SG de Bienestar Social

CONSULTA PUBLICA SOBRE DECRETO DE PROCEDIMIENTO DE DEPENDENCIA

Consulta pública sobre el proyecto de Decreto del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del Proyecto de Decreto, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 16 de agosto de 2017, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 5 de septiembre del mismo año, a través del siguiente buzón de correo electrónico: transparenciabs@jccm.es.
1. Antecedentes de la futura norma.
El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye en el artículo 31.1.20ª, competencias exclusivas a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de asistencia social y servicios sociales; promoción y ayuda a los menores, jóvenes, tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en su artículo 11.1, atribuye a las Comunidades Autónomas las funciones de planificación, ordenación, coordinación y dirección, en sus ámbitos territoriales, de los servicios de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia y en su artículo 28.2 establece que el reconocimiento de la situación de dependencia se efectuará mediante resolución expedida por la Administración autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el Estado.
En Castilla-La Mancha el Decreto 307/2007, de 18 de diciembre; el Decreto 176/2009, de 17 de noviembre, y el Decreto 26/2013, de 23 de mayo, han ido regulando sucesivamente el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia. Con la entrada en vigor de la nueva norma que se va a tramitar, el último de los citados decretos quedará derogado.
2. Problemas que se pretenden solucionar con el nuevo decreto.
Con el futuro Decreto se pretende regular el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, determinar la composición y funciones de los equipos competentes para valorar la situación de dependencia y elaborar los Programas Individuales de Atención, y regular los criterios de determinación de la capacidad económica de la persona beneficiaria y la gestión de las prestaciones económicas. Todo ello en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de este Decreto es necesaria, ya que va a sustituir al actual Decreto 26/2013, de 23 de mayo, del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha diseñando un procedimiento adaptado tanto a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas como a la experiencia de gestión adquirida en los diez años de vigencia del Sistema de Atención a la Dependencia, manteniendo sólo aquellos trámites indispensables para determinar la situación de dependencia y el derecho de acceso a los servicios y prestaciones. Todo ello con la finalidad de ofrecer una respuesta ágil y adecuada a las necesidades de apoyo que presenten los ciudadanos y ciudadanas de Castilla-La Mancha que se encuentren en situación de dependencia.
4. Objetivos de la futura norma.
Esta futura norma tiene como objetivo adaptar el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha a las previsiones establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con el fin de que el procedimiento tenga una mayor agilidad y eficiencia.
Este Decreto también pretende introducir un procedimiento específico de valoración de la situación de dependencia como de atención de los niños y niñas debido a la especial urgencia en la atención que presentan.
Por último, se pretende avanzar en la mejora del sistema de compatibilidades entre servicios y prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La mancha iniciado por el Decreto 3/2016, de 26 de enero, por el que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable
5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
No existen soluciones alternativas a la elaboración de este futuro decreto, ya que es necesaria la derogación del actual Decreto 26/2013, de 23 de mayo, del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha, para sustituirlo por el procedimiento más ágil y eficiente que se va diseñar con la norma que se pretende aprobar.
 
 

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