Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha
Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha
De acuerdo con la política económica llevada a cabo por el Gobierno de Castilla-La Mancha, se deben promover actuaciones que permitan fortalecer la competitividad de las pequeñas y medianas empresas regionales, mediante estrategias diferenciadas y adaptadas a las necesidades concretas de cada sector. Se opta así por una estructura más moderna, inspirada e integrada de forma directa en las políticas de mejora de la competitividad y sostenibilidad empresarial, absolutamente imprescindible en una economía cada vez más competitiva y globalizada.
Dentro de esta estrategia y centrándonos en el ámbito del comercio regional, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía se ha marcado entre sus objetivos promover la celebración de ferias comerciales para dar un mayor impulso y fomentar la profesionalización de estas actividades, de forma que contribuyan en mayor medida al desarrollo económico de la región, y a alcanzar los objetivos de convergencia económica y favorecer la competitividad empresarial en el sector.
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha, con la finalidad de impulsar el crecimiento de la actividad comercial de nuestra región.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Alquiler del recinto.
b) Alquiler, montaje y desmontaje de instalaciones.
c) Alquiler, montaje y desmontaje de stands, mobiliario, equipos de iluminación y climatización.
d) Decoración y adecuación de la instalación.
e) Instalación de sistemas de agua, electricidad, red informática, con carácter no permanente, así como los gastos derivados del consumo durante la celebración de la feria. La cuantía de esta actuación no podrá superar el 10% del gasto de la inversión total que se considere subvencionable.
f) Contratación de servicios específicos para el desarrollo de la feria, tales como azafatas, limpieza, mantenimiento o seguridad.
g) Realización de funciones de organización, coordinación y dirección de la actividad ferial.
h) Campañas de publicidad en medios de comunicación.
i) Elaboración de material promocional.
j) Gestión de perfiles en redes sociales a través de la contratación de un Community Manager.
k) Seguros de suscripción obligatoria para la celebración de la actividad.
I) Actividades de animación, tales como ludoteca, música o pasacalles.
Podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden:
a) Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
b) Las instituciones feriales, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que se encuentren inscritas en el registro correspondiente, y tengan como finalidad principal el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad comercial en Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Orden 93/2017, de 12 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a promover la celebración de ferias comerciales en Castilla-La Mancha.
