Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Dirección General de Salud Pública

 La Dirección General de Salud Pública ejercerá las siguientes funciones:
a) Elaboración, desarrollo y evaluación de los programas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud. b) Promoción de actividades y hábitos de vida saludables entre la población, con especial atención a los grupos sociales más vulnerables.
c) Realización de programas de prevención, asistencia y reinserción en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos.
d) Explotación de sistemas de información en salud que permitan conocer y actuar sobre el estado de salud de la población y factores de riesgo que incidan sobre la misma.
e) Actuaciones en materia de farmacovigilancia.
f) Vigilancia e intervención frente a zoonosis, toxiinfecciones alimentarias, brotes epidémicos y situaciones de riesgo, así como frente a enfermedades prevalentes, emergentes y reemergentes. Gestión de la red de alertas en salud pública.
g) Vigilancia sanitaria y control oficial en la producción, transformación, almacenamiento, transporte, manipulación, comercialización y ventas de alimentos, bebidas y productos relacionados directa o indirectamente con la alimentación, incluida su autorización.
h) Vigilancia sanitaria de los riesgos para la salud derivados de la contaminación del medio ambiente.
i) Vigilancia y control sanitario en materia de productos químicos y biocidas.
j) Dirección, planificación, coordinación y gestión de la Red de Laboratorios de Salud Pública.
k) Competencias que correspondan a la Consejería de Sanidad en materia de salud laboral.
l) Competencias en materia de sanidad mortuoria.
m) Participación en materias relacionadas con políticas de salud a nivel internacional, de la Unión Europea, así como las relacionadas con organizaciones sanitarias no gubernamentales en el ámbito de la salud pública.
n) Cooperación en la formación e investigación científica en materia de salud pública. Actuación subvencional de fomento de la formación e investigación científica.
ñ) Elaboración y ejecución de planes estratégicos y anuales para el diseño y desarrollo de las políticas de consumo en la región, incluyendo aquellas actuaciones de cooperación técnica y jurídica que permitan establecer alianzas estratégicas con entidades e instituciones públicas y privadas, y la participación en programas y proyectos de ámbito internacional.
o) Promoción y gestión de iniciativas de autocontrol y de códigos de mejores prácticas, así como de procesos de autorregulación y regulación compartida en materia de consumo.
p) Coordinación de la red regional de recursos de atención a las personas consumidoras y de las políticas concurrentes y transversales en materia de consumo.
q) Coordinación e impulso de la tramitación del procedimiento administrativo de intervención en los precios de los servicios públicos municipales.
r) Análisis, estudio e investigación en materia de consumo, especialmente en lo referente a percepciones y expectativas de las personas consumidoras en la región.
s) Vigilancia de mercado, control de la calidad y seguridad de los productos, bienes y servicios puestos a disposición de las personas consumidoras, y de modo especial sobre aquellos que sean básicos y de interés general, o de uso o consumo común ordinario o generalizado, así como la adopción de las medidas cautelares y sancionadoras que sean pertinentes.
t) Gestión de red de alertas de consumo.
u) Gestión del Registro de empresas y entidades adheridas al Código de Buenas Prácticas para la prevención y aprovechamiento de excedentes alimentarios.
v) Gestión del Registro de Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de consumo.
w) Gestión del Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla-La Mancha.
x) Gestión del registro de los códigos sectoriales de conducta empresarial en materia de consumo y de las empresas adheridas voluntariamente a dichos códigos.
y) Gestión del Registro de Intermediarios Financieros.
z) Promoción del consumo responsable alineado con los objetivos de desarrollo sostenible y con las políticas de transición ecológica.
aa) Promoción de la economía circular en el ámbito del consumo, la prevención del desperdicio alimentario y la redistribución eficiente de los alimentos.
bb) Promoción de la economía social y solidaria en materia de consumo, del consumo de productos locales, agroecológicos y de estación, así como también del consumo colaborativo y de proximidad.
cc) Promoción de iniciativas y programas de información, educación y formación en materia de consumo de modo que favorezca la transparencia, la simetría informativa y el equilibrio de mercado, y contribuya al empoderamiento financiero y digital de las personas consumidoras.
dd) Educación en materia de consumo y promoción de hábitos de comportamiento de compra conscientes, eficientes y sostenibles; y a la prevención de conductas de dependencia y no funcionales derivadas del uso o consumo de productos o servicios.
ee) Establecimiento de los cauces de comunicación, participación y colaboración con las diferentes organizaciones cuya finalidad sea la defensa de los derechos de las personas consumidoras, promoción del asociacionismo de consumo y del voluntariado de consumo.
ff) Información relativa a bienes, productos y servicios que se comercialicen por cualquier canal de venta, así como la vigilancia y el seguimiento de los precios, la publicidad, la oferta comercial y las cláusulas de contratación, promoviendo la máxima transparencia y simetría informativa en las relaciones comerciales que se establezcan con personas consumidoras de la región.
gg) Protección de las personas consumidoras mediante mecanismos eficaces de mediación y, especialmente, a través del arbitraje de consumo, la organización de la Junta Arbitral de Consumo autonómica y la coordinación con las Juntas y los órganos arbitrales de ámbito municipal.
hh) Impulso de la protección legal efectiva de las personas consumidoras, iniciando, en su caso, las acciones judiciales pertinentes y compareciendo en aquellos procedimientos que se refieran a asuntos que merezcan una atención especial por razón de la trascendencia de los derechos en cuestión o de la alarma social generada, así como también en aquellos casos en que se aprecia una mayor indefensión o desprotección de las personas consumidoras. ii) Gestión del Observatorio de Consumo.
jj) Mediación en casos de ejecución hipotecaria y sobreendeudamiento, sin perjuicio de las actuaciones que llevan a cabo las oficinas del programa de asistencia, asesoramiento e intermediación hipotecaria de Castilla-La Mancha. kk) Gestión del registro de entidades de consumo responsable.
ll) Gestión de entidades en el ámbito de la soberanía alimentaria y la agroecología para un consumo alimentario sostenible.
mm) Gestión del registro de personas y entidades mediadoras o conciliadoras en materia de consumo.
nn) Gestión del censo de empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.
ññ). Promoción y registro de Puntos de Atención Telepresencial en materia de consumo.
oo) Gestión del teléfono del consumidor.
pp) Participación en comisiones y grupos de trabajo relacionados con sus competencias.
qq) Cuantas otras funciones le sean atribuidas por la normativa vigente.