Acuerdos del Consejo de Gobierno 29 de mayo de 2018

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 29 de mayo de 2018

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LOS APARTAMENTOS TURÍSTICOS Y LAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO EN CASTILLA-LA MANCHA

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Decreto por el que se establece la ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La Mancha.
 
La Ley 8/1999, de 26 de mayo, de ordenación del turismo de Castilla-La Mancha, en su artículo 15, enumera las modalidades de alojamiento turístico, diferenciando entre alojamiento hotelero y extrahotelero.
 
Dentro del alojamiento extrahotelero se incluyen, entre otras modalidades, los apartamentos turísticos. La regulación de carácter reglamentario aplicable a dicha figura se encontraba en la normativa estatal contenida en el Real Decreto 2877/1982, de 15 de octubre, de ordenación de apartamentos turísticos y de viviendas turísticas vacacionales, así como en la Orden de 17 de enero de 1967, del Ministerio de Información y Turismo, por la que se aprobó la ordenación de apartamentos, “bungalows” y otros alojamientos similares de carácter turístico. Sin embargo, la derogación de dichas normas, operada mediante el Real Decreto 39/2010, de 15 de enero, hace necesaria la aprobación de un reglamento que se ocupe de la ordenación de los apartamentos turísticos en Castilla-La Mancha.
 
Por otra parte, la necesidad de regular las viviendas de uso turístico deriva de lo dispuesto por el artículo 5.e) de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en su redacción dada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, precepto que excluye expresamente de su ámbito de aplicación “la cesión temporal del uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada por canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial”. Como consecuencia de lo anterior, el alquiler de las viviendas promocionadas por canales de oferta turística debe ser regulado por el órgano competente en materia de turismo.
 
La presente norma, viene también a desarrollar el mandato ya establecido en nuestro ordenamiento autonómico desde la modificación de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, por parte de la Ley 7/2009, de 17 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, estableciendo una regulación más favorable y transparente, enmarcada en un ámbito de libertad empresarial compatible con el mantenimiento de los estándares de calidad.
 
De este modo, el Gobierno de Castilla-La Mancha, tanto en la regulación de los apartamentos turísticos como en la regulación de las viviendas de uso turístico, tiene la intención de fomentar la inversión y la creación de nuevas empresas en materia de alojamientos turísticos, dentro de un entorno de liberalización de las actividades turísticas y de simplificación de trámites, que pueda contribuir al desarrollo económico de nuestros destinos turísticos y a la creación de empleo.

 
Enlaces relacionados:
Decreto 36/2018, de 29 de mayo, por el que se establece la ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La Mancha

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA URGENTE OCUPACIÓN DE BIENES Y DERECHOS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, INSTALACIONES Y SERVICIOS DE LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN SOL-1 CRC12896-10, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ABENÓJAR (CIUDAD REAL)

El Consejo de Gobierno acuerda la urgente ocupación de bienes y derechos necesarios para el desarrollo de los trabajos, instalaciones y servicios de la concesión de explotación “SOL-1” CRC12896-10, en el término municipal de Abenójar (Ciudad Real), de conformidad con lo previsto por el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, a la vista del informe del Servicio de Minas y a propuesta del Director General de Industria, Energía y Minería.
 
Enlaces relacionados: 
Acuerdo de 29/05/2018, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos necesarios para la explotación de los trabajos, instalaciones y servicios de la concesión de explotación Sol-1 CRC12896-10, en el término municipal de Abenójar (Ciudad Real)

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 82/2015, DE 14 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

El objeto de la presente norma es modificar el Decreto 82/2015, de 14 de julio por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas en aras a conseguir un mejor, más coordinado y efectivo ejercicio de las competencias que se atribuyen a esta Consejería y en concreto, a las competencias atribuidas a la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 37/2018, de 29 de mayo, por el que se modifica el Decreto 82/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas

APROBACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE FOMENTO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021.

El Consejo de Gobierno aprueba el Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, aprobado por Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.
 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DE LOS LOTES 2 A 7 DEL EXPEDIENTE “SERVICIO DE COMUNICACIONES CORPORATIVAS”, Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES.

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA EL GASTO CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DE LOS LOTES 2 A 7 DEL EXPEDIENTE “SERVICIO DE COMUNICACIONES CORPORATIVAS”, Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE PORCENTAJES MÁXIMOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA‐LA MANCHA.

