La actividad cinegética tiene una gran importancia en Castilla-La Mancha no limitándose al mero carácter deportivo o de ocio, sino que genera actividad empresarial y tiene una enorme influencia en la socioeconomía castellano-manchega.
Según los datos de la Administración, la actividad cinegética genera más de 6.500 empleos fijos en puestos directos de trabajo, crianza y aprovechamiento de especies cazables, con alrededor de 1.700.000 jornales anuales La facturación anual, en cálculos aproximados, se acerca a los 600 millones de euros.
Periodos hábiles de caza.
1. CAZA MENOR
Del 8 de octubre al 8 de febrero, ambos inclusive. A excepción de la modalidad de perdiz con reclamo y las especies zorro y urraca, que se ajustarán a sus propios periodos.
Del 8 de octubre al 31 de enero, ambois inclusive.
Del 15 de octubre hasta el 31 de enero, ambos inclusive.
Se establece un cupo máximo de 2 piezas por persona cazadora/día para Ánade friso, Cerceta común y Pato cuchara y un cupo máximo de 5 piezas/cazador/día para Focha común, salvo que en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución.
Podrán emplearse en puesto fijo cimbeles naturales o artificiales permitidos.
Desde el día 23 de enero hasta el día 5 de marzo, ambos inclusive, en municipios incluidos en las comarcas situados a más de 800 m de altitud, y del 10 de enero al 20 de febrero, ambos inclusive, en municipios situados en las comarcas a menos de 800 m de altitud.
Del 8 de octubre al 8 de febrero, ambos inclusive, en terrenos que expresamente tengan autorizada esta modalidad en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética y en aquellos en los que esté autorizada la modalidad de caza menor al salto o en mano.
Durante el periodo hábil para especies de caza menor: Prácticas de adiestramiento con o sin sueltas de escape.
Fuera del periodo hábil: Prácticas de adiestramiento sin sueltas de escape, y con escape únicamente en zonas que hayan sido previamente autorizadas para el adiestramiento de perros.
Días hábiles: jueves, sábados, domingos.
Cupo: 10 codornices/cazador/día en Albacete, Ciudad Real y Toledo.
Cupo: 20 codornices/cazador/día en Cuenca y Guadalajara
2. CAZA MAYOR
Del 8 de octubre al 21 de febrero, ambos inclusive.
Del 8 de octubre al 21 de febrero, ambos inclusive.
Periodo especial: del 22 de febrero a 7 de octubre, ambos inclusive en la modalidad de aguardos o esperas en horario diurno y/o nocturno.
* Del 15 de octubre al 15 de enero, ambos inclusive, machos y hembras en cotos que lo tengan autorizado en la resolución aprobatoria del plan de ordenación cinegética.
* Del 1 al 31 de marzo sólo machos.
Ver Orden de vedas de caza para acciones encaminadas a reducir la sobreabundancia de ungulados.
Especies objeto de caza
Caza mayor
Cabra montés, ciervo, corzo, gamo, jabalí y muflón.
Caza menor:
- Mamíferos: conejo, liebre y zorro.
- Aves no migratorias: corneja negra, faisán, paloma bravía, perdiz roja, urraca y zorzal charlo.
- Aves migratorias no acuáticas: avefría, becada, codorniz común, paloma torcaz, paloma zurita, zorzal alirrojo, zorzal común y zorzal real.
- Aves migratorias acuáticas: ánade real, focha común, pato cuchara, ánade friso, cerceta común.
Especies exóticas objeto de control de poblaciones en Castilla-La Mancha: arruí.
Nuevas obligaciones en materia de caza de titulares de Planes de Ordenación Cinegetica
1. Comunicar el resultado de cada una de las monterias, ganchos o batidas que se celebren en la temporada general de caza
2. Presentar resultado de la actividad cinegetica al finalizar el periodo de media veda