de sus servicios dependientes no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, genere directa o indirectamente el órgano de contratación en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles. El deber de confidencialidad tampoco podrá impedir la divulgación pública de partes no confidenciales de los contratos celebrados, tales como, en su caso, la liquidación, los plazos finales de ejecución de la obra, las empresas con las que se ha contratado y subcontratado, y, en todo caso, las partes esenciales de la oferta y las modificaciones posteriores del contrato, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (actualmente, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales)(…)”. El principio de confidencialidad que recoge este artículo, tal y como señala la Junta Consultiva de contratación administrativa de Aragón (emitido con ocasión del anterior TRLCSP) en su informe 15/2012, de 19 de septiembre “puede entrar en concurrencia o contradicción con uno de los derechos vertebradores de la contratación pública, como es el de la transparencia de los procedimientos, recogido en el artículo 1 TRLCSP, que se manifiesta tanto en la publicidad de las licitaciones, como en el acceso a aquella información que permita que los licitadores puedan hacer revisar aquellas actuaciones que consideren contrarias a la normativa y a las condiciones de la licitación. Esta concurrencia de derechos no siempre puede resolverse de manera pacífica: ni la confidencialidad puede comprender la totalidad de la oferta realizada por el adjudicatario, ni la transparencia puede implicar el acceso incondicionado al expediente de contratación y a los documentos que contiene. En el conflicto entre el derecho de defensa de un licitador descartado, y el derecho de protección de los intereses comerciales del licitador adjudicatario, se ha de buscar el equilibrio adecuado, de forma que ninguno de ellos se vea perjudicado más allá de lo necesario, como ha declarado el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en diversas Resoluciones, entre otras, la nº 199/2011 y la nº 62/2012. Sin embargo, en la coexistencia y equilibrio necesarios entre este derecho de confidencialidad y el principio de transparencia, antes apuntada, se apoya el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales —con argumentaciones compartidas por esta Junta— para concluir que la obligación de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta realizada por el adjudicatario, habida cuenta que el propio artículo 140.1 TRLCSP garantiza que este deber de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de publicidad e información que debe darse a candidatos y licitadores, obligaciones entre las que se encuentran incluidas las enumeradas en el artículo 151.4 TRLCSP (entre otras, Resolución nº 62/2012). Señala, además, el Tribunal que la extensión de la confidencialidad a toda la proposición podría estar incursa en fraude de ley en los términos previstos en el artículo 6.4 del Código Civil”. Hemos de señalar, que la ley protege tanto los derechos de propiedad intelectual, como los secretos comerciales, como herramienta legítima que toda empresa puede utilizar. El secreto comercial hace alusión a esa información que no se desea que conozca la competencia, y que supone una ventaja para la empresa que la posee, al no ser de conocimiento general para los demás competidores en el mercado. En el presente expediente, si bien en un principio se identificó como confidencial la totalidad de la oferta presentada por la empresa XX, ésta, a requerimiento de la Administración, a fin de que por la misma se indicara claramente qué documentación de la aportada es considerada confidencial por la empresa y se justificara el citado carácter dado a la misma, ha presentado escrito indicando las partes concretas de la misma que resultan confidenciales, justificando su carácter confidencial en los derechos de propiedad intelectual. Tras lo expuesto por la empresa, y de conformidad con lo dispuesto en la LCSP, corresponderá al órgano de contratación decidir si considera justificado el carácter confidencial de la documentación que ha indicado la empresa XX, de forma que quede preservado el equilibrio que debe imperar entre los principios de confidencialidad y transparencia. Por otro lado, y en lo atinente a los datos personales que también refiere la empresa como motivo de confidencialidad de los “curriculum vitae” aportados posteriormente en la fase de requerimiento de documentación previa a la adjudicación, es preciso tener en cuenta lo siguiente: La normativa vigente en materia de protección de datos está constituida fundamentalmente por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales y el Reglamento (UE) nº 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD) El artículo 4 del RGPD, define qué ha de entenderse por “datos personales”, y señala como tales “toda información sobre una persona física identificada o identificable («el interesado»); se considerará persona física identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona(…)” Teniendo en cuenta lo establecido artículo 2, en el artículo 4, apartados 1 y 5, y en los considerandos 14, 15, 26, 27, 29 y 30 los datos personales son cualquier información relativa a una persona física viva identificada o identificable. Las distintas informaciones, que recopiladas pueden llevar a la identificación de una determinada persona, también constituyen datos de carácter personal. Los datos personales que hayan sido anonimizados, cifrados o presentados con un seudónimo, pero que puedan utilizarse para volver a identificar a una persona, siguen siendo datos personales y se inscriben en el ámbito de aplicación del RGPD. Los datos personales que hayan sido anonimizados, de forma que la persona no sea identificable o deje de serlo, dejarán de considerarse datos personales. Para que los datos se consideren verdaderamente anónimos, la anonimización debe ser irreversible. Ejemplos de datos personales (según la página web de la Comisión Europea, dirección de internet: https://ec.europa.eu/info/law/law-topic/data-protection/reform/what-personal-data_es), son los siguientes: nombre y apellidos, domicilio, dirección de correo electrónico, del tipo nombre.apellido@empresa.com, número de documento nacional de identidad, datos de localización (como la función de los datos de localización de un teléfono móvil) (*), dirección de protocolo de internet (IP), el identificador de una cookie (*), el identificador de la publicidad del teléfono, los datos en poder de un hospital o médico, que podrían ser un símbolo que identificara de forma única a una persona. De acuerdo con lo expuesto, el órgano de contratación deberá comprobar, de la documentación que aporte la interesada, aquéllos datos de carácter personal que deban quedar preservados en el momento de acceso al expediente. Tal y como señala la Junta Consultiva de contratación administrativa de Aragón en el informe ya referido, se recomienda que en el trámite de vista se expida una diligencia en la que se recojan las circunstancias relevantes del derecho de acceso ejercido: identificación de quien o quienes examinan el expediente, fecha y hora de ejercicio del derecho, documentos a los que no se ha permitido el acceso etc. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante para la unidad destinataria de la misma. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN