Nuestra lucha contra la despoblación Promoción del desarrollo rural y de los servicios públicos en zonas rurales para vivir en igualdad. Ley para hacer frente a la despoblación y para el desarrollo del medio rural La normativa contempla incentivos fiscales y económicos para zonas rurales en función de la población y del nivel de riesgo de despoblación. Accede aquí a la ley Educación Sanidad Vivienda Transporte Sensible a la Demanda Fiscalidad Diferencia Castilla-La Mancha es pionera en aplicar una fiscalidad diferenciada para aquellas personas que residen en los municipos despoblados con deducciones de hasta el 25% del IRPF autonómico por estancia efectiva; del 15% por la compra o rehabilitación de vivienda; o la deducción de 500 euros durante los dos primeros años en la cuota íntegra autonómica por traslado de vivienda habitual por motivos laborale. Accede aquí al reto demográfico Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha El desarrollo rural en Castilla-La Mancha pivota sobre cinco ejes centrales: la modernización de la agricultura, el relevo generacional, el impulso a la igualdad en el medio rural, las infraestructuras de regadío, y la mejora de la calidad de vida de las áreas rurales a través del trabajo de los 29 Grupos de Desarrollo Rural. Accede al programa Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales Conoce su proceso Accede al Estatuto Grupos de Desarrollo Rural Castilla-La Mancha cuenta con 29 Grupos de Desarrollo Rural que engloban a un total de 884 municipios en toda la región, que se encuentran bajo en paraguas de RECAMDER, la Red de Desarrollo Rural de Castilla-la Mancha. RECAMDER LEADER Cooperación Aplicaciones Bases y convocatorias Programas Inversiones Aquí puedes encontrar todas las inversiones que puedes realizar en tus explotaciones agrarias mediante diferentes ayudas. Conoce más, Nuestra lucha contra la despoblación Promoción del desarrollo rural y de los servicios públicos en zonas rurales para vivir en igualdad. Ley para hacer frente a la despoblación y para el desarrollo del medio rural La normativa contempla incentivos fiscales y económicos para zonas rurales en función de la población y del nivel de riesgo de despoblación. Accede aquí a la ley Educación Sanidad Vivienda Transporte Sensible a la Demanda Fiscalidad Diferencia Castilla-La Mancha es pionera en aplicar una fiscalidad diferenciada para aquellas personas que residen en los municipos despoblados con deducciones de hasta el 25% del IRPF autonómico por estancia efectiva; del 15% por la compra o rehabilitación de vivienda; o la deducción de 500 euros durante los dos primeros años en la cuota íntegra autonómica por traslado de vivienda habitual por motivos laborale. Accede aquí al reto demográfico Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha El desarrollo rural en Castilla-La Mancha pivota sobre cinco ejes centrales: la modernización de la agricultura, el relevo generacional, el impulso a la igualdad en el medio rural, las infraestructuras de regadío, y la mejora de la calidad de vida de las áreas rurales a través del trabajo de los 29 Grupos de Desarrollo Rural. Accede al programa Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales Conoce su proceso Accede al Estatuto Grupos de Desarrollo Rural Castilla-La Mancha cuenta con 29 Grupos de Desarrollo Rural que engloban a un total de 884 municipios en toda la región, que se encuentran bajo en paraguas de RECAMDER, la Red de Desarrollo Rural de Castilla-la Mancha. RECAMDER LEADER Cooperación Aplicaciones Bases y convocatorias Programas Inversiones Aquí puedes encontrar todas las inversiones que puedes realizar en tus explotaciones agrarias mediante diferentes ayudas. Conoce más
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Talleres dirigidos a personas cuya actividad se realice o pueda realizarse en el entorno rural, estudiantes, empresas con interés en la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha compatible con nuestras áreas protegidas. Se incorpora a continuación un cartel con las fechas, lugares y denominación de los diferentes talleres que van a celebrarse.
Resolución de 02/02/2026, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la participación en la misión comercial directa a Bélgica y Países Bajos 2026, al amparo de la Orden 152/2022, de 29 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de internacionalización convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.
Bajo el título “Digitalización, transporte y biodiversidad”, estas jornadas abordarán el papel emergente de las tecnologías digitales en la gestión de infraestructuras viarias, con especial atención a su aplicación para mejorar la seguridad, resiliencia y sostenibilidad del transporte y su interacción con los ecosistemas. Se presentarán casos reales, soluciones tecnológicas y datos actualizados sobre aspectos clave como: Uso de sensores, sistemas automatizados y gemelos digitales para la gestión ambiental de las vías Modelización y cartografía interactiva de especies y hábitats asociados Herramientas para prevenir atropellos de fauna y resultados del proyecto Stop Atropellos de Fauna en España Las jornadas están organizadas conjuntamente por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Junta de Castilla y León, y suponen una excelente oportunidad para el intercambio técnico entre profesionales de la evaluación ambiental, la ingeniería civil, la conservación de la biodiversidad y la planificación territorial. Contarán con jornada de presentaciones más visita de campo. Inscripción gratuita y aforo limitado. Podéis registraros a través de este enlace. Este evento está directamente relacionado con el ODS
Desde la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural se van a realizar dos ediciones del taller de trabajo sobre Inspección de daños de lobo a la Ganadería, cofinanciados por fondos FEADER cuyo objetivo es aportar conocimientos para valorar correctamente los daños de esta especie y contribuir a la conservación de la misma. Las dos ediciones se realizaran en las siguientes fechas y localidades de la provincia de Guadalajara de 9:00H a 18:30H: Martes 20 de noviembre. Centro Apícola y Ambiental. MARCHAMALO Miércoles 21 de noviembre, Ayuntamiento de Cogolludo. COGOLLUDO Contenido: Presentación del Taller. Aspectos básicos de la ecología de los lobos. Problemática asociada a los perros. Inspección a realizar en el entorno de la res. Inspección a realizar en la res. Ficha de inspección. Aplicación de modelos predictivos. Formación sobre bioseguridad. Casuística de daños de lobo Estos talleres son de carácter gratuito. DESTINATARIOS: agentes medioambientales y forestales, titulados universitarios en materias medioambientales, gestores de fauna y personal de empresas locales y/o ONG’s, relacionadas con el medio ambiente Inscripciones: cumplimentar y enviar el formulario de inscripción a: info@arenatural.com
Taller dirigido a personas cuya actividad se realice o pueda realizarse en el entorno rural: agricultores, ganaderos, estudiantes, empresas con interés en la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha y en concreto en las ZEPA de Ambientes Esteparios. Se incorpora a continuación un cartel con las fechas, lugares y denominación de los diferentes talleres que van a celebrarse, así como un fichero con la programación.
En relación con la citada consulta hemos de indicar en primer lugar que no entra dentro de las funciones del servicio InfocontrataCLM atender las solicitudes de información y aclaraciones al contenido de los pliegos y resto de documentación que rigen una licitación concreta dentro del ámbito de contratación regional, en los términos y condiciones previstos en el artículo 138 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. No obstante, le indicamos que, respecto de la Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo, el artículo 130.1. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) establece que: “ Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista”. Por su parte la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado proporciona en el informe 61/19, una guía procedimental que detalla las obligaciones y pasos a seguir por el órgano de contratación para asegurar el cumplimiento de la legalidad y proporcionar una máxima seguridad jurídica a los potenciales licitadores: Como sabemos, el primer trámite descrito en el artículo 130 LCSP consiste en que el órgano de contratación reclame del contratista anterior la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. El siguiente paso consiste en que el órgano de contratación consigne estas circunstancias en sus pliegos y los proporcione en forma legal a los licitadores. Una vez que se haya producido la puesta a disposición del pliego, cualquier licitador puede solicitar del órgano de contratación más información a los efectos de poder perfilar su oferta adecuadamente, calculando con mayor precisión los costes reales de la subrogación. La condición que la ley establece a este efecto es que tal información resulte necesaria (no basta con sea conveniente o que simplemente facilite la actuación del licitador) para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará la subrogación. En respuesta a esta petición el órgano de contratación debe requerir al contratista saliente la citada información. En el último paso, la información debe ser puesta a disposición de los licitadores si es que ha sido debidamente proporcionada por el anterior contratista o, en caso contrario, deberá dejarse constancia de tal circunstancia. De acuerdo con lo expuesto, este servicio le recomienda que se ponga en contacto con el órgano de contratación que ha licitado el correspondiente contrato para que le resuelva las dudas que le puedan surgir a la hora de preparar su oferta; en concreto, y en este supuesto, las relativas a las condiciones de subrogación en los contratos de trabajo, y ello en cumplimiento de la obligación que el artículo 130 impone a los órganos de contratación de facilitar “la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación (…)”. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Con carácter general, y de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), las entidades que deseen contratar con el sector público han de tener la aptitud necesaria para ello; es decir, deben tener plena capacidad de obrar, no estar incursas en alguna prohibición de contratar, y contar con la solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se haya exigido en los pliegos que rijan el correspondiente procedimiento de contratación. Así lo determina el artículo 65 de la LCSP: “Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. (…) 2. Los contratistas deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato. Quienes deseen participar en un procedimiento de contratación deben tener capacidad de obrar, y deben realizar algún tipo de actividad empresarial o profesional que responda a las necesidades de contratación de la Administración, ya sea ejecutando una obra, prestando un servicio o facilitando un suministro. Asimismo, deben reunir los requisitos de solvencia que determine el órgano de contratación y no estar incurso en prohibición de contratar. Así pues, la persona que pretende inscribirse en el Registro podrá participar a título individual en un procedimiento de contratación si ejerce una actividad económica por cuenta propia y no por cuenta de la cooperativa a la que se encuentra asociada, y reúne los requisitos de capacidad y solvencia que determine el órgano de contratación en el correspondiente procedimiento y no se encuentre incursa en causa de prohibición para contratar. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Desde la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural se van a realizar tres ediciones del taller de trabajo sobre prácticas ganaderas para la prevención frente a ataques de lobo, cofinanciados por fondos FEADER cuyo objetivo es compatibilizar la presencia de lobo ibérico con el ganado extensivo. Las tres ediciones se realizaran en las siguientes fechas y localidades de la provincia de Guadalajara de 9:30H a 14:30H: - Martes 28 de noviembre. Centro de Interpretación Natural Alto Tajo “Dehesa de Corduende” CORDUENDE (GU). - Miércoles 29 de noviembre, Ayuntamiento de Cogolludo, COGOLLUDO (GU). - Jueves 30 de noviembre, Centro Social, EL CARDOSO DE LA SIERRA (GU). Contenido: - Presentación del taller - Ayudas de la JCCM en 2017 a la prevención y paliación en la provincia de Guadalajara en 2017 - Situación de lobo en la península ibérica y Guadalajara últimos datos. - Mesa redonda: Viaje con ganaderos a la Cordillera Cantábrica. Experiencias con el mastín como medida de prevención. - Bondades y problemática del turismo lobero en la Sierra de La Culebra (Zamora). - Debate. Preguntas y propuestas Estos talleres son de carácter gratuito. Inscripciones e información complementaria en: wwf.es/talleresganaderia
Objeto: Subvenciones a pymes y personas autónomas con asalariados a cargo que transformen puestos de trabajo presenciales de personas asalariadas en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia y/o realicen nuevas contrataciones para puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia. Personas autónomas sin asalariados a cargo que realicen contrataciones para puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia. Destinatarios: Las personas trabajadoras autónomas y las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha. Criterios de incentivación en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación: Así mismo, de conformidad con el Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, la cuantía de la subvención de los apartados 1 y 2, se incrementará en los siguientes porcentajes: a) Un incremento del 20 por ciento para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población, definidos como zonas en riesgo de despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, incluyendo aquellas que se desarrollen en municipios pertenecientes a zonas rurales intermedias, con predominio de la actividad agrícola, población inferior a 2.000 habitantes y que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021. b) Un incremento del 30 por ciento para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación. c) Un incremento del 40 por ciento para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.
Objeto: Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad. Destinatarios: Solicitantes: empresas, personas autónomas, sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro. Destinatarios finales: los trabajadores con discapacidad, o cuya discapacidad sobrevenga con posterioridad a la contratación, que cumplan con los requisitos específicos establecidos en el artículo 18. Criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación: De conformidad con el Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, la cuantía de la subvención del apartado 1, se incrementará en los siguientes porcentajes: a) Un incremento del 20 por ciento en la intensidad de la ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población, definidos como zonas en riesgo de despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación. b) Un incremento del 30 por ciento en la intensidad de ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación. c) Un incremento del 40 por ciento en la intensidad de ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.