17/04/2018Consejería de FomentoCiudad Real
Como procedimiento rápido y sencillo que sustituye a los tribunales

El Gobierno de Castilla-La Mancha recupera la Junta Arbitral de Transportes en la provincia de Ciudad Real

  • Tal y como ha explicado el director provincial de la Consejería de Fomento, Casto Sánchez Gijón, este órgano surge con el objeto principal de resolver reclamaciones de carácter mercantil relacionadas con el cumplimiento de los contratos de transporte terrestre y de sus actividades auxiliares y complementarias.

 

  • El laudo o acuerdo de la Junta Arbitral de Transportes sustituye a la sentencia o decisión judicial y produce efectos idénticos a la cosa juzgada al constituirse como el órgano institucional que sustituye a los juzgados y tribunales en las reclamaciones de su competencia.

Ciudad Real, 17 de abril de 2018.- En su apuesta por la recuperación de los servicios a la ciudadanía, el Gobierno de Castilla-La Mancha ha recuperado la celebración de las audiencias por parte de la Junta Arbitral de Transportes en la provincia de Ciudad Real.
 
Una Junta Arbitral de Transportes que está compuesta por funcionarios de la Junta de Comunidades  (presidente y secretario), así como por representantes del sector privado (vocalías de usuarios, cargadores, transporte de mercancías, transporte de viajeros, actividades auxiliares y transporte ferroviario).
 
Tal y como ha explicado el director provincial de la Consejería de Fomento, Casto Sánchez Gijón, este órgano surge con el objeto principal de resolver reclamaciones de carácter mercantil relacionadas con el cumplimiento de los contratos de transporte terrestre y de sus actividades auxiliares y complementarias.
 
En este sentido, Sánchez Gijón ha aclarado que si la controversia no excede de 15.000 euros y ninguna de las partes intervinientes en el contrato hubiera manifestado expresamente a la otra  su voluntad de excluir la competencia de las Juntas Arbitrales antes de que se inicie el servicio contratado, éstas son las únicas competentes para resolver estas reclamaciones. Por el contrario, si excediera de 15.000 euros, es necesario que las partes intervinientes, de común acuerdo, sometan a su conocimiento la controversia de que se trate para que sean competentes las Juntas Arbitrales.
 
En base a esto, las Juntas Arbitrales del Transporte resuelven reclamaciones e intervienen en conflictos de contenido económico relacionadas con los siguientes transportes terrestres: urbanos, interurbanos, de mercancías y de viajeros, incluyéndose tanto los transportes internos como los internacionales y los intermodales cuando uno de los modos es terrestre.
 
Principales características
Cualquier usuario, transportista, cargador o intermediario que sea parte contratante en un transporte puede acudir a la Junta Arbitral sin ser preciso la asistencia de abogado ni procurador.
 
El director provincial de Fomento ha indicado que “el procedimiento es gratuito -salvo, excepciones de gastos derivados de la posible práctica de determinadas pruebas- y muy sencillo, pues basta un simple escrito de reclamación y un único trámite de vista y rápido para resolver las reclamaciones que se planteen”.
 
También hay que tener en cuenta que a elección del reclamante, la reclamación se presenta en la Junta Arbitral del lugar de origen o destino del transporte o de celebración del contrato, y si el reclamante no puede comparecer ante la Junta, puede otorgar su representación a otra persona con un simple escrito.
 
Por último, Sánchez Gijón ha manifestado que el laudo o acuerdo de la Junta Arbitral de Transportes sustituye a la sentencia o decisión judicial y produce efectos idénticos a la cosa juzgada al constituirse como el órgano institucional que sustituye a los juzgados y tribunales en las reclamaciones de su competencia, y todo ello “con proximidad y con un conocimiento del asunto por un órgano imparcial y especializado en la materia debatida”.
 
 
 
 
 
 

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