Funciones y competencias
Competencias y funciones de la Dirección General de Mayores y Personas con Capacidades Diferentes
La Dirección General de Mayores y Personas con Capacidades Diferentes ejercerá las siguientes funciones:
a) Dirección y planificación de los servicios de atención a personas mayores o con discapacidad en aras a mejorar su calidad de vida.
b) Gestión de los programas y planes en esta materia en colaboración con la Administración General del Estado y con las Corporaciones Locales, así como la coordinación de los servicios sociales de atención especializada con el conjunto de los servicios sociales y sanitarios de Castilla-La Mancha.
c) Información, valoración y orientación sobre las prestaciones, programas y recursos del sistema público de servicios sociales de atención especializada y otros sistemas de protección social.
d) Desarrollo, evaluación y ejecución de los programas que configuren los planes de acción encaminados a favorecerla igualdad de oportunidades y la discriminación positiva de los colectivos de su competencia.
e) Ordenación y coordinación del conjunto de la red pública de centros y servicios propios, convenidos y concertados dirigidos a la atención de los colectivos de su competencia.
f) Dirección y planificación de los servicios y centros propios de atención a personas mayores y personas con discapacidad, dentro del marco establecido por la normativa vigente.
g) Determinación de los criterios y modelos de colaboración y concertación con entidades públicas o privadas para el desarrollo de los servicios destinados a las personas mayores o con discapacidad.
h) Gestión de ayudas y prestaciones de carácter económico para personas mayores o con discapacidad encaminadas a facilitar la autonomía personal, la integración social, la mejora de la calidad de vida y la participación activa en la vida de la comunidad.
i) Gestión de las prestaciones tecnológicas dirigidas a facilitar los medios necesarios para la eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda y adquisición del uso o propiedad de las ayudas técnicas complementarias que faciliten la permanencia adecuada en el entorno a las personas mayores o con discapacidad que tengan limitaciones para desarrollar actividades diarias.
j) Cuantas otras funciones le sean atribuidas por la normativa vigente.

Decreto 11/2016, de 23/03/2016, por el que se modifica el Decreto 87/2015, de 14 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Bienestar Social. [2016/3221]