APROBACIÓN DEL GASTO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN DEL EDIFICIO DE 27 VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL EN ALQUILER PARA JÓVENES, EN LA LOCALIDAD DE TALAVERA DE LA REINA (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto de la empresa pública Gestión de Infraestructuras de Castilla‐La Mancha, S.A., por importe de 630.738,88 euros, IVA incluido, correspondiente al expediente relativo a la reparación integral del edificio de 27 viviendas en la promoción de las 27 VPO de Talavera de la Reina (Toledo)”.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE CORRESPONDIENTE DE TRAMITACIÓN DE LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE EL CONTRATO DE SERVICIOS SOCIALES, DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE LA RESIDENCIA DE MAYORES Y SERVICIO DE ESTANCIAS DIURNAS “LAS VIÑAS” EN MADRIGUERAS

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar un gasto derivado del expediente de gasto correspondiente a la tramitación de la contratación, mediante el contrato de servicios sociales, de la gestión integral de la Residencia de Mayores y el Servicio de Estancias Diurnas “Las Viñas” en Madrigueras Albacete y la superación de porcentajes previstos en el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, derivado de la tramitación del citado expediente.
 
La vigencia del contrato será de tres (3) años a contar desde la fecha de su formalización con un período máximo de prórrogas de dos (2) años, siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de éstas

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA TERCERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES DE JADRAQUE (GUADALAJARA)

La vigencia de la prórroga tendrá una duración que abarca el período de ejecución comprendido entre el 16 de junio de 2018 y el 15 de junio de 2020 (ambos días incluidos).
 
El gasto que conlleva dicha prórroga, supera el límite establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA LA TERCERA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCESIÓN, DE LA RESIDENCIA DE MAYORES DE SOCOVOS (ALBACETE)

La vigencia de la prórroga será por el período comprendido entre el 16 de junio de 2018 y el 15 de junio de 2020, ambos días incluidos.
 
El gasto que conlleva dicha prórroga, supera el límite establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del mismo.

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE 10 FUNCIONARIOS INTERINOS DE REFUERZO DE PERSONAL EN LOS SERVICIOS DE DEPENDENCIA DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.

La prórroga del Programa Temporal de 10 funcionarios interinos de refuerzo de personal en los Servicios de Dependencia de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social tiene por objetivo el seguir con la progresión de agilización en la tramitación del Programa Individual de Atención donde se reconozcan los servicios y/o prestaciones que le corresponda, para aquellas personas con grado de dependencia reconocido, seguir aumentando el número de beneficiarios del Sistema de Dependencia en Castilla-La Mancha, así como seguir trabajando con el objetivo de no superar el tiempo de seis meses de la tramitación del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho de acceso a los servicios y prestaciones del catálogo y hacer frente al incremento de solicitudes producido por la supresión de tasas, por la publicación de la nueva normativa regional en materia de dependencia y por el cambio de gestión en el Sistema de Dependencia.
 
La prórroga tendrá una duración de 4 meses durante el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 30 de septiembre de 2018.

IMPUGNACIÓN DE TRASVASES PARA LOS MESES DE ABRIL, MAYO Y JUNIO DE 2018.

El Consejo de Gobierno acuerda impugnar la “Orden APM/345/2018, de 4 de abril, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, a razón de 20 hm³/mes, para los meses de abril, mayo y junio de 2018”, autorizando al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que ejerza las acciones jurisdiccionales oportunas contra la referida Orden.

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA EMERGENCIA DE ACTUACIONES EN LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA “BIOACRISOLAR, S.L.” UBICADAS EN SESEÑA (TOLEDO)

Se ha puesto en conocimiento del Consejo de Gobierno la declaración de emergencia por grave peligro inminente que se ha originado por la gestión irregular de residuos por parte de la empresa “Bioacrisolar S.L.” en las instalaciones sitas en la Autovía A-4, km. 35,5 P.I. Nuestra Señora del Rosario, Naves 12 y 13 de la localidad de Seseña (Toledo), por importe estimado de 520.000,00 de euros, imputables a la aplicación presupuestaria 21120000G/442D/22706  de los presupuestos generales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha